Derecho Laboral
Enviado por Mary16966 • 22 de Octubre de 2014 • 418 Palabras (2 Páginas) • 185 Visitas
FUNCIONES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
Artículo 274 Atribuciones Dirección y estudio de asuntos relativos al trabajo vigilar por el desarrollo, mejoramiento y aplicación de todas las disposiciones legales referentes a estas materias.
Coordinar con IGSS Previsión Social de acuerdo a la ley orgánica y reglamento del IGGSS
Artículo 275 Competencias exclusiva: Deber de auxilio al MTPS de otras autoridades
Impugnación de resoluciones a través de:
Recurso de Revocatoria: se hará dentro del término de cuarenta y ocho horas de notificada la resolución
El Ministerio debe resolver dentro del improrrogable término de ocho días, revocando, confirmando o modificando la resolución recurrida.
Recurso de Reposición: resoluciones originarias del Ministerio término de cuarenta y ocho horas de notificada la resolución El Ministerio debe resolver dentro del improrrogable término de ocho días, revocando, confirmando o modificando la resolución recurrida.
Silencio negativo: efectos ocho días, se tendrá por agotada la vía gubernativa y por resueltos desfavorablemente los recursos de revocatoria o de reposición, según el caso
INSPECCION GENERAL DE TRABAJO COMPETENCIAS
Artículo 278 Cumplimiento y respeto de leyes de Trabajo y Previsión Social (PATRONOS Y TRABAJADORES)
Acuerdos ante inspector general de trabajo o por el subinspector general de trabajo de trabajo tienen carácter de título ejecutivo.
No se requiere patrocinio letrado ante autoridad administrativa ( no intervención de abogados)
Abogados y dirigentes sindicales como representantes los dirigentes sindicales solo asesoran a sus miembros, debe existir acreditación solo en asuntos no mayores de Q. 300.00
Artículo 279. IGT: asesor técnico de otras dependencias, tiene carácter de asesoría técnica del Ministerio respectivo y, a este efecto debe evacuar todas las consultas que le hagan las demás dependencias.
Publicación de consultas en el órgano oficial del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, o en algunos de los diarios de mayor circulación en toda la República, las consultas que evacúe o cualesquiera resoluciones que dicten las autoridades de trabajo y previsión social, siempre que sea conveniente.
Artículo 280. Procesos de menores o protección de maternidad La Inspección General de Trabajo debe ser tenida como parte en todo conflicto individual o colectivo de carácter jurídico en los siguientes casos:
La relación de trabajo haya terminado sin el pago procedente de indemnización, prestaciones y salarios caídos;
Acciones para proteger la maternidad de las trabajadoras
Función de velar por la estricta observancia de las leyes y reglamentos de trabajo y previsión social.
Obligada a promover o realizar la substanciación y finalización
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