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Deontologia De La Investigacion


Enviado por   •  5 de Febrero de 2013  •  1.591 Palabras (7 Páginas)  •  484 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR

PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”

NUCLEO ARAURE

Participantes:

Colombo Lismary C.I 18.672.902

Lucena Yormary C.I 21.397.834

Montilla Lilibeth C.I 20.640.860

Macias Rosangela C.I 20.644.472

Sira Jacquelin C.I 19.799.908

4º Sem Educación Integral.

Araure, Mayo del 2009.

El diccionario de la Real Academia Española define la palabra deontología como "ciencia o tratado de los deberes". En consecuencia, la deontología de la investigación debe entenderse como la ciencia o tratado de los deberes relacionados con la investigación. Podemos suponer la existencia de unas reglas de juego necesarias para regular la actividad del investigador.

En tal sentido, es válido defender la postura que sostiene que toda actividad de investigación debe ubicarse en el marco de un código deontológico porque el investigador tiene un compromiso ético con el procedimiento que sigue para desarrollar su investigación, tiene un compromiso ético con las fuentes que consulta para obtener los datos de su investigación y tiene un compromiso ético con los efectos que los resultados de esa investigación pudieran generar.

Este compromiso ético debe manifestarse en todas las áreas del saber humano y relacionarse con toda la actividad desarrollada por el hombre. Así es necesario hablar de la existencia de una deontología policial, deontología de los administradores, deontología en la investigación médica, deontología de la investigación educativa, en fin, es importante que la actividad humana se rija por los principios de la ética y el "deber ser" previsto para cada disciplina o profesión.

Por esa razón, es necesario asumir que más allá del desarrollo científico o tecnológico, en toda profesión o actividad debe existir la preocupación por el uso que se le está dando al conocimiento y a los avances que la ciencia ofrece a la humanidad. Es importante que la búsqueda, producción y distribución del conocimiento atiendan a insoslayables razones éticas.

Por último, en la Declaración sobre la ciencia y el uso del saber científico de la Unesco (1999) se establece que "Todos los investigadores deberían comprometerse a acatar normas éticas estrictas y habría que elaborar para las profesiones científicas un código de deontología basado en los principios pertinentes consagrados en los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos. La responsabilidad social que incumbe a los investigadores exige que mantengan en un alto grado la honradez y el control de calidad profesionales, difundan sus conocimientos, participen en el debate público y formen a las jóvenes generaciones. Las autoridades políticas deberían respetar la acción de los científicos a este respecto. Los programas de estudios científicos deberían incluir la ética de la ciencia, así como una formación relativa a la historia y la filosofía de la ciencia y sus repercusiones culturales".

Respeto a los Derechos y a la Dignidad Humana

Son de acuerdo con diversas filosofías jurídicas, aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos1 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1.

• Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.

• Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Artículo 3.

• Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 18.

• Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y

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