Derecho Monetario
Enviado por Bankxx • 24 de Junio de 2014 • 1.179 Palabras (5 Páginas) • 349 Visitas
1.- Concepto de Derecho Monetario.
Es el conjunto de normas jurídicas aplicables al dinero en una comunidad determinada. Esta comunidad puede ser un estado o un conjunto de estados.
Este conjunto de normas jurídicas abarca desde aquellas relacionadas con la soberanía del estado, es decir del poder, que tiene este ente en ejercer la capacidad de crear dinero, otorgándole el curso legal y forzoso.
El derecho monetario abarca también a las normas referidas a la circulación, a la regulación de las relaciones monetarias y bancarias entre los sujetos que viven en una comunidad de pagos determinada y las relaciones con el exterior.
En el ámbito del derecho, este sistema se integra por el conjunto de disposiciones que: determinan la unidad monetaria; fijan las condiciones de los signos que la representan; regulan la emisión, circulación y extinción de dichos signos; procuran seguridad en la circulación de moneda y establecen el régimen aplicable a la moneda extranjera; a estas disposiciones se encuentra estrechamente vinculadas las normas que señalan la forma y termino para contraer y solventar obligaciones pecuniarias. Todas ellas comprenden el ámbito propio del Derecho Monetario.
2.- Teoría jurídica del dinero.
La moneda fue creada para facilitar el intercambio de bienes y servicios y superar los limitantes del trueque. Con ello surge el uso de tres metales monetarios: el oro, plata y cobre. Dicha moneda fungió como unidad y medida de valor de todos los bienes y servicios.
Aristóteles concibió a la moneda como unidad ideal creada por el estado. A partir de este concepto se reconoce la vinculación entre la unidad abstracta y las monedas circulantes en las que se materializa. Ya que son portadoras de unidades teóricas de valor la cual contiene expresiones numéricas.
Dichos signos cumplen con ser medios generales de cambio e instrumentos generales de pago. La moneda tiene la cualidad a de más de las mencionadas, de servir a su propietario como reserva de valor patrimonial.
En la doctrina mexicana para Eduardo Trigueños “moneda es el instrumento de cambio por excelencia” para otros “es la cosa o conjunto de cosas que por disposición del estado están obligadas las personas a recibir, aun en contra de su voluntad, como pago de todo crédito”.
En la doctrina extranjera las definiciones de moneda presentan un panorama similar. Federico Knapp considero al dinero como “cosa mueble que el ordenamiento jurídico concibe como portadora de unidades de valor”.
En la legislación mexicana las palabras dinero y moneda se emplean como sinónimos y referidas ambas a aquellos bienes cuyo curso legal este vigente en México o en el extranjero.
Samuelson le confiere el término preciso; el dinero no vale por si, sino por lo que permite lograr: es un elemento básico para el intercambio, como medio de pago.
Esto se explica mejor cuando se refiere al dinero – papel, sostiene: “la esencia del dinero, su naturaleza intrínseca, se representa en un billete”. Quiere decir que el dinero no se busca por sí mismo, sino por las cosas que con él se pueden adquirir. No se desea consumir dinero, sino más bien usarlo desprendiéndose de él y aún cuando a veces decidimos conservarlo, su valor se debe, en este caso, al hecho de que más tarde podremos gastarlo”.
Las formas que adopta el dinero son: billetes, monedas y depósitos a la vista.los billetes y las monedas son corpóreos y se pueden considerar jurídicamente como bienes muebles.
El dinero resulta útil porque sirve al intercambio, pero esta utilidad no es comparable a la propia de los bienes económicos sean de consumo o de capital. En este caso, el dinero bancario, no es corpóreo pero responde al concepto de utilidad señalado.
Durante el siglo XIX y décadas XX las monedas se les consideraban
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