Demanda Ejecutivo Mercantil
Enviado por lauraleon • 28 de Agosto de 2014 • 2.106 Palabras (9 Páginas) • 434 Visitas
CAJA POPULAR MEXICANA SOCIEDAD COOPERATIVA DE AHORRO Y PRESTAMO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE
VS
CARMONA CRUZ ELOISA
JUICIO: EJECUTIVO MERCANTIL
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ CIVIL DE CUANTIA MENOR
CON RESIDENCIA EN LOS REYES LA PAZ
ESTADO DE MEXICO.
PRESENTE
LAURA GUADALUPE LEON RAMIREZ, promoviendo en calidad de endosataria en PROCURACION, de CAJA POPULAR MEXICANA SOCIEDAD COOPERATIVA DE AHORRO Y PRESTAMO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE personalidad que acredito en términos del endoso que obra al reverso del titulo de crédito (PAGARE) señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en la lista y/o Boletín Judicial de este H. Juzgado y autorizando en términos del artículo 1069 III párrafo del Código de Comercio a los LICENCIADOS Y PROFESIONISTAS EN DERECHO, ALEJANDRA LOPEZ GAMBOA, MARY CARMEN SANCHEZ VELASCO, ERIKA MARIA RIVERA GUTIERREZ, ERENESTO LOPEZ ZARATE Y A LOS PD. JUANA ANGELICA PEREA PIEDRAS, JORGE AGUILAR MARTINEZ, NOE SALVADOR SANCHEZ CARDENAS Y NOHEMI MENDOZA URBAN, nombrando al primero de los mencionados como abogado patrono, ante usted con el respeto que es debido comparezco para exponer lo siguiente:
Que a través del presente escrito, en la vía ejecutiva mercantil (cambiaria directa) y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1391 fracción IV y 1392 del Código de Comercio, así como los artículos, 1,5, 26,29,33,109,150, 151, 152, 154, 167 y 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Vengo a demandar como deudor principal a CARMONA CRUZ ELOISApersona que en la literalidad del documento base de la acción señalo como domicilio para ser debidamente emplazada y requerida del pago el ubicado calle V CARRANZA MANZANA 10 LOTE 2 COLONIA AMPLIACION LOS REYES LA PAZ ESTADO DE MEXICO.
Para que mediante sentencia firme se le condene al cumplimiento de las siguientes:
PRESTACIONES
A).-El pago de la cantidad de $20, 000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N) por concepto de suerte principal que ampara el documento base de la acción (PAGARE) que se adjunta a la presente demanda como documento base de la acción como anexo.
B).- El pago de la cantidad que resulte por concepto de intereses ordinarios fijo del 23.40 por ciento anual mas el impuesto al valor agregado correspondiente, mismos que se vencieron y que se siguen venciendo los cuales constan en el documento base de la acción.
C).- El pago de intereses moratorios calculado a razón del 18.00 puntos porcentuales anuales a la tasa de interés ordinaria.
D).- Los gastos de cobranza generados y que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo por el monto que resulte de aplicar el 3.5% mensual a las cantidades vencidas y no pagadas y hasta en tanto se realice el pago.
E).- El pago de gastos y costas que origine el presente juicio.
Fundo la presente demanda en las siguientes consideraciones de hecho y derecho:
HECHOS
1.- En fecha 14 de julio del 2016, el C. HERNANDEZ MARO ERKA MILDRED en su carácter del deudor principal acepto y firmo a favor de mi endosante CAJA POPULAR MEXICANA SOCIEDAD COOPERATIVA DE AHORRO Y PRESTAMO DE RESPOSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE un titulo de crédito denominado por la ley PAGARE, por la cantidad de $20,000.00 veinte mil pesos 00/100 M.N) pagadero de forma incondicional y por concepto de suerte principal, dicha cantidad sería pagada a mi representada mediante 60 pagos mensuales sucesivos por la cantidad de $612.43 iniciando el primer pago en fecha 15 de agosto del 2011, debiendo y así sucesivamente de forma mensual en fecha 14 de julio del 2016, estipulándose que a falta de uno o más abonos será motivo suficiente para que mi representada pueda dar por vencidos anticipadamente los abonos restantes.
2.-Asimismo en el referido título de crédito (PAGARE) se pactan intereses ordinario fijo del 23.40 por ciento anual más el impuesto al Valor Agregado correspondiente.
3.- En el título de crédito pagare los deudores tanto principal como avales así como mi representada pactaron que a partir del vencimiento del pago correspondiente este generara un interés moratorio calculado a razón de 18.00 puntos porcentuales adicionales a la tasa de interés ordinaria el cual será calculado sobre el monto de las amortizaciones vencidas y no cubiertas durante el tiempo que permanezca insoluta la deuda.
4.-Asimismo los demandados se comprometieron en caso de incumplir el pago oportuno a pagar los gastos de cobranza generados y que se sigan generando hasta la total liquidación del crédito por el monto que resulte de aplicar el 3.5 % mensual a las cantidades vencidas y no pagadas y hasta en tanto se realice el pago.
5.-El C. LIC. ISMAEL PRISILIANO HERNANDEZ MENDEZ APODERADO LEGAL DE CAJA POPULAR MEXICANA S.C DE A.P DE R.L DE C.V. Endoso en procuración
...