Derecho Presupuestario
Enviado por Pastranamex • 8 de Octubre de 2014 • 1.523 Palabras (7 Páginas) • 405 Visitas
DERECHO PRESUPUESTARIO.
Objetivo Particular:
El alumno aprenderá en México, tanto la Ley de Ingresos como el Presupuesto de Egresos son dos leyes diferentes en su mecánica aplicativa, pero íntimamente correlacionadas por virtud de que ambas contienen normas que regulan el anverso y reverso financiero del Estado y que destacad función no sólo es un vehículo normativo y regulador de actividad financiera pública, sino que es una medida para tratar de evitar el abuso, el derroche o el desvío del Gasto Público; por ello en este tema particularmente el alumno manejará y dominará los aspectos jurídicos relacionados con el Presupuesto de Egresos así como la creación de sistemas y procedimientos que se encuentran técnicamente establecidos para planear, ejecutar, evaluar y controlar el precitado presupuesto. Esto indudablemente será de gran valía al futuro abogado, al poner en práctica estos conocimientos a nivel particular (empresa) o a nivel oficial (gobierno).
2.1 Derecho Presupuestario, concepto.
Conjunto de normas jurídicas pertenecientes al derecho público en general, al derecho en financiero en particular, que tienen por objeto regular todos los aspectos relacionados con la creación de sistemas y procedimientos de elaboración, ejecución y control de los ingresos obtenidos y de los gastos realizados por las diferentes dependencias y entidades del Estado encaminados a la satisfacción de las necesidades públicas.
2.2 El Presupuesto de Egresos, concepto.
Presupuesto de Egresos: Es el ordenamiento legal que tiene por objeto expresar, de manera anticipada, los proyectos de gasto de las diferentes tareas y actividades que las diferentes unidades administrativas públicas han previsto para ejercer en un ejercicio fiscal.
2.3 Requisitos técnicos del Presupuesto.
2.3.1 Planificación. El presupuesto programático.
El presupuesto programático consiste en que:
1.- se elabora un plan de trabajo en el que se plantea la actividad, con la descripción de manera detallada y precisa de las necesidades que en cierta área o materia experimenta la sociedad.
2.- se trazan los objetivos mediante los que se deberá satisfacer esa necesidad;
3.- se describen las actividades a realizar por el órgano público, estableciendo con precisión tiempos y movimientos,
4.- enseguida se realiza una estimación de dinero del costo de la actividad programada para ese ejercicio fiscal, y, finalmente,
5.- se efectúa la calendarización de las partidas presupuestales para fijar fechas adecuadas para su asignación.
El presupuesto por programas es, en consecuencia, el sistema técnico más adelantado que existe para racionalizar y optimizar el gasto público en beneficio de la sociedad.
2.3.2 Distribución y administración del presupuesto.
En todo documento de esta naturaleza, la técnica contable, jurídica y administrativa exige que las diferentes partidas presupuestarias estén señaladas por separado, con la expresión no sólo de a qué unidad administrativa se le van a entregar, sino también con la mención de cuál es el programa o subprograma que se va a costear con esa previsión. En este sentido, las unidades administrativas encargadas de realizar los programas de gobierno serán responsables de la aplicación correcta y oportuna de las ministraciones de fondos que se les hagan con cargo al presupuesto de egresos correspondiente, y para ese efecto se ajustarán a los calendarios de gasto que previamente les hayan sido autorizados.
2.3.3. Previsión presupuestaria.
Este requisito técnico consiste en que las autoridades administrativas encargadas de ejecutar el presupuesto deberán, con la suficiente anticipación, elaborar sus programas y subprogramas de actividades para que, de esta forma, se pueda prever el gasto público aplicable.
2.3.4 Claridad y publicidad del presupuesto.
Un presupuesto claro es el que, sin prescindir de la técnica para elaborarlo, sea comprensible. Para ello deberá estar sistematizado; redactado con un lenguaje adecuado a los objetivos que se persiguen y tendrá que ser organizado de acuerdo con los medios con que cuente la autoridad administrativa correspondiente para emplearlo de manera correcta.
Como toda ley, el presupuesto de egresos debe publicarse en los medios informativos que sean legalmente exigibles, así como en otros de difusión masiva, aun cuando en éstos no sea obligatorio, con el fin de que los gobernados tengan fácil acceso a dicha información y puedan conocerla y comentarla.
2.3.5 Exclusividad presupuestal.
El documento jurídico denominado presupuesto de egresos debe comprender única y exclusivamente los gastos gubernamentales, es decir, las previsiones de los organismos públicos, pero de ninguna manera debe incluirse en dicho
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