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Decreto Presidencial Colegiatura


Enviado por   •  17 de Febrero de 2013  •  417 Palabras (2 Páginas)  •  520 Visitas

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Publican decreto presidencial sobre deducción de impuestos en colegiaturas

POLÍTICA • 15 FEBRERO 2011 - 10:55AM — NOTIMEX

La Secretaría de Hacienda dio a conocer hoy los detalles de la medida, la cual consiste en disminuir del resultado del Impuesto sobre la Renta los pagos por servicios de educativos en los niveles básico y medio superior.

Oficial de la Federación

Ciudad de México.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con el pago de servicios educativos en los niveles básico y medio superior.

Tras el anuncio que hizo ayer el presidente Felipe Calderón, hoy la dependencia dio a conocer los detalles de la medida, que aplicará a los pagos realizados a partir del 1 de enero de 2011.

El estímulo consiste en disminuir del resultado del Impuesto sobre la Renta (ISR) los pagos por servicios de enseñanza en los tipos de educación básica y medio superior efectuados por el contribuyente para sí mismo, para su cónyuge o persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea directa.

El decreto indica que podrán deducirse los pagos que se realicen a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, y que los pagos sean para cubrir únicamente los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno, conforme a los programas y planes establecidos en la Ley General de Educación.

Sin embargo, no será aplicable a los pagos de inscripción o reinscripción; tampoco cuando las personas reciban becas o cualquier otro apoyo económico público para pagar los servicios de enseñanza, hasta por el monto que cubran dichos apoyos.

Aclara que los pagos deberán realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Además, para aplicar el estímulo se deberá comprobar, mediante documentación que reúna requisitos fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones educativas residentes en el país.

Tal como se anunció ayer, la cantidad máxima que se podrá deducir cada año serán 14 mil 200 pesos en el caso de preescolar; 12 mil 900 para primaria; 19 mil 900 para secundaria; 17 mil 100 pesos en el caso de estudios en el nivel profesional técnico y 24 mil 500 pesos para bachillerato o su equivalente

Referencia: Milenio (2011) http://www.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/c9f7284947a4566849c43f3011362ad2 Lunes, 20 de Agosto de 2012

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