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Decreto 1290 Del 2009


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2013  •  685 Palabras (3 Páginas)  •  386 Visitas

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DECRETO 1290 DEL 2009

Cada institución deberá incorporar en su Proyecto Educativo Institucional (PEI) el sistema de evaluación de los estudiantes, luego de su aprobación por parte del Consejo Directivo de la Institución. El sistema debe contener los criterios, procesos e instrumentos para evaluar el aprendizaje de los estudiantes, así como los requisitos que estos deben cumplir para ser promovidos al grado siguiente.

La escala de evaluación del desempeño del estudiante, deberá tener equivalencia con la escala de valoración nacional. El objetivo es permitir la movilidad de los estudiantes entre las instituciones educativas. Esta escala corresponde a: desempeño superior, desempeño alto, desempeño básico y desempeño bajo.

Al mismo tiempo el decreto establece que es obligación de cada Institución Educativa, divulgar a los padres de familia, al inicio de cada año lectivo o al ingreso del alumno a la institución, el funcionamiento de este sistema de evaluación, teniendo en cuenta que tanto los padres como los alumnos tiene derechos y deberes que deberán ser cumplidos, con el fin de lograr una mejor calidad en el proceso de evaluación.

Los estudiantes tiene derecho a, ser evaluado en el aspecto personal, académico y social, conocer el sistema de evaluación institucional y los resultados del proceso evaluativo y tienen el deber de, cumplir con los compromisos académicos y con las recomendaciones para superar sus debilidades. Al igual los padres tienen derecho a conocer el sistema de evaluación de la institución, a acompañar a sus hijos en el proceso evaluativo y a recibir los informes de dicho proceso y tienen el deber de analizar los informes periódicos, participar en la definición de procesos de evaluación y realizar un seguimiento al proceso evaluativo de sus hijos.

Por otro lado la norma (que reemplaza los decretos 230 y 3055 de 2002) establece que cada institución deberá determinar los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, así como el porcentaje de asistencia mínimo requerido para que el alumno pueda ser promovido al siguiente grado.

Si la institución determina que el estudiante por su bajo desempeño académico no puede ser promovido al siguiente grado, ésta deberá garantizarle, el cupo para continuar su proceso formativo el siguiente año escolar; Pero si el caso es contrario y el estudiante demuestra un rendimiento superior en el desarrollo tanto cognitivo, como personal y social, el establecimiento podrá promoverlo de manera anticipada al siguiente grado escolar, con el consentimiento de los padres de familia, tras agotar el trámite correspondiente ante los consejos académico y directivo de la institución.

De igual manera, para garantizar la calidad de los programas académicos y la pertinencia de los sistemas

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