Depreciacion Y Leasing
Enviado por paloma1980 • 24 de Septiembre de 2012 • 3.132 Palabras (13 Páginas) • 694 Visitas
Definiciones
Activo.- Se considera activo a aquellos bienes que tienen una alta probabilidad de generar un beneficio económico a futuro y se pueda gozar de los beneficios económicos que el bien otorgue.
Gasto.- Se denomina gasto o egreso a la anotación o partida contable que disminuye el beneficio o aumenta la pérdida de una sociedad o persona física.
Mejoras.- Son desembolsos destinados a la sustitución de una o varias partes del activo como consecuencias de hechos fortuitos.
Gasto por Mantenimiento.- Son desembolsos destinados a la reparación y conservación del Activo con el objetivo de que dicho activo continúe operando dentro de su vida útil.
Depreciación
Concepto.- Es la asignación Sistemática del costo u otra base de valuación de un activo depreciable durante su vida útil.
Para su determinación nos basamos en ciertas estimaciones que se considera constante durante el tiempo de servicio del bien, tal como las siguientes:
Cualquier modificación significativa en estos elementos requerirá por parte de la empresa de un ajuste en los cargos que por depreciación efectúe, calificándose como un cambio en la estimación con efectos futuros. De forma periódica se producirá una asignación que acorde con el párrafo 48 de la NIC 16 , se reconocerá en el resultado del ejercicio, salvo que deba incluirse en el importe en libros de otro producto.
Depreciación Acumulada para activos revaluados
Cuando se revalorice un elemento del activo fijo la depreciación acumulada en la fecha de la revalorización puede ser tratada de cualquiera de las siguientes maneras:
1) Reexpresada proporcionalmente al cambio del importe en libros bruto del activo fijo, de manera que el importe en libros del mismo después de la revalorización sea igual a su importe revalorizado
2) Eliminada contra el importe en libros bruto del activo, de manera que lo que se reexpresa es el valor neto resultante, hasta alcanzar el importe revalorizado del activo.
Depreciación de las partes significativas de un activo.
De acuerdo con lo establecido en los párrafos del 43 al 49 de la NIC, la depreciación se aplicara a cada parte del activo fijo que tenga un costo significativo, con relación al costo total del activo, para tal efecto se deberá discriminar el costo del bien del activo fijo entre sus partes significativas con la finalidad de poderlos depreciar en forma individual. Excepcionalmente el párrafo 45 permite agrupar las partes, siempre que la vida útil y el método de depreciación coincidan, igual tratamiento se establece para el resto de componentes del activo fijo que no son significativos, no obstante señala que estas podrían ser depreciadas de forma separada en el supuesto que la entidad tenga diversas expectativas, para lo cual podría emplear técnicas de aproximación para depreciarlas.
Reconocimiento de la Depreciación
La Depreciación del ejercicio se deberá reconocer habitualmente en el resultado del mismo es decir como gasto. Sin embargo en el supuesto que los bienes del activo sean utilizados en la producción de otros activos, el cargo de la depreciación formara parte del costo de dichos activos y se incluirá su importe en libros.
Inicio del Computo
La depreciación de un activo comenzara cuando esté disponible para su uso, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para ser capaza de operar de la forma prevista por la dirección.
La depreciación cesara en la fecha más temprana entre aquella en que el activo se clasifique como mantenido para la venta y la fecha en que se produzca la baja en cuentas del mismo.
La depreciación no cesara cuando el activo este sin utilizar o se haya retirado del uso el activo, a menos que se encuentre totalmente depreciado.
Métodos de Cálculo de la Depreciación
De acuerdo al párrafo 62 la NIC 16 existen tres métodos, Depreciación Lineal, Depreciación Decreciente y Depreciación de Unidades Producidas.
1) Método de Depreciación Lineal.- también conocida como Depreciación en línea recta o carga uniforme o amortización constante, consiste en la aplicación de un porcentaje fijo establecido en base al número de años de vida útil estimado, de tal forma que una porción sea igual de costo se asigna como depreciación en cada periodo de la vida del bien. Es un método que en algunos casos no es correcto debido a que no depende de la intensidad de su uso sino al tiempo que se espera sea utilizado.
2) Método de Depreciación Decreciente.- También conocida como depreciación acelerada, consiste en la estimación de que el servicio o rendimiento que presta el activo es cada vez menor en el transcurso del tiempo, siendo el gasto de mantenimiento inicialmente menor en el tornándose año a año mas frecuente y costoso. Se determina de diferentes maneras pudiendo incluir dentro de este los métodos de números de dígitos o el de tasa constante sobre el valor en libros.
3) Método de Depreciación de Unidades Producidas.- Se determina en base a la intensidad de funcionamiento del bien o en proporción con los servicios que se espera recibir del activo expresado en número de unidades producidas, kilómetros de recorrido, de horas efectivas de trabajo.
Tratamiento tributario de la Depreciación
Reconocimiento
Desde el punto de vista tributario, el artículo 38 del TUO de la LIR señala claramente que la depreciación debe computarse anualmente y que cuando se afecten parcialmente a la producción de las rentas, las depreciaciones se efectuaran en la proporción correspondiente.
A su vez en el Literal c) del artículo 22 del reglamento de la LIR señala que las depreciaciones se computaran a partir del mes en que los bienes sean utilizados en la generación de las rentas gravadas.
Métodos de Depreciación
Para efectos del impuesto a la renta, en el tema de las depreciaciones de los bienes del activo que el contribuyente utiliza en la generación de las rentas gravadas con este impuesto, se debe manifestar:
El importe depreciable es el costo del bien (costo computable que no incluye intereses pero si diferencias en cambio.
No existe vida útil establecida expresamente
No existe prohibición respecto al método a emplear, salvo el limite de porcentaje máximo señalado para bienes distintos de edificios y construcciones sujetos al artículo 40 del TUO de la LIR a las disposiciones del reglamento. De conformidad con el artículo 22 del Reglamento de la LIR se establecen las siguientes condiciones:
No se acepta la parte que corresponde al exceso del porcentaje de depreciación máximo anual permitido en
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