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DIFERENCIA ENTRE PROCESO Y PROCEDIMIENTO


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  2.695 Palabras (11 Páginas)  •  314 Visitas

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ART-1

EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODAS LAS PERSONAS GOZARAN DE LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN ESTA CONSTITUCION Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE, ASI COMO DE LAS GARANTIAS PARA SU PROTECCION, CUYO EJERCICIO NO PODRA RESTRINGIRSE NI SUSPENDERSE, SALVO EN LOS CASOS Y BAJO LAS CONDICIONES QUE ESTA CONSTITUCION ESTABLECE.

Inicialmente es importante señalar la terminología que utiliza al referirse a los integrantes de la nación, anteriormente eran “individuos” es decir seres en su individualidad y con la reforma se sostiene el termino persona que si nos remontamos a su significado más coloquial en el derecho son aquellos sujetos de derecho, susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones.

Continua con la especificación de Derechos Humanos y no Garantías Individuales, es decir, Los derechos humanos son considerados aquellas libertades, facultades, instituciones que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana

Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente, por lo que se consideran fuente del Derecho

Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los otros. Además de que la Constitución establece a los tratados Internacionales al mismo nivel de ella.

ESTA PROHIBIDA LA ESCLAVITUD EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. LOS ESCLAVOS DEL EXTRANJERO QUE ENTREN AL TERRITORIO NACIONAL ALCANZARAN, POR ESTE SOLO HECHO, SU LIBERTAD Y LA PROTECCION DE LAS LEYES. La protección tajante a la diversidad sexual es clara en esta reforma donde se especifica en cuanto a que se encuentra prohibida la discriminación motivada por las preferencias sexuales. Termino que hubiésemos originalmente para la protección de aquellos que tienen preferencia por su mismo sexo, es importante que en cuanto que en la actualidad este sector está adquiriendo un fuerte poder político y empresarial, esta reforma también se orienta a la protección de los heterosexuales.

ART-2

PARRAFO 1:

Nuestra nación está formada por diferentes grupos de personas e individuos diferentes entre sí, pero que todos están sustentados o provienen de grupos indígenas quienes desde hace mucho tiempo han habitado lo que ahora es nuestro territorio, además de que han sabido sobresalir a pesar de los arduos tiempos actuales.

PARRAFO 2:

Plantea que los pueblos indígenas son aquellos que se rigen por sus usos y costumbres, pero que también crean su propia organización social para llegar a ser autosuficiente.

PARRAFO 3:

Los pueblos indígenas como cualquier otro asentamiento, son y serán tomados en cuenta en la generación de leyes que respaldaran sus derechos a ser respetados por su libre determinación (tipo de raza, lengua, vestimenta, etc.)

A) La constitución reconoce a los diferentes pueblos indígenas como autónomos.

* Ya que son libres de elegir su forma de organización social.

* Pueden solucionar sus conflictos internos basados en sus propios sistemas de regulación, pero sin sobrepasar las garantías y los derechos humanos que establece la constitución para cada individuo.

* Son respetadas sus decisiones al elegir a sus propias autoridades, tomando en cuenta la participación del sexo femenino en este ejercicio.

* Conservar sus elementos que los distinguen como una sociedad autónoma.

* Respetar la zona ocupada (tierras) conforma lo establece la constitución.

* Todos los integrantes de dicha población indígena tiene derecho a hacer uso de los

recursos naturales así como a la propiedad de los mismos, sin excederse.

* En municipios existirán representantes ante los ayuntamientos que resguardaran los derechos de participación y representación política.

* Tienen derecho a acceder a defensores en caso de que se desarrollen juicios que involucren sus intereses como mexicano.

B) Los tres niveles de gobierno tienen la obligación de crear instituciones y generar políticas necesarias con el fin de hacer valer el derecho indígena y promover el desarrollo de estos pueblos.

* Impulsar el desarrollo regional mediante las asignaciones presupuestales con el fin de mejorar las condiciones de vida.

* Promover e impulsar la educación elemental, asi como destinar becas y programas con fines académicos para contrarrestar el rezago en las comunidades.

* Prestar servicios de salud a toda la población e implementar los programas de alimentación.

* Proveer de infraestructura y servicios basicos a las comunidades indígenas para su desarrollo.

* Hacer valer el derecho de las mujeres como parte importante en el desarrollo de estos pueblos.

* Proveer de las redes de comunicación a las comunidades indígenas que permitan la integración de esta a la sociedad misma.

* Apoyar en la creación de un desarrollo sustentable dentro de las comunidades indígenas que permitan la generación de ingresos económicos.

* Proteger los derechos de los indígenas dentro y fuera del país, así como promover la difusión de sus culturas.

* Tomar en cuenta a la población indígena en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.

TRATA DE QUE MEXICO ES UNA NACIÓN MULTICULTURAL, EN LA QUE SE ESTABLECE QUE LOS PUEBLOS INDÍGENAS SERÁN RESPETADOS A SU LIBRE AUTO-DETERMINACIÓN PERMITIÉNDOLES ELEGIRLES A SUS GOBERNANTES Y SUS PROPIAS INSTITUCIONES, SE LES RESPETARA Y PROCURARA CONSERVAR SU CULTURA, ETC ETC ETC

EN GENERAL HACE REFERENCIA A LAS MILES D ETNIAS Y MILLONES D INDÍGENAS QUE SE ENCUENTRAN EN NUESTRO TERRITORIO.

SIN EMBARGO ENCONTRAMOS EN CRISIS VARIOS CONCEPTOS EN EL Q DIC QUE MEXICO ES UNO E INDIVISIBLE. ¿SERÁ CIERTO, SI LOS PUEBLOS TIENEN DERECHO A SI LIBRE AUTODETERMINACIÓN Y TIENEN SUS PROPIAS INSTITUCIONES Y ORG POLÍTICA Y JURÍDICA? ENTONCS ¿SE PODRÁ HABLAR D UN SOLO ESTADO INDIVISIBLE?

EL PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD (UN ESTADO NO PUEDE ESTAR DENTRO D OTRO ESTADO) ¿SE CUMPLIRÁ?

ESTOS PRINCIPIOS SE ENCUENTRAN EN CRISIS Y SON EN LOS QUE SE BASA ESTE ARTÍCULO. SIN PERJUICIO DE LOS DERECHOS AQUI ESTABLECIDOS A FAVOR DE LOS INDIGENAS, SUS COMUNIDADES Y PUEBLOS, TODA COMUNIDAD EQUIPARABLE A AQUELLOS TENDRA EN LO CONDUCENTE LOS MISMOS DERECHOS TAL Y COMO LO ESTABLEZCA LA LEY

ART-3

Ahondo en este texto un análisis del artículo

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