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Derecho Procesal Penal I


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2014  •  2.276 Palabras (10 Páginas)  •  275 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Nuevo Código Procesal Penal se dio inicio en el distrito Judicial de Huaura, en el Departamento de Lima, al norte de la Capital de la República. Esta normatividad procesal, creo sin temor a equivocarme es una de las que más se ha hecho esperar de todas las codificaciones en materia jurídica en la historia del país. No se debe olvidar que en el año 1991 se dictó un Código Procesal Penal – Decreto Legislativo 638 – que entraría en vigencia en el mes de Mayo de 1992, habiéndose dispuesto la aplicación inmediata de ciertos artículos del mismo, lo que a la larga fueron los únicos que tuvieron vigencia real, pues dicho código en realidad siempre tuvo la calidad de vacatio legis y finalmente fue derogado con la promulgación del Decreto Legislativo 957 publicado el 29 de julio del 2004, que dio vida al nuevo Código. Debemos apuntar que en ínterin se elaboraron dos Proyectos de Código en los años 1995 y 1997 que tampoco lograron promulgación.

El Código Procesal del 2004 se aparta definitivamente de este sistema mixto y se ubica dentro del denominado sistema "acusatorio garantista" con rasgos adversariales, donde las partes (Ministerio Publico y defensa) en igualdad de armas, producen las pruebas e interrogan, dejando al Juez total imparcialidad para el Juzgamiento, tanto más si el Magistrado que conoce del Juicio no interviene en la Investigación Preparatoria, a cargo del Fiscal, por lo que no se encuentra contaminado con las actuaciones previas.

1. Sistemas Procesales

Realice un análisis y elabore un cuadro comparativo, señalando las diferencias que existen entre los sistemas procesales que se aplican en el proceso penal. (4 puntos)

SISTEMA PROCESAL PENAL

Sistema acusatorio Sistema inquisitivo Sistema Mixto

Apareció en Grecia, Roma y el Imperio Germánico. En este sistema, las partes llevan a cabo una contienda legal frente a un Juez imparcial.

En un principio, se consideraba que el único que podía ser acusador era el ofendido y sus parientes; posteriormente, esto se amplió, permitiendo que cualquier persona del pueblo, en primera etapa, podía acusar y, en segunda etapa, el Estado debía asumir esta persecución, conforme al principio de legalidad. Rigen los principios del contradictorio, oralidad y publicidad.

Surge con los regímenes monárquicos y se perfecciona con el derecho canónico.

Centra el poder de acusación y decisión en la persona del Juez.

Sostiene que es deber del Estado promover la represión de los delitos que no pueden se encomendada ni delegada a los particulares. Rigen los principios de escritura y secreto.

Surge con el advenimiento del Iluminismo y de la Revolución Francesa, significando la ruptura de los sistemas anteriores. Este sistema divide al proceso penal en dos etapas, inspiradas en los sistemas anteriores: etapa de instrucción (sistema inquisitivo) y etapa de juicio oral (sistema acusatorio). La persecución penal es encomendada al Ministerio Público y; la instrucción, la selección y valoración de la prueba a cargo del órgano jurisdiccional.

SISTEMA ACUSATORIO

 El proceso se pone en marcha cuando un particular formule la acusación. El Juez no procede de oficio.

 La acusación privada determina los ámbitos objetivos y subjetivos del proceso, es decir, el hecho punible y la persona que se va a procesar.

 El juez no investiga los hechos ni practica pruebas no ofrecidas por las partes.

 El juez no puede condenar ni a persona distinta de la acusada, ni por hechos distintos de los imputados. Es el principio de inmutabilidad de la imputación.

 El proceso se desarrolla conforme a los principios de contradicción e igualdad, permaneciendo el acusado en libertad

 Sistema Inquisitivo

 La iniciación del proceso no depende de un acusador.

 El Juez determina subjetiva y objetivamente la acusación.

 La investigación de los hechos y la fijación de las pruebas a practicar las realiza el juez-acusador.

 No existe correlación entre la acusación y sentencia. El juez puede en cualquier momento alterar la acusación.

 No hay contradicción ni igualdad. No hay partes. Los poderes del juez son absolutos frente a un acusado inerme ante él. Lo normal es la detención.

SISTEMA MIXTO

 A separación entre la función de acusar, la de instruir y la re juzgar, confiadas a órganos distintos, esto es, al fiscal, al Juez de Instrucción y al tribunal con jurado, respectivamente.

 Excepto para el Tribunal con jurado, rige el principio de la doble instancia.

 También rige el principio del Tribunal colegiado.

 La justicia está a cargo de jueces profesionales, excepto cuando interviene el jurado.

 La prueba se valora libremente.

 La acción penal es indisponible y rige el principio de necesidad en todo el curso del procedimiento. La acción penal también es irretractable.

2. Medios Técnicos de Defensa (Cuestión Previa, Cuestión Prejudicial y Excepciones)

Realice un análisis y elabore un cuadro comparativo, señalando las diferencias que existen entre los medios técnicos de defensa según el nuevo Código Procesal Penal 2004 referente a: clases, oportunidad para interponer, ante quien, quien lo resuelve, como se resuelven los medios técnicos de defensa, etc. (5 puntos)

1. CUESTION PREVIA

Es un obstáculo, NO a la prosecución del proceso penal sino al inicio de la acción penal. Es un remedio procesal vinculado a la promoción de la acción penal. Son condiciones para la iniciación de la acción penal, si faltan el proceso no puede continuar válidamente. Se trata de causas que condicionan el ejercicio de la acción penal y sin cuya presencia no es posible promoverla. Ante la falta de algún requisito de procedibilidad debe anularse lo actuado, subsanado se puede volver a reiniciarse. Este presupuesto procesal debe encontrarse previsto en el tipo penal Los presupuestos procesales son circunstancias que deben darse en el caso concreto, para que pueda llevarse a cabo un proceso penal.

a) LAS CONDICIONES DE PROCEDIBILIDAD • son presupuestos procesales que resultan, en parte, de las relaciones del objeto del proceso con el procedimiento concreto, cuya admisibilidad como camino para la sentencia se ponen en cuestión. Se tienen que cumplir con el deber legal antes de ejercitar la acción penal.

b) EFECTOS DE LA CUESTION PREVIA • Inadmisible la denuncia, se tiene por no presentada la denuncia El carácter extensivo

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