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Demanda De Alimentos


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  28.029 Palabras (113 Páginas)  •  565 Visitas

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ALONSO ROJAS SANDRA LUZ

V.S.

CARLOS ROBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ

CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA.

C. JUEZ FAMILIAR EN TURNO DEL H.TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.

P R E S E N T E.-

SANDRA LUZ ALONSO ROJAS, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en la calle de Córdoba Número 49, Interior 2-A, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, México Distrito Federal, C.P. 06700; autorizando en términos del artículo 112 párrafo cuarto del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, al Licenciado en Derecho MOISES MONTES DE OCA CORTES con cédula profesional número 3256917 expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, debidamente registrada ante la Primera Secretaría de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este H. Tribunal bajo el folio 00000943, y autorizando en términos del párrafo séptimo del artículo procesal invocado a los Licenciados en Derecho JORGE GIOVANNI PIÑA ARREOLA, ARMANDO FUENTES VELAZQUEZ, MARIA CRISTINA AGUILAR GARCIA, ISABEL ALVAREZ COLINDRES, PATRICIA JUAREZ BENHUMEA y JOSE LUIS NIETO NOIRE así como a los pasantes y estudiantes de la misma profesión, JOSE EDUARDO PIÑA ARREOLA Y ARIADNA GONZALEZ HERNANDEZ, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente libelo y con fundamento por los artículos 940, 941 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a demandar, en CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR, del señor CARLOS ROBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quien puede ser notificado en su domicilio ubicado en la calle de KRAMER, NUMERO 75, COLONIA ATLANTIDA, CODIGO POSTAL 04370, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL, el cumplimiento y pago de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S.-

A) La Guarda y Custodia en mi favor de menor hija de nombre CARLA ANAHI RODRIGUEZ ALONSO.

B) El Pago de la de Pensión Alimenticia provisional y, en su momento, definitiva a favor de mi menor hija de nombre CARLA ANAHI RODRIGUEZ ALONSO, así como el aseguramiento de los alimentos debidos a mi menor hija garantizando el pago de los mismos con los derechos de antigüedad que tenga de la misma fuente de trabajo, en términos de lo dispuesto por el artículo 317 del Código Civil.

C) El pago retroactivo de seis meses de pensiones alimenticias vencidas y no pagadas por el hoy demandado, para mi menor hija de nombre CARLA ANAHI RODRIGUEZ ALONSO.

D) El pago de gastos y costas que origine el presente juicio.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

H E C H O S.-

1.- En el mes de Octubre del año 2007, la suscrita y el hoy demandado iniciamos una relación de carácter sentimental, misma relación que nos llevo a cohabitar de forma continua e interrumpida en nuestro PRIMER domicilio ubicado en la Calle de KRAMER, NUMERO 72, COLONIA ATLANTIDA, CODIGO POSTAL 04370, DELEGACION COYOACAN, DISTRITO FEDERAL, mismo domicilio que cohabitamos hasta el mes de Agosto del año 2009.

2.- Producto de dicha relación sentimental, procreamos a la menor de nombre CARLA ANAHI RODRIGUEZ ALONSO., quien nació el día 18 DE ENERO DEL 2010, quien cuenta actualmente con 9 meses de edad, tal y como lo acredito con la copia certificada del acta de nacimiento de mi menor hija misma que anexo al cuerpo del presente escrito.

3.- El ultimo domicilio que cohabitamos la suscrita y el hoy demandado, lo constituimos en el ubicado en la calle de DOCTOR JIMENEZ, NUMERO 114, DEPARTAMENTO 108, COLONIA DOCTORES, DELEGACION CUAUHTEMOC, DE ESTA CIUDAD CAPITAL, domicilio que cohabitamos en forma continua e interrumpida desde el día 4 de Agosto del año 2009.

4.- Es el caso que el día 15 de Septiembre del año 2010, el hoy demandado sin causa justificada, sin motivo y sin decir una sola palabra, abandono el domicilio que cohabitamos de forma continua e interrumpida, dejando a quien suscribe y a nuestra menor hija en el más completo abandono de carácter físico, moral y económico, toda vez que el hoy demandado desde que abandono el domicilio que cohabitábamos hasta hoy día se ha abstenido por completo de pagar alimentos para nuestra menor hija, y peor aún ha demostrado una falta de interés por querer convivir con nuestra menor hija, amén de que, en el domicilio que cohabitábamos vivimos en calidad de ARRENDATARIOS, situación que el hoy demandado desde el inicio de nuestra relación y desde que abandono el domicilio que cohabitamos, de forma por demás dolosa e inhumana se ha abstenido de apoyar o aportar dinero para cubrir el pago por concepto de rentas de dicha vivienda, así como las necesidades de mi menor hija y de todo aquello que necesite el domicilio que cohabitamos, poniendo en detrimento y peligro la estabilidad y seguridad de quien suscribe y de mi menor hija, ocasionándonos daños irreparables y de imposible reparación, por lo que la suscrita a tenido que sufragar con ayuda de sus familiares todos los gastos del hogar y todo aquello que requería nuestra menor hija, siendo testigos de tales hechos las señoras VERONICA ARLIN ALONSO ROJAS e IRMA ROJAS REYES, testigos dignos de fe que saben y les consta los hechos aquí esgrimidos, mismos testigos que me comprometo a presentar en el momento procesal oportuno.

Es importante referir a su Señoría que la suscrita tiene bajo su Guarda y Custodia a la menor de nombre ALESSANDRA AMELI LAUREL ALOSNO, quien es hija de quien suscribe, misma que fue concebida durante una relación anterior, con el Señor JAVIER LAUREL TORRES misma que cuenta en la actualidad con 5 años de edad, tal y como lo demuestro con la copia certificada del acta de nacimiento de mi menor hija misma que anexo al cuerpo del presente ocurso; por lo que dicha menor desde el inicio de mi relación con el hoy demandado ha vivido con la suscrita y el hoy demandado, siendo esto una causa de constantes problemas originados por parte del hoy demandado, toda vez que el hoy demandado siempre ha manifestado que a él no le corresponde hacerse cargo de las necesidades de dicha menor, siendo esto una cuestión totalmente inverosímil y falsa de toda falsedad, toda vez que el hoy demandado sabe y le consta, que la suscrita recibe por parte del PADRE BIOLOGICO de mi menor hija de nombre ALESSANDRA AMELI LAUREL ALONSO, todo lo necesario para su sano crecimiento y desarrollo proveyéndola con todo lo necesario en cuanto a su alimentación, vestido, escuela, medico, esparcimiento y de todo aquello que dicha menor requiera, por lo que en ese orden

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