Deducible Vs Deducibilidad
Enviado por • 12 de Abril de 2015 • 500 Palabras (2 Páginas) • 210 Visitas
Impuesto sobre la Renta: Es un impuesto nacional que grava los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, percibido por los contribuyentes, con ocasión de las diversas actividades que estos puedan ejercer durante el año gravable.
El Sujeto Activo es el Estado, Según el artículo 156 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela es de la competencia del Poder Público Nacional:
Según Ordinal 12: “La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta”…
El Sujeto Pasivo, Salvo disposición en contrario de la ley del I.S.L.R., el sujeto pasivo es toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada o no en Venezuela.
Desgravámenes: Son las cantidades que la ley permite deducir del enriquecimiento neto percibido durante el ejercicio fiscal, a las personas naturales residentes en el país y sus asimilados. El resultado obtenido, después de la aplicación de la correspondiente rebaja, sirve de base para la aplicación de la tarifa prevista en la ley.
Se consideran gastos deducibles aquellos que restan del ingreso bruto para calcular el beneficio a efectos de impuestos. Las autoridades fiscales especifican los gastos que se pueden deducir de los ingresos brutos a los efectos de la reducción de la base imponible (beneficio a efectos de impuestos) y las normas específicas que regulan la deducción de cada uno de estos elementos. Algunos ejemplos de gastos no deducibles a efectos del cálculo de impuestos incluyen los gastos comidas, alojamientos, etc. Se puede deducir todo lo que sea estrictamente Indispensable para la actividad y contar con la factura respectiva con todos los requisitos fiscales, estos son:
Factura original
Nombre del cliente
Domicilio del cliente
RIF del cliente
Folio
Fecha (debe coincidir con ejercicio fiscal que se aplica, salvo régimen flujo efectivo
Cedula Fiscal
IVA desglosado
Descripción del bien
Vigencia de la factura
Leyenda impresa
Domicilio, Nombre y RIF de quien expide el comprobante
De las Deducciones y del Enriquecimiento Neto
Artículo 27. Para obtener el enriquecimiento neto global se harán de la renta bruta las deducciones que se expresan a continuación, las cuales, salvo disposición en contrario, deberán corresponder a egresos causados no imputables al costo, normales y necesarios, hechos en el país con el objeto de producir el enriquecimiento:
1. Los sueldos, salarios, emolumentos, dietas, pensiones, obvenciones, comisiones y demás remuneraciones similares, por servicios prestados al contribuyente, así como los egresos por concepto de servicios profesionales no mercantiles recibidos en el ejercicio.
2. Los intereses de los capitales tomados en préstamo e invertidos en la producción de
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