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Derecho Constitucional


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  4.020 Palabras (17 Páginas)  •  210 Visitas

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“EL PODER CONSTITUYENTE”

INTRODUCCION

Cuando se nos plantea el análisis del concepto “poder constituyente” de manera inmediata acude a nosotros como acto reflejo el recuerdo del origen del estado y las consecuencias que este acto ha tenido para la humanidad.

Asimismo, se retrae a nosotros el contenido de la teoría general del estado, ya que esta nos explica tanto el origen formal como material del concepto estado y los axiomas inherentes al mismo como son: “poder público”, “poder constituyente”, y “soberanía”, que de alguna manera sustentan la teoría de existencia del estado.

Esto porque se dice que el estado como figura jurídica nace cuando el pueblo en uso de su soberanía o sea la capacidad de auto determinarse entrega dicha soberanía al poder constituyente que es un órgano deliberativo supraconstitucional al cual se le encarga como única tarea constituir la norma jurídica denominada “constitución”, en donde quedarán plasmados los principales anhelos y deseos del pueblo, más la forma de organización de gobierno del mismo, por esta razón se ha dicho que la aparición del estado como ente jurídico nace del orden constitucional creado por el poder constituyente.

Cabe hacer mención que la forma en que el estado va a ejercer el gobierno a través de los órganos que la constitución instituye conformarán el llamado poder público que se ejerce a través de las funciones jurisdiccionales, legislativas y ejecutivas.

Con lo anterior quiero aseverar que una vez que el poder constituyente ha concluido con sus trabajos y ha elaborado la norma constitucional y esta ha encontrado su vigencia y reconocimiento y aceptación del pueblo, el estado como ente jurídico aparece para materializar los postulados asumidos por el texto constitucional.

1. ORIGEN DEL PODER CONSTITUYENTE

La Teoría del Poder Constituyente nació en Francia, fue construida en la época de la revolución francesa por el abate Emmanuel Sieyes; como dice Linares Quintana: “el espíritu de Sieyes fue el espíritu de la Revolución”. La construcción de Sieyes tiene o se elabora en un contexto histórico determinado y fue cuando la tambaleante y quebrada monarquía en Francia se vio obligada a convocar al parlamento, este se denominaba estados generales y su estructura, en la que había tres órdenes era la siguiente: la nobleza, el clero y el tercer estado. En este último orden, correspondiente a los estratos sociales comunes, no privilegiados, ejercía un papel preponderante la “burguesía”. En el parlamento, en ese entonces, se votaba por órdenes y el tercer estado o también estado llano; estaba en desventaja numérica frente a la unión que había a la hora de votar entre la nobleza y el clero. Era indispensable una reforma para lograr el control de la asamblea parlamentaria, es entonces cuando entre fines de 1788 y comienzos de 1789, Sieyes escribe su famoso folleto titulado “que es el tercer estado?” con miras a explicar un cambio que se tornaba indispensable. Sieyes tenía que demostrar que para darse una constitución, la nación tenía que tomar la decisión mediante la reunión de representantes extraordinarios especialmente delegados para expresar la voluntad nacional; ello lo conduce a elaborar la teoría del Poder Constituyente, a fin de establecer a quien pertenece y cuáles son las condiciones de su ejercicio. Sieyes señala tres etapas en la formación de un estado.

EN LA PRIMERA ETAPA

Los individuos que viven aislados en un estado de naturaleza racionalmente

concebido, resuelven reunirse y por este solo hecho pasan a formar una nación; es en la nación donde el Poder Constituyente radica en forma indiscutible e inalienable.

EN LA SEGUNDA ETAPA

La nación lleva adelante la decisión de actuar en común y los asociados convienen en cuáles son las necesidades públicas y los medios para proveerlas, el poder ya pertenece al conjunto y es en este momento en el que nace la constitución.

EN LA TERCERA ETAPA

Los asociados son demasiados y están dispersos en una superficie tan extensa que no les permite ejercitar por si mismos su voluntad común, nace entonces el gobierno, ejercido por representantes de la nación.

2. CONCEPTO DE PODER CONSTITUYENTE:

El Poder constituyente es la voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo, para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más le convenga.

El poder constituyente puede ser delegado a una asamblea o a una convención. Aquella funciona luego de una revolución o un golpe de Estado. Ésta se reúne siguiendo el procedimiento de la Constitución o siguiendo una Ley de llamado a esa reunión, ley que no puede ir contra la Constitución que será reformada.

Una Asamblea puede decidir y establecer en la futura Constitución todo lo que se le plazca. Una Convención tiene límites: no puede desconocer los derechos fundamentales ya reconocidos en la Constitución a reformar, ni tampoco puede desconocer la ley que le dio origen.

3. DEFINICIONES DEL PODER CONSTITUYENTE

Este término fue utilizado desde la Revolución Francesa (1789). Fue el primero en teorizar sobre el poder constituyente y define el Poder Constituyente como la potestad que tiene un pueblo de constituir un Estado y de darse la organización jurídica y política que más le convenga.

Carl Smitt define al poder constituyente como voluntad política cuya fuerza o autoridad es capaz de adoptar la concreta decisión de conjunto, sobre el modo y forma de la propia existencia política.

Jorge Reinaldo Vanossi define al poder constituyente como voluntad primera de un pueblo que no ha tenido organización jurídica o de aquella teniéndola, decide cambiar la filosofía jurídico-política de su orden constitucional o también de aquel pueblo que independizado, busca construir una sociedad organizada y soberana, dando forma y expresión a esa mediante una Constitución.

Carlos Sánchez Viamonte dice que el poder constituyente es la soberanía originaria, extraordinaria, suprema y directa en cuyo ejercicio la sociedad política se identifica con el Estado para dar nacimiento y personalidad, y para crear sus órganos de expresión necesarias.

Linares dice el poder constituyente es la facultad inherente a toda comunidad soberana a darse su ordenamiento jurídico y político fundamental por medio de una Constitución y a reformar a ésta total o parcialmente cuando sea necesario.

4. TITULARIDAD DEL PODER CONSTITUYENTE

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