DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL
Enviado por cecyquilop • 28 de Octubre de 2013 • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 475 Visitas
DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO
DEL DISTRITO JUDICIAL MORELOS
PRESENTE.-
LIC. RAUL ZARATE OLIVAS, con el carácter de endosatario en procuración de la persona moral denominada “AUTOCAMIONES DE CHIHUAHUA, S.A., personalidad que se desprende del endoso adherido al documento fundatorio de la acción que acompaño a este escrito, señalando como domicilio para oír notificaciones y recibir documentos, el domicilio ubicado en calle Paseos de Coyame No. 13715 de la colonia Paseos de Chihuahua de esta ciudad, ante Usted con el debido respeto comparecemos para exponer:
Que con este escrito, en la Vía Ejecutiva Mercantil y en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa, acudo a demandar al señor JUAN PEREZ ZUBIATE, con domicilio el ubicado en calle Agua Escondida No. 7085 de la colonia Los Girasoles, de esta ciudad, al pago de las siguientes:
PRESTACIONES
1.- El pago de la cantidad de $125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal.
2.- El pago de los intereses moratorios causados, así como los que se sigan generando hasta la total solución del presente asunto, conforme a la tasa pactada en el documento fundatorio de la acción, a razón del 25% mensual.
3.- El pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.
Fundo esta demanda en los siguientes hechos y considerandos de derecho:
HECHOS
1.- Con fecha 21 de Enero del 2009, el señor JUAN PEREZ ZUBIATE, suscribió en esta Ciudad de Chihuahua, Chih. Un titulo de crédito denominado pagare, por la cantidad de $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), y a favor de mi endosante “AUTOCAMIONES DE CHIHUAHUA, S.A., en el cual se asentó como fecha de vencimiento el día 21 de Septiembre del 2010, toda vez que el mes de mayo del 2010 el señor JUAN PEREZ ZUBIATE dejo de pagar las amortizaciones a que se había obligado dejando pendiente por pagar la cantidad de $125,000.00 (Ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) cantidad que se desprende de cinco mensualidades vencidas, por lo que dicho documento resulta pagadero a la vista.
De igual manera, se pacto en el referido documento que se causaría un interés moratorio a una tasa del 25% mensual, pagadero en esta misma Ciudad, juntamente con el principal.
2.- Así mismo, el suscriptor no realizo el pago del importe del mismo, y a pesar de que mi endosante ha insistido en múltiples ocasiones no ha logrado su pago, por lo que procedió por nuestro conducto a demandar en la vía y forma propuestas el pago de las prestaciones reclamadas en el capítulo correspondiente.
CAPITULO DE PRUEBAS
Para los efectos de lo dispuesto por los artículos 1198 y 1401 del Código de Comercio en Vigor, estamos ofreciendo como pruebas de nuestro endosante las que a continuación se describen:
A.- DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en un pagare suscriptor por el señor JUAN PEREZ ZUBIATE, el día 21 de Enero del 2009, por la cantidad de $500.000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), medio de convicción que se relaciona con el hecho numero uno de la presente promoción y con el cual se demostrara que el demandado adeuda a la persona moral “AUTOCAMIONES DE CHIHUAHUA, S.A., $ 125,000.00 (Ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N), así también se demostrara que se adeuda a la actora los interés moratorios pactados en el documento base de la acción, que el demandado ha omitido cumplir con sus obligaciones de pago no obstante las gestiones efectuadas en forma extrajudicial, por último, también se va a demostrar ante este H. Tribunal es competente para conocer del presente juicio, en los términos de la fracción primera del artículo 1104 del Código de Comercio reformado el día 24 de Mayo del 1996.
B.- DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en el endoso, el cual obra anexo al documento fundatorio de la acción, realizado por la persona moral “AUTOCAMIONES DE CHIHUAHUA,
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