Derecho Aduanal
Enviado por priiz06 • 18 de Abril de 2013 • 1.535 Palabras (7 Páginas) • 505 Visitas
PROCESO DE IMPORTACION
El procedimiento para importar es sencillo y a grandes rasgos se resume en lo
siguiente: inscribirse en los padrones de importación (general y en su caso de
sectorial), cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias, contratar
los servicios de un agente aduanal o realizar la importación mediante un
apoderado aduanal, según corresponda, pagar las contribuciones al comercio
exterior que se generen o en su caso las cuotas compensatorias, así como los
gastos de almacenaje, carga, descarga, transportación de la mercancía, entre
otros, activar el mecanismo de selección automatizado y entregar las mercancías
al interesado para que ésta ingrese a nuestro país. Recuerde que el pedimento de
importación es el documento que comprueba la legal estancia de las mercancías
en México, es importante que la conserve y la porte cuando la transporte.
Impuesto de importación y el momento de causación
La base gravable de los impuestos al comercio exterior causados, se calculará de
conformidad con los artículos 64 al 78-C de la Ley Aduanera. Para la
determinación de la cantidad a pagar por concepto de contribuciones y cuotas
compensatorias se estará a lo siguiente:
1. Si es posible determinar la fecha de introducción de la mercancía a territorio
nacional, se determinarán las contribuciones y cuotas compensatorias
causadas a esa fecha, mediante la aplicación de las cuotas, bases gravables
y tipos de cambio de moneda vigentes en la fecha que corresponda, en los
términos de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley y al resultado se le
adicionará la cantidad que proceda por concepto de actualización y recargos
generados hasta la fecha de pago.
2. En caso de no poder establecer la fecha de la introducción de las mercancías,
se determinarán las contribuciones y cuotas compensatorias causadas a la
fecha de pago, mediante la aplicación de las cuotas, bases gravables y tipos
de cambio de moneda vigentes a esa fecha.
En ningún caso procederá la aplicación de la tasa arancelaria preferencial prevista
en los acuerdos o tratados de libre comercio suscritos por México ni la tasa
prevista en el PROSEC o en los Decretos de la Franja o Región Fronteriza.
En todo caso las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables serán las
que rijan en la fecha del pago de las contribuciones correspondientes.
Quienes regularicen mercancía en los términos de este apartado, deben de
ampararla en todo tiempo con el pedimento que ostente la certificación de la caja
bancaria de recibo de pago de las contribuciones y cuotas compensatorias y, en
su caso, del documento que acredite el cumplimiento de las regulaciones y
restricciones no arancelarias.
El valor en aduana de las mercancías será el valor de transacción de las mismas,
salvo lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Aduanera.
El valor de transacción de las mercancías importadas comprende, además del
precio pagado, el importe de los siguientes cargos:
I. Los elementos que a continuación se mencionan, en la medida en que corran
a cargo del importador y no estén incluidos en el precio pagado por las
mercancías:
a) Las comisiones y los gastos de corretaje, salvo las comisiones de compra.
b) El costo de los envases o embalajes que, para efectos aduaneros, se
considere que forman un todo con las mercancías de que se trate.
c) Los gastos de embalaje, tanto por concepto de mano de obra como de
materiales.
d) Los gastos de transporte, seguros y gastos conexos tales como manejo,
carga y descarga en que se incurra con motivo del transporte de las
mercancías hasta que se den los supuestos a que se refiere la fracción I
del artículo 56 de la Ley Aduanera.
II. El valor, debidamente repartido, de los siguientes bienes y servicios,
siempre que el importador, de manera directa o indirecta, los haya
suministrado gratuitamente o a precios reducidos, para su utilización en la
producción y venta para la exportación de las mercancías importadas y en
la medida en que dicho valor no esté incluido en el precio pagado:
a) Los materiales, piezas y elementos, partes y artículos análogos
incorporados a las mercancías importadas.
b) Las herramientas, matrices, moldes y elementos análogos utilizados para
la producción de las mercancías importadas.
c) Los materiales consumidos en la producción de las mercancías
importadas.
d) Los trabajos de ingeniería, creación y perfeccionamiento, trabajos
artísticos, diseños, planos y croquis realizados fuera del territorio nacional
que sean necesarios para la producción de las mercancías importadas.
Impuesto General de Importación
El Impuesto General de Importación puede ser:
Ad valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana
de la mercancía
Específicos, cuando
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