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Derecho P. Romano


Enviado por   •  25 de Julio de 2013  •  1.066 Palabras (5 Páginas)  •  500 Visitas

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DERECHO PROCESAL ROMANO.

 PROCESO. Es el comportamiento de los litigantes frente al tribunal, los pasos que deben seguirse para lograr una sentencia, así como la organización judicial, son precisamente la solución de una controversia por un tercero – juez.

 PROCEDIMIENTO. Como los pasos a dar para llegar a esa solución.

 ACCION. Es la facultad que todos tenemos de acudir al Tribunal para proclamar o realizar nuestros derechos.

 En roma se denomino DERECHO DE LAS ACCIONES.

Los términos de proceso y procedimiento dieron lugar a que se denominara o se le diera el calificativo de derecho procesal, posteriormente los romanos utilizaron la palabra acción.

 CONCEPTO. Es el derecho de perseguir judicialmente lo que le deben a uno. También es la pretensión del litigante que iniciaba el proceso o juicio.

ACCION.

 Se utilizó como nombre una rama del derecho.

 Sirvió para designar al derecho de acudir a la autoridad judicial competente para pedir el reconocimiento de un derecho a la realización de uno previamente reconocido y.

 Se designaba a la pretensión del actor en el juicio (iudicium).

PARTES EN EL PROCESO.

 El que pide que se reconozca o declare un derecho, o bien que se ejecute uno previamente reconocido, es quien ejerce la acción, se le denomina ACTOR o DEMANDANTE.

 Es quien desconoce ese derecho o no ha cumplido con un deber, es el demandado, llamado reus por los romanos.

REPRESENTANTES PROCESALES

 çAMBOS PODIAN SER REPRESENTADOS POR UN COGNITOR O POR UN PROCURATOR.

 COGNITOR. Era un representante nombrado solemnemente frente a la otra parte y ante el tribunal.

PROCURATOR. Era un representante común y corriente, nombrado probablemente a través de un mandato y obviamente sin requerir la presencia del otro litigante.

 La representación no fue fácilmente aceptada en Roma, por que en principio sólo las partes podían intervenir en el proceso, pero por razones prácticas se establecieron excepciones a esta regla y que estas aparecieron:

 Cuando el tutor actúa en nombre del pupilo.

 Cuando un ciudadano ejerce una acción popular.

 Cuando una persona interviene a nombre de un esclavo. (para pedir la libertad)

 Cuando se actúa a nombre de un ausente.

ACCION INFUNDADA.

 Consistía en intentar una acción o una excepción infundadas, nunca ha sido la conducta debida y por supuesto, tampoco fue en Roma.

 Y se establecieron las siguientes medidas:

 Una defensa infundada podía acrecentar la condena.

 Si los litigantes prestaban juramento de obrar de buena fe y no lo hacían, se les podía acusar de perjurio

 Existían acciones que daban lugar a condenas infamantes.

 Circunstancias que podía producir en las partes

PROCEDIMIENTO FORMULARIO.

 Fue a través de la Ley Iulia iudiciaria, en la época de Augusto, que abolió el derecho de opción e impuso como único procedimiento el formulario.

 El pretor peregrino ayudaba a los litigantes a redactar un pequeño texto, llamado formula en el cual se reunían los antecedentes y pretensiones de las partes, y que servía para que el Juez tuviese una visión completa del problema existente.

 Posteriormente el Pretor fue creando modelos apropiados a los diversos tipos de juicios, modelos que daba a conocer al iniciarse en su cargo como funcionario público.

FASE IN IURE.

A). LA FÓRMULA. Es mediante la aceptación de este documento redactado por las partes, que se le confiere al juez facultad de poder condenar o absolver al demandado.

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