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Demanda Ejecutiva Mercantil


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  1.525 Palabras (7 Páginas)  •  442 Visitas

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JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

LIC. ADRIANA PORTILLO GARCÍA

VS

JUAN RAFAEL FLORES MORENO

EXP. NUM.________________

C. JUEZ SEGUNDO MENOR

P R E S E N T E.

LIC. ADRIANA PORTILLO GARCÍA, mexicana, mayor de edad y en mi carácter de Endosatario en Procuración del documento base de la acción, tal y como lo acredito con el endoso situado al reverso de dicho documento efectuado por el Lic. Flavio Martínez Amaro, en su carácter de Representante Legal de Financiera Independencia Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Limitado, y que en original anexo al presente escrito, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Avenida 3 Número 513 Despacho 103 Edificio Radio Centro de ésta ciudad de Córdoba, Veracruz, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente ocurso vengo a demandar en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL y en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa juicio en contra del C. JUAN RAFAEL FLORES MORENO en su carácter de Deudor Principal, quien tiene su domicilio ubicado en Calle Eje 6 Número 221 entre Avenidas Eje B y Eje C Colonia las Fuentes de ésta ciudad, y de quien reclamo el pago y cumplimiento de las siguientes

P R E S T A C I O N E S

a) El pago de la cantidad de $5,543.93 (CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 93/100 M. N.) por concepto de suerte principal que se pactó en el documento base de la acción.

b) El pago de los intereses ordinarios al tipo del 4.50% mensual que se pactaron desde la suscripción del documento base de la acción, contados desde ese momento hasta al día de su vencimiento.

c) El pago de intereses moratorios al tipo de 7.5% mensuales que se pactó en el documento base de la acción hasta el día en que dure insoluto el adeudo.

d) El pago de gastos y costas que se generen en el presente asunto.

Fundo mi petición en las siguientes consideraciones de hecho y derecho

H E C H O S

1. El C. JUAN RAFAEL FLORES MORENO en su carácter de deudor principal, suscribió en fecha 28 de Septiembre del 2004, un pagaré por la cantidad principal de $5,543.93 (CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 93/100 M. N.), más intereses ordinarios sobre suerte principal a razón de una taza del 4.50%; dividiéndose para su liquidación en cuarenta y ocho pagos quincenales, cada uno por $259.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M. N.) que suman un total de $12,432.00 (DOCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M. N.), suscribiendo dicho pagaré a favor de Financiera Independencia, S. A. de C. V. Sociedad Financiera de Objeto Limitado.

2. El hoy demandado se obligó a pagar la cantidad señalada en el documento base de la acción los días 2 o 3 y 17 o 18 de cada mes, según se estipulo en el mismo documento, hasta liquidar totalmente las parcialidades pactadas. Estipulándose el 7.5% mensual como interés moratorio para cada pago quincenal vencido y no pagado.

3. Con fecha 24 de Noviembre del 2005, Financiera Independencia S. A. de C. V. Sociedad Financiera de Objeto Limitado Endosó en Procuración el Documento base de la acción por conducto de su Representante Legal Lic. Flavio Martínez Amaro a favor de la suscrita.

4. Ahora bien a pesar de que dichos abonos quincenales, parciales y consecutivos se encuentran vencidos el hoy demandado se ha negado a pagar las cantidades señaladas en el documento base de la acción no obstante que se han realizado múltiples gestiones extrajudiciales para obtener dicho pago, por lo que me veo en la necesidad de demandar en ésta vía y forma.

Fundo mi petición de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1061, 1104, 1294, 1391 al 1414 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio Vigente, 116 fracción VI y XI y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Veracruz, aplicado supletoriamente al Código de Comercio en vigor. Así como los artículos 1, 2, 5, 23, 29, 31, 33, 129, 170, 174 y demás relativos y aplicables de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.

P R U E B A S

a) CONFESIONAL: A cargo del C. JUAN RAFAEL FLORES MORENO, quien deberá ser citado a comparecer ante éste Juzgado a absolver las posiciones que se califiquen de legales, que en sobre cerrado presentaré en forma y tiempo para la audiencia respectiva; y que deberá de responder en forma personalísima y sin asesoramiento legal alguno, en términos de lo dispuesto por los numerales 1212, 1215 y 1226 del Código de Comercio.

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