Derecho Mercantil
Enviado por o2mega • 19 de Marzo de 2015 • 6.045 Palabras (25 Páginas) • 134 Visitas
Índice
Introducción 2
Contratos Civiles 3
Contratos Mercantiles 16
Bibliografía 25
Anejos
Tabla de tareas asignadas 26
Ley de Contratos de Distribución 28
Introducción
En este trabajo es uno de carácter informativo. Se discutirán las características básicas de los diferentes tipos de contratos civiles y contratos mercantiles. Se discutirán las definiciones de dichos contratos así como sus partes más comunes. En el anejo se incluyen copias de algunas leyes relativas a los contratos específicamente a la ley de distribución también se encontrara una tabla con las tareas asignadas a cada miembro para que de esta forma se pueda constatar de quien son los meritos, si alguno, de las partes realizadas
Contratos Civiles
Renta Vitalicia
Es una de las modalidades de pensión de jubilación del Sistema Privado de Pensiones por la cual el afiliado o el sobreviviente de un afiliado a una AFP recibe por parte de la Compañía de Seguros una pensión garantizada de por vida. Actualmente dentro del Sistema Privado de Pensiones, las compañías de seguros ofrecen tres tipos de Renta Vitalicia:
1. Renta Vitalicia de Jubilación
2. Renta Vitalicia de Invalidez
3. Renta Vitalicia de Sobrevivencia
¿Cómo Accedo a una Renta Vitalicia de Jubilación?
• Jubilación Edad legal
Estar afiliado a una AFP y tener por lo menos 65 años de edad.
• Régimen General: Jubilación anticipada
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
o Ser menor de 65 años.
o La pensión por Retiro Programado debe ser mayor o igual al 50% del promedio de las rentas declaradas y remuneraciones actualizadas percibidas durante los 120 últimos meses.
Promedio de 120 remuneraciones 50% del Promedio de 120 Remuneraciones Comparación Pensión por Retiro Programado Accede
S/. 1,600 S/. 800 <= S/. 850 Si
• Régimen Excepcional de Jubilación anticipada por desempleo
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
o Haberse encontrado desempleado por un plazo no menor a 12 meses al momento de optar por la jubilación anticipada.
o Tener entre 55 y 65 años de edad.
o Que la pensión calculada sea igual o superior al 30% del promedio de las rentas declaradas y remuneraciones actualizadas percibidas durante los últimos 60 meses o a 2 veces la Remuneración Mínima Vital.
Promedio de 60 remuneraciones 30% del Promedio de 60 Remuneraciones Comparación Pensión por Retiro Programado Accede
3,000 900 <= 950 Si
Promedio de 60 remuneraciones 2 Remuneraciones Mínimas Vitales Comparación Pensión por Retiro Programado Accede
3,000 . 920 <= 950 Si
¿Cómo accedo a una Renta Vitalicia de Invalidez?
• La fecha de la Solicitud de Calificación y Evaluación de Invalidez debe ser posterior al 01 de Noviembre 2003.
• El afiliado debe tener mas de dos meses de incorporado al Sistema Privado de Pensiones.
• El afiliado debe tener mas de cuatro aportaciones dentro de los ocho meses anteriores a la ocurrencia del siniestro.
¿Cómo accedo a una Renta Vitalicia de Sobre vivencia?
• La fecha de fallecimiento del afiliado debe ser posterior al 01 de Noviembre 2003.
• El afiliado debe tener más de dos meses de incorporado al Sistema Privado de Pensiones.
• El afiliado debe tener más de cuatro aportaciones dentro de los ocho meses anteriores a la ocurrencia del siniestro.
Modalidades de Pensión en el Sistema Privado de Pensiones
• Rerito Programado
o Lo otorga la AFP.
o El afiliado efectúa retiros mensuales contra el fondo acumulado para pensión hasta que éste se extinga.
o El monto de la pensión será recalculado anualmente, de acuerdo a la rentabilidad obtenida por la AFP.
o Genera pensiones de Sobrevivencia para los beneficiarios.
o Al término de cada año de permanencia el afiliado puede optar por una Renta Vitalicia.
o Los fondos que no se utilicen como pagos de pensión constituyen herencia.
o Sólo se otorga en Nuevos Soles.
• Renta Vitalicia Familiar
o El afiliado cede a la Compañía de Seguros la totalidad de su fondo acumulado para pensión para recibir una renta mensual hasta su fallecimiento.
o Genera pensiones de Sobrevivencia para sus beneficiarios.
o La decisión es irrevocable, tanto para el asegurado como para la Compañía de Seguros.
o Los fondos no utilizados como pagos de pensión no constituyen herencia.
o La renta puede ser otorgada en Nuevos Soles o Dólares Americanos.
o Se ajusta por inflación sólo en el caso de ser otorgada en Nuevos Soles.
• Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
o El afiliado elige que su AFP le otorgue una pensión temporal en Nuevos Soles y al término de ese período la Compañía de Seguros le pagará una pensión vitalicia.
o El cálculo de la pensión temporal lo hacen las Compañías de Seguros con tasas publicadas por las AFP.
o El afiliado puede solicitar a su AFP repactar con su Compañías de Seguros, adelantar el inicio del pago de la Renta Vitalicia Diferida.
o El afiliado no puede cambiar de Compañías de Seguros ni de modalidad, pero si puede cambiar de AFP en el período temporal.
o Las condiciones de pensión de Sobrevivencia para los beneficiarios se mantienen.
o Unicamente el fondo para financiar la pensión durante el período temporal que no se hubiera utilizado constituye herencia.
• PRODUCTOS ADICIONALES
Existen las siguientes coberturas adicionales:
o Período Garantizado de Pago para Jubilación e Invalidez
Permite otorgar una pensión garantizada durante 5, 10 o 15 años, la que será pagada en su totalidad al afiliado y de no encontrarse él, a sus beneficiarios o a los herederos legales según sea el caso.
CASO 1: De encontrarse con vida el asegurado al término del Período Garantizado, seguirá recibiendo el 100% de la pensión.
CASO 2 :En caso de fallecimiento del titular durante el Período Garantizado.
o Periodo Garantizado de Pago para Sobrevivencia
Permite garantizar durante
...