Derecho Laboral, Resumen "Trabajo Ferrocarrilero" (Ley Federal Del Trabajo)
Enviado por Arcontl • 12 de Agosto de 2014 • 330 Palabras (2 Páginas) • 2.407 Visitas
Capitulo 5
A partir del artículo 249
Capítulo 5, 6, 7, 8 y 9.
Capítulo 5
Trabajo Ferrocarrilero
Además de buscar la seguridad del pasaje y la carga, se requería ajustar las jornadas, salarios y formas que definieran una estabilidad obligatoria. (Arts. 246-255)
ARTICULO 252 Las jornadas de los trabajadores se ajustarán a las necesidades del servicio y podrán principiar en cualquier hora del día o de la noche.
TRABAJO DE AUTOTRANSPORTE
Demanda la efectividad del servicio público, adecuando las condiciones para fijar salarios justos con garantías mínimas y protección por prolongación del viaje, lo que incluía causas especiales de rescisión. (Arts. 256-264)
ARTICULO 257 El salario se fijará por días, por viaje, por boletos vendidos o por circuito o kms. Recorridos y consistirá en una cantidad fija y no puede ser inferior al salario mínimo.
TRABAJO DE MANIOBRAS DE SERVICIO PÚBLICO EN ZONAS BAJO JURISDICCIÓN FEDERAL
Tenía por finalidad buscar nuevas técnicas para la mejor ejecución del trabajo y para poner fin a la explotación de los trabajadores por los organismos sindicales, realzando el concepto de patrón, identificación de salarios y formas para determinar la antigüedad.(Arts. 265-278)
ARTICULO 265 Las disposiciones de este capítulo se aplican al trabajo de maniobras de servicio público de carga, descarga, estiba, etc. que se efectúe en buques o en tierra, estaciones de ferrocarril y demás zonas bajo jurisdicción federal.
TRABAJADORES DEL CAMPO
Proponer la igualdad de estos trabajadores marginados, demandando condiciones justas de salario, habitación y aprovechamiento de los recursos rústicos. (Arts. 279-284)
ARTICULO 279 Trabajadores del campo son los que ejecutan los trabajos propios y habituales de la agricultura, de la ganadería y forestales, al servicio de un patrón.
AGENTES DE COMERCIO
Formalizar las relaciones laborales que se habían ocultado en contratos simulados de carácter civil, garantizando además su salario y la existencia del mercado. (Arts. 285-291)
ARTICULO 285 Los agentes de comercio, de seguros, los vendedores, viajantes, propagandistas, son trabajadores de la empresa a la que presten sus servicios, cuando su actividad sea permanente, salvo que no ejecuten personalmente el trabajo.
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