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Derecho Romano


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2012  •  1.303 Palabras (6 Páginas)  •  366 Visitas

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CUESTIONARIO EXPOSICION DERECHO ROMANO II

1- HECHO JURIDICO:

Son todos los acontecimientos susceptibles de producir alguna Adquisición, Modificación, Trasferencia y extinción de derecho u obligaciones

- ADQUISICION:

ORIGINARIA: cuando hay una relación jurídica precedente ej. La apropiación de una cosa sin dueño.

DERIVADA: cuando el derecho procede de una relación jurídica por ej. Servidumbres, prendas, etc, mancipatio, en iure cesio, la traditio

- EXTINCION O PERDIDA

Separación o pérdida del derecho de su actual titular ej., destrucción material

Jurídica: venta – donación.

HECHOS JURIDICOS:

• Hechos Externos: (naturales- no humanos): terremotos, tempestades, fallecimiento por causas naturales.

• HECHOS HUMANOS O ACTOS:

VOLUNTARIOS: Realizados con discernimiento, intención y libertad

INVOLUNTARIOS: Si falta Discernimiento, intención y libertad.

2- ACTO JURIDICO

El acto jurídico es el hecho, humano, voluntario o consciente y lícito, que tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones. El acto jurídico produce una modificación en las cosas o en el mundo exterior porque así lo ha dispuesto el ordenamiento jurídico.

Actos voluntarios lícitos realizados con el fin inmediato de producir

- Adquisición

- Modificación

- Extinción ( de un derecho por ej. El matrimonio, la institución de un heredero)

ELEMENTOS ESENCIALES- ACCIDENTALES Y NATURALES

• Elementos Esenciales: Son aquellos que deben estar presentes para que el Negocio Jurídico se perfeccione

- Declaración de la voluntad

- Capacidad en el sujeto

- Objeto que reporte un interés

- La forma en que se relaciona el objeto con el sujeto

- La causa

• Elementos Accidentales: Aquellos que alteran los efectos normales del negocio jurídico, ya tomando incierta la existencia de los derechos respectivos, ya postergando su ejercicio.

Estos elementos son incorporados al acto jurídico por voluntad de las partes en ejercicio de su autonomía sin que esto afecte la validez del acto jurídico, pero siempre que no se desvirtúe la esencia del acto y no exista prohibición de la ley. Los elementos accidentales se diferencian de los naturales porque son ajenos al acto jurídico, así estos serán modalidades alternativas de realizar el acto jurídico, Por ejemplo en una compra-venta las modalidades serían la condición, el cargo y el plazo.

La condición:

- En sentido técnico y estricto, la condición es «el evento o acontecimiento futuro e incierto del cual los autores del negocio jurídico hacen depender en todo o en parte la eficacia o ineficacia del mismo».

Clasificación de las condiciones

1- Según que el hecho previsto de lugar al nacimiento o la extinción de un derecho.

a-) SUSPENSIVAS: es decir cuando la adquisición del derecho queda supeditada a la realización del hecho previsto “te entregare 100 áureos si llegan una nave de Asia”

b-) RESOLUTORIAS: Cuando se deja en suspenso la extinción de un derecho ya adquirido “te entrego 100 áureos hasta que llegue una nave de Asia”

c-) Distinción no hecha por el derecho romano, sino que es obra de los intérpretes. Los romanos cuando hablan de condición tienden a referirse siempre a la suspensiva.

2- Según que el hecho previsto dependa o no de la voluntad del interesado

a-) CAUSAL: Cuando el hecho previsto no depende de la voluntad de las partes “ te daré mi automóvil usado si obtengo el premio en la rifa del automóvil nuevo”

b-) POTESTATIVA: Cuando el hecho previsto depende de la voluntad del interesado “te daré 100 dólares mañana si quiero hacerlo”

c-) MIXTA: Cuando participa de la índole de las 2 anteriores, el hecho previsto en parte depende de la voluntad de una de las partes y en parte no: “Costeare la instalación de tu consultorio cuando te recibas de medico”

3- Finalmente según que el hecho previsto sea licito o este prohibido, pueden ser condiciones licitas o prohibidas y estas a su vez imposibles, ilícitas o contrarias a las buenas costumbres. “ si me vendes una cosa sagrada, hieres a…

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