DIFERENCIAS Y SIMILITUDES ENTRE LAS LEYES DEL ISSFAM E IMSS
Enviado por taketo2 • 10 de Noviembre de 2013 • 641 Palabras (3 Páginas) • 2.315 Visitas
DIFERENCIAS Y SIMILITUDES DE LAS LEYES DEL ISSFAM E IMSS
En primer lugar la ley del IMSS es mucho más extensa que la del ISSFAM, teniendo esta solo 226 artículos más sus transitorios, en cambio la del seguro social tiene 319 artículos, más sus transitorios.
La localización de las definiciones y demás conceptos, están dispersos en distintos artículos, además de ser redactados de forma distinta de una a otra.
La ley del ISSFAM no cuenta con una definición de seguridad social, se va directamente cuestiones administrativas y definiciones para la ley.
Difieren en cuanto a lo que constituye el patrimonio entre ambas instituciones, en el caso del ISSFAM están enfocados al gobierno federal, aportaciones del militar y su familia, bienes que adquieran la institución y fondos del seguro de vida militar, retiro y vivienda. En el caso del seguro social abarca más, mencionando Las donaciones, herencias, legados, adjudicaciones, subsidios y transferencias que se hagan a su favor en que no se preestablezca el destino de los bienes o derechos correspondientes; Los intereses, dividendos, realización de activos, alquileres, rentas, rendimientos, utilidades, frutos y productos de cualquier clase, que generen los bienes y derechos afectos a su patrimonio, además dejando abierta mayor posibilidad en cuanto a lo que establezcan sus reglamentos y demás leyes.
Se nombran de forma distinta a los órganos que constituyen las instituciones:
En el caso del ISSFAM se denomina al órgano de gobierno como “JUNTA DIRECTIVA”, esto de acuerdo a su artículo 4°, sus miembros se conforman por 9 miembros de los cuales 3 son de la secretaria de defensa nacional, 3 de la marina y 3 de la SHCP. La designación del presidente de dicho órgano está a cargo del presidente de la republica a razón de la propuesta de la SHCP, en el caso del IMSS se denomina “CONSEJO TÉCNICO” y está en el artículo 253 de su misma ley, son 12 miembros, de los cuales 4 son en representación patronal, 4 de los trabajadores y 4 del estado, en este caso no se designa por preferencia como en el caso anterior a la SHCP como representante, sino como consejero del estado, además de que pueden intervenir mayor número de secretarias para esta función.
Dentro de sus órganos ambas cuentan con:
Director general.
Órgano de vigilancia (ISSFAM, art. 8) y Comisión de Vigilancia (IMSS, art. 265), en el caso del ISSFAM los miembros son designados por el estado a cargo de la Secretaria de la Función pública, en cuanto al IMSS, está formado por seis miembros, uno de ellos es de la secretaria de la función pública, los demás son de los sectores patronal y de trabajadores. Cabe mencionar que ambas leyes difieren, ya que las funciones de este órgano son señaladas más ampliamente en la ley del seguro social.
Las atribuciones del consejo técnico y de la Junta directiva están en el caso: ISSFAM art. 12,
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