Derechos Laborales
Enviado por jjjo • 19 de Febrero de 2014 • 388 Palabras (2 Páginas) • 366 Visitas
Derechos laborales según la constitución política del Perú
Art 22 .- Protección y fomento del empleo :
El trabajo es un deber y un derecho. En base del bienestar social y un medio de realización de la persona.
Art 23.- Estado y el trabajo:
El trabajo en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del estado el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabaja.
El estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo.
Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, y desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.
Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento
Art 24.- Derecho del trabajador:
Tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure para él y su familia, el bienestar material y espiritual.
El pago de la remuneración y los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquier otra obligación del empleador.
Las remuneraciones mínimas se regulan por el estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.
Art 25.- Jornada ordinaria del trabajo:
Es de 08 horas diarias a 48 horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el periodo correspondiente no puede superar dicho máximo.
Los trabajadores tiene derecho a descansar semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensación se regulan por la ley o por convenio.
Art 26.- Principios que regulan la relación laboral:
En la relación laboral se respeta los sgte principios:
1) Igualdad de oportunidades sin discriminación.
2) Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la institución y la ley
3) Interpretación al trabajador en caso de duda en salvable sobre el sentido de una norma.
Art 27.- Protección del trabajador frente al despido arbitrario
La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario.
Art 28.- El estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático:
1) Garantiza la libertad sindical
2) Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacifica de los conflictos laborales.
3) Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con interés social. Señala sus expectativas y limitaciones.
Art 29.- El estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación.
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