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Derecho Procesal Penal Griego


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2012  •  3.614 Palabras (15 Páginas)  •  4.690 Visitas

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DERECHO PROCESAL PENAL GRIEGO

En el derecho griego, el Rey, el consejo de ancianos y la asamblea del pueblo, en ciertos casos, llevaban a cabo juicios orales de carácter público para sancionar a quienes ejecutaban actos que atentaban contra los usos y costumbres. "El ofendido, o cualquier ciudadano, presentaba y sostenía acusación ante el Arconte, el cual, cuando no se trataba de delitos privados y, según el caso, convocaba al Tribunal del Areópago, al de los Ephetas y al de los Heliastas". El acusado se defendía a sí mismo, aunque en ciertas ocasiones le auxiliaban algunas personas.

En Grecia en el siglo XII A.C., Dracón optó por imponer la pena de muerte a todos los delitos. Hubo periodos donde se prescindió de la Ley del Talión. El rey, el consejo de ancianos y la asamblea del pueblo, en ciertos casos, llevaban juicios orales, de carácter público, para sancionar los delitos contra ciertos usos y costumbres.

La legislación penal griega en general se ha perdido, conservándose solo fragmentos en obras de autores que tratan otras materias. Una aproximación al Derecho Penal Griego puede extraerse del juicio a Sócrates, que se conserva principalmente en la obra de Platón. En general se puede decir que el Derecho Penal ateniense no tenía la crueldad que caracterizaba a otras legislaciones del mundo antiguo. Otro aspecto de relevancia está dado por la secularización (separación de los ámbitos civil/político y eclesiástico) como rasgo característico del Derecho Penal grecorromano. Como consecuencia de la concepción griega de la polis, su ley no respondía a una base estructural teocrática, propia de los estados antiguos. Asimismo, cada polis tenía su propia legislación penal, y se sabe por ejemplo, que la de Atenas difería notoriamente de la de Esparta. Esta última era mucho más severa, pues recordemos que Esparta era un estado guerrero e imperialista.

A modo de síntesis puede decirse que con Roma y con Grecia se introduce el factor racionalidad en la legislación penal, la que se mundaniza y se seculariza.

De todas formas no se trata de un proceso lineal y definitivo por el cual la concepción teocrática y divina desaparecen definitivamente, sino que este proceso estará signado de marchas y contramarchas, hasta la formación y evolución del derecho penal contemporáneo.

Equipo No. 1

Alumnos:

* Gabriela Itzel Morales Tacuba

* Citlalli de la Cruz Rojas * Ángel Bedolla Jaramillo * Rodrigo Aníbal Pérez * Sara Cristina Oms Perches |

ÍNDICE

Introducción… (pág. 3)

Sistemas penales… (pág. 4)

Derecho procesal penal griego… (pág. 6)

Derecho procesal penal romano… (pág. 6)

Derecho procesal penal canónico… (pág. 8)

Derecho procesal penal español… (pág. 9)

Derecho procesal penal mixto… (pág. 10)

Derecho proceso penal en el derecho prehispánico… (pág. 11)

Conclusión… (pág. 14)

Bibliografía… (pág. 15)

INTRODUCCIÓN

Este trabajo está basado en estudiar los antecedentes históricos que dieron origen al proceso penal que tenemos hoy en día. Como antecedente más remoto del derecho procesal penal varios autores consideran que fue la tan famosa Ley de Talión, de la cual surge aquella frase “ojo por ojo, diente por diente”, aquí lo que sucedía es que el propio ofendido o sus familiares podrían cobrarse con la misma moneda la ofensa recibida.

Cuando mencionamos las características del Derecho Procesal Penal durante su evolución podríamos citar muchos autores que clasifican con algunas diferencias unos de otros al Derecho Procesal Penal, pero en muchos de los casos, esas clasificaciones corresponden a un Derecho Procesal Penal más evolucionado y en el que la clasificación de sus características se ha realizado analizando los actuales conceptos y principios fundamentales que rigen esta rama del Derecho.

Por tanto es necesario que se realice un análisis de las características de aquella evolución que se da a través de los tiempos antes de poder analizar las modernas definiciones existentes sobre las características actuales del Derecho Procesal Penal y, además se tendría que conocer de manera indispensable acerca de las dos funciones históricas, de las cuales resultan formas universalmente conocidas como sistema acusatorio y sistema inquisitorio.

SISTEMAS PENALES

a.- Sistema acusatorio

La primitiva concepción del Juicio Criminal exigía un acusador, prevalecía el interés privado, el del ofendido; posteriormente evoluciona y esta persona era cualquiera del pueblo, procedimiento que a su vez evoluciona por introducir la publicidad y la oralidad.

Características:

1. El juez no es un representante del Estado ni un juez elegido por el pueblo. El juez es el pueblo mismo, o una parte de él, si este es muy numeroso para intervenir en el juicio. La acción corresponde a la sociedad, mediante la acusación que es libre y cuyo ejercicio se confiere no sólo al ofendido y a los parientes, sino a cada ciudadano.

2. El juez no funda su sentencia. Se limita a pronunciar un sí o no. El juez por tanto, no da justificación ni motiva sus fallos, debido a su poder soberano no tenía porque rendir cuentas ante nadie y por otro lado por su falta de capacidad intelectual y técnica para motivar sentencias.

3. Los fallos eran inapelables. El veredicto sólo es susceptible de recurso de casación por un tribunal que únicamente tiene facultad de examinar si se han observado las normas de rito o si la ley ha sido aplicada.

4. Es como un duelo entre el acusador y el acusado en que el juez permanece inactivo. La etapa contradictoria del juicio se realiza con igualdad absoluta de derechos y poderes entre acusador y acusado.

5. Si no existe acusación no podía haber juicio, es decir, en estos casos no había acusaciones de oficio.

6. En el proceso se juzga el valor formal de la prueba, la cual incumbe al acusador y el juez sólo evalúa la forma y en ello se basa para expedir su resolución. La presentación de las pruebas constituye una carga exclusiva de las partes.

7. La libertad personal del acusado es respetada hasta el instante en que se dicte la sentencia condenatoria.

b.- Sistema inquisitivo

El tipo inquisitorio nace desde el momento en que aparecen las primeras pesquisas de oficio y esto ocurre cuando desaparece la venganza y cuando el Estado, velando por su conservación, comprende la necesidad de reprimir poco a poco ciertos delitos y así es como nació en Roma y en las monarquías cristianas del siglo XII, lo cual origina

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