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Derecho Mercantil


Enviado por   •  31 de Marzo de 2015  •  14.647 Palabras (59 Páginas)  •  226 Visitas

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AUTOEVALUACIÓN

TEMA I

*Instrucciones: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es el Derecho Mercantil?

El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado

2. ¿Cuáles son las fuentes del Derecho Mercantil?

Las fuentes del Derecho mercantil son todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho. La principal fuente por del derecho comercial es la legislación mercantil, una ley tiene carácter mercantil cuando el legislador se lo ha dado explícitamente y cuando recae sobre materia que por la propia ley, o por otra diversa, ha sido declarada comercial.

3. ¿Cuáles son las normas Jurídicas que regulan el Derecho Mercantil?

Son las leyes que rigen las relaciones entre los comercios.

• Código de Comercio.

• Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

• Ley General de Sociedades Mercantiles.

• Ley de Concursos Mercantiles.

• Ley de quiebras y Suspensión de pagos.

• Ley de Comercio Exterior.

• Ley de Instituciones de Crédito

• Ley de la Propiedad Industrial.

4. Defina el hecho, hecho Jurídico y Acto Jurídico

Actos Jurídicos: Acciones con consecuencias jurídicas por la voluntad humana.

Los Supuestos de Hecho pueden consistir en acciones u omisiones. Nos pueden penar tanto por una acción (positivo) o una omisión (negativo) [Ej: obligación de ayudar].

Se denomina hecho jurídico a un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del Derecho.

Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho, para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del derecho. El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico.

Es importante distinguir, dentro de los hechos jurídicos, los llamados actos jurídicos. Un hecho jurídico no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un acto jurídico, la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos.

Es habitual que en derecho procesal se establezca que una sentencia judicial explique dos aspectos: hechos jurídicos que se entienden probados, y fundamentos de derecho a aplicar a tales hechos. Así, el fallo o sentencia vendrá fundamentado por estas dos categorías.

Ejemplos de hechos jurídicos:

• La muerte

• La promulgación de una Ley.

• Una declaración de guerra.

• Una catástrofe natural.

• Ejemplos de hechos jurídicos que además son actos jurídicos:

• La comisión de un delito.

• La firma de un contrato

• El otorgamiento del consentimiento matrimonial

HECHO JURÍDICO

Se denomina hecho jurídico en sentido amplio a un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del derecho, es decir, se modifican ciertos estados jurídicos iniciales desde el punto de vista legal.

Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho, para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del derecho. El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico. Es importante distinguir, dentro de los hechos jurídicos en sentido amplio, los llamados actos jurídicos y los hechos jurídicos en sentido estricto. Un hecho jurídico en sentido estricto no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un acto jurídico, la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos

Es habitual que en derecho procesal se establezca que una sentencia judicial explique dos aspectos: hechos jurídicos que se entienden probados, y fundamentos de derecho a aplicar a tales hechos. Así, el fallo o sentencia vendrá fundamentado por estas dos categorías.

• Ejemplos de hechos jurídicos:

• La muerte

• La promulgación de una Ley.

• El Nacimiento de una persona.

• Una declaración de guerra.

• Una catástrofe natural.

• Una catástrofe humana (genocidios, golpes de estado etc)

• Ejemplos de hechos jurídicos que además son actos jurídicos:

• Nota: todos los actos jurídicos son además hechos jurídicos pero no a la inversa.

Por ejemplo:

• La firma de un contrato.

• El otorgamiento del consentimiento matrimonial.

• Otorgar testamento

• Las inscripciones registrales

ACTO JURÍDICO

El acto jurídico es el hecho, humano, voluntario o consciente y lícito, que tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones. El acto jurídico produce una modificación en las cosas o en el mundo exterior porque así lo ha dispuesto el ordenamiento jurídico.

Para que se dé el acto jurídico no basta con que haya un sujeto y un objeto con bastante capacidad, se necesita algo que los ponga en relación, estableciendo un lazo o un vínculo que los una, haciendo pasar la relación jurídica del estado de posibilidad al estado de existencia. Este tercer elemento es un hecho, que por ser productor de efectos jurídicos se denomina Hecho jurídico, cuando tal hecho procede de la voluntad humana recibe el nombre de acto jurídico.

5. ¿Qué son los Actos de Comercio?

Un acto de comercio es un concepto jurídico utilizado para diferenciar el campo de actuación del Derecho mercantil con respecto al Derecho civil (como Derecho común).

6. ¿Cuáles son los Actos de Comercio?

Los actos de comercio, son las actividades propias de los comerciantes en la ejecución de su oficio, tales son:

1. La compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de venderlas, permutarlas o arrendarlas en la misma forma o en otra distinta, y la venta,permuta o arrendamiento de estas mismas cosas. Sin embargo, no son actos de comercio la compra o permuta de objetos destinados a complementar accesoriamente las operaciones principales de una industria no comercial.

2. La compra de un

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