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Derecho de Petición sobre el Gobierno Organizado


Enviado por   •  23 de Octubre de 2018  •  Trabajo  •  750 Palabras (3 Páginas)  •  119 Visitas

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Señores:

FEDERICO GUTIERREZ ZULUAGA.

ALCALDE DE MEDELLIN

PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS.

E.S.D.

Referencia: Derecho de Petición.

Peticionario: Valentina Andrea Orozco Oñate.

Asunto: Derecho de Petición sobre el Gobierno Organizado.

Cordial Saludo.

VALENTINA ANDREA OROZCO OÑATE, identificado(a) con Cedula de Ciudadanía número 1.152.466.164 de Medellín (Antioquia), actuando en nombre propio, instauro derecho de petición, con fundamento en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, en el artículo 5 del Código Contencioso Administrativo y la ley 1755 de 2015, me remito a presentar el Derecho de Petición conforme con lo siguiente:

HECHOS:

PRIMERO: Soy estudiante de la Universidad de Medellín, de la facultad de derecho.

SEGUNDO: En ejercicio de mis derechos como ciudadana colombiana en ejercicio.

TERCERO: Para el desarrollo de mi formación académica, y fomentar mi culturización como ciudadana.

PETICION.

PRIMERO: Que informe sobre su posición frente al proceso surgido de una Acción de Tutela instaurada por Mansarvar Energy Colombia Ltda contra el Tribunal Contencioso de Referencia: Expediente T-6.298..958.

SEGUNDO: Que interponga las acciones legales y políticas pertinentes para defender la autonomía local de los territorios y municipios.

TERCERO: Que interponga las acciones legales y políticas para restablecer la autonomía local de los territorios y municipios.

CUARTO: En subsidio, en caso de no poder establecer tales acciones, dar las razones legales y constitucionales donde se demuestre la imposibilidad.

FUNDAMENTOS NORMATIVOS.

Se fundamenta con el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, donde se garantiza la libertad de las personas para interponer peticiones respetuosamente, por medio del artículo 5 del Código Contenciosos Administrativo se dan las intenciones de la petición y la Ley 1755 de 2015 por medio de la cual se fundamenta el Derecho de Petición.

FUNDAMENTOS DE DRERECHO.

Artículo 101 de la constitución Política De Colombia

Artículo 101. Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación. Los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución, sólo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República. Forman parte de Colombia, además del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, la Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen. También son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales. 

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