Demanda Ejecutiva Mercantil
Enviado por laquepeca • 11 de Diciembre de 2013 • 1.391 Palabras (6 Páginas) • 485 Visitas
ESTELA GARCIA GARCIA
VS
GUADALUPE URIOSTEGUI CASTAÑEDA
JUICIO EJECUTIVO MERCANTL
ASUNTO: SE INTERPONE DEMANDA
C. JUEZ MENOR DE LO CIVIL
DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL
EN EL ESTADO DE MORELOS.
PRESENTE.
ESTELA GARCIA GARCIA, promoviendo en mi carácter de ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DE LA C. NATVIDAD HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. Nombrando como abogado patrono al C. LIC JOSE ALFREDO PATRICIO GUADARRAMA quien ejerce la profesión de Licenciado en Derecho con cédula profesional número 6710757, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Unidad Habitacional Campestre, Etapa 21, Edificio 9, Departamento 103, Jiutepec Morelos, así como solamente para oír y recibir todo clase de notificaciones a los CC. JOSE MAURICIO DIAZ GONZALEZ Y/O MARIO ALFONSO MARTINEZ HERNANDEZ, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que en ejercicio de la presente ACCION CAMBIARIA DIRECTA, vengo a demandar en la VIA EJECUTIVO MERCANTIL, a la C. GUADALUPE URIOSTEGUI CASTAÑEDA, en su carácter de deudor principal, con domicilio en CALLE AMATE NÚMERO 5, COLONIA ATENATITLAN EN EL MUNICIPIO DE JIUTEPEC MORELOS, mismo domicilio que se señala para que sea debidamente emplazado a juicio dicha demanda, a quien le reclamo las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
A).- El pago de la cantidad de $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS00/100 M.N.), por concepto de suerte principal, del pagaré identificado con el numeral 1/1 de fecha 28 de Marzo del 2013, suscrito a favor de la C. NATVIDAD HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, en Jiutepec Morelos, con fecha de vencimiento 31 de Mayo del 2013.
B).- El pago de la cantidad que resulte por concepto de interés moratorio a razón del 10% mensual generado por la suerte principal del pagaré antes mencionado más los que se sigan generando y se generen hasta la fecha de la conclusión del presente juicio.
C).- El pago de gastos y costas que la tramitación del presente juicio origine en virtud de ser la demandada quien ha dado origen al presente juicio. Lo anterior por no pagar en tiempo y forma que consta en la literalidad del documento base de mi acción.
Fundan la presente las siguientes consideraciones de hechos y preceptos de derecho.
H E C H O S:
1.- Con fecha 28 de Marzo del año de 2013, en la Ciudad de Jiutepec, Morelos, la C. GUADALUPE URIOSTEGUI CASTAÑEDA, en su carácter de deudor principal, suscribió a favor de la C. NATVIDAD HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, un pagaré identificado de la siguiente manera:
a).- Pagaré identificado con numeral 1/1 de fecha 28 de Marzo del 2013, suscrito a favor del C. NATVIDAD HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, en Jiutepec Morelos, por la cantidad de $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N), con fecha de vencimiento 31 de Mayo del año 2013, con un interés mensual a razón del 10%.
2.- Con fecha 07 de Agosto del año 2013, la C. NATVIDAD HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ ENDOSO EN PROCURACION A FAVOR DE LA SUSCRITA, el pagaré, documento base de la presente acción, tal y como consta al reverso de dicho documento.
3.- Dado que la demandada, no han pagado la cantidad estipulada en el pagaré a pesar de habérsele requerido el pago en varias ocasiones del pago, nos vemos obligados a ejercitar la presente acción cambiaria.
P R U E B A S:
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1401 del Código de Comercio en vigor, vengo a ofrecer las pruebas correspondientes a mi parte, mismas que tiene relación directa con todos y cada uno de los hechos de la demanda y puntos controvertidos en el presente juicio, las cuales se ofrecen en los siguientes términos.
1.- LA CONFESIONAL.- A cargo de la demandada C. GUADALUPE URIOSTEGUI CASTAÑEDA, en su carácter de suscriptor y deudor principal quien deberá comparecer personalmente ante este H. Juzgado, el día y hora que se le señale para el desahogo de dicha prueba, debiendo ser citado el absolvente por conducto del C. Actuario adscrito a ese Juzgado, con el apercibimiento de Ley, prueba que se ofrece para acreditar todos y cada uno de los hechos de mi demanda,
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