Decreto Pitex
Enviado por anajuju • 22 de Septiembre de 2011 • 1.440 Palabras (6 Páginas) • 802 Visitas
(DOF 13 octubre 2003)
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que
me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con
fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 39, fracción III del Código Fiscal de la Federación; 63-A, 90, 104 a 112 de la Ley Aduanera y
4o., fracciones II, III, IV y VI, 5o., fracción XI, 90 y 91 de la Ley de Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto que Establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación
fue publicado el 3 de mayo de 1990 en el Diario Oficial de la Federación y reformado el 11 de mayo de
1995, 13 de noviembre de 1998, 30 de octubre y 31 de diciembre de 2000 y 12 de mayo de 2003;
Que debido a la complejidad de la economía mundial, es indispensable brindar a las empresas que en ella
compiten, herramientas que les permitan obtener competitividad para mantenerse y, a mediano plazo, lograr
incrementar su penetración en los mercados extranjeros;
Que el Ejecutivo Federal desea eliminar obstáculos a la operación de las empresas con Programa de
Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación (PITEX) y evolucionar en los esquemas de
control de restricción ex-ante hacia esquemas de control ex-post que permitan dar seguimiento a sus
operaciones;
Que es necesario adecuar las disposiciones del Decreto que Establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación para dar certidumbre jurídica a la comunidad exportadora,
con relación a los controles, beneficios y facilidades que otorga el presente Decreto, y
Que es una tarea permanente del Ejecutivo Federal propiciar la desregulación y simplificar los trámites que
deben observar las empresas, para obtener los beneficios que les permitan elevar el nivel de competitividad
en los mercados internacionales, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 16, 17, 19, fracción I, incisos b) y e), fracción II, y párrafos
tercero y cuarto; 19-A, fracciones IV, V y VI, y 22 en sus párrafos primero, segundo y séptimo; se adiciona la
fracción IV y un último párrafo al artículo 22; y se derogan los artículos 5-B en su último párrafo, 19, en su
quinto párrafo, y 19-A, en su fracción VII, y se adiciona un último párrafo al artículo 22 del Decreto que
Establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación, para quedar como sigue:
“Artículo 5- B. ...
I a la VIII ...
Se deroga.
Artículo 16. La Secretaría, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, previa
opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinará las mercancías que no podrán importarse
al amparo de este Decreto o que para hacerlo se sujetarán al cumplimiento de requisitos específicos.
Artículo 17. La Secretaría comunicará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los términos en los que fue aprobado el programa, la ampliación o modificación del mismo, en un plazo que no excederá de tres días hábiles a partir de la notificación al interesado.
La Secretaría transmitirá por medios electrónicos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la fecha de la notificación a que se refiere el artículo 19 del presente Decreto, los datos que permitan identificar a las empresas a las que se ha autorizado un programa, a efecto de que sea inscrita al padrón de importadores
a que se refiere la Ley.
Artículo 19. …
I. …
a) …
b) Documento que acredite legalmente la posesión del inmueble en donde pretenda llevarse a cabo la operación del programa, en el que se indique la ubicación del inmueble, adjuntando fotografías del mismo.
Tratándose de arrendamiento o comodato, se deberá acreditar que el contrato establece un plazo forzoso mínimo de un año y que le resta una vigencia de por lo menos once meses, a la fecha de presentación de la solicitud.
c) y d) …
e) Tratándose de las mercancías a que se refiere el artículo 5, fracción I del presente Decreto, descripción detallada del proceso productivo o servicio que incluya la capacidad instalada de la planta para procesar las mercancías a importar o para realizar el servicio objeto del programa y el porcentaje de esa capacidad
efectivamente utilizada, y
f) …
II. Previo a la aprobación del programa de que se trate, la Secretaría deberá realizar la visita de inspección del lugar o lugares donde el interesado manifestó que se llevarán a cabo las operaciones del programa.
...