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Derechos Laborales


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  1.474 Palabras (6 Páginas)  •  339 Visitas

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DERECHOS LABORALES

CONTRATOS

Es un documento en el que se establecen los derechos y obligaciones de un trabajador y un patrón.

Existen tres tipos de contratos:

• Contrato individual de trabajo (Art. 20 LFT)

Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.

• Contrato colectivo (Art. 386 LFT)

Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

• Contrato ley (Art. 404 LFT)

El convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.

SALARIOS

• Es la retribución que debe pagar la empresa o patrón al trabajador por su trabajo. (Art. 82 LFT)

• El salario mínimo es la retribución más baja que puede recibir el trabajador por sus servicios prestados en una jornada de trabajo.

La ley permite al patrón hacer deducciones al salario de los trabajadores a cambio de algún tipo de prestación, siempre y cuando sea un beneficio superior a la cantidad descontada.

JORNADA DE TRABAJO

Existen tres tipos de jornadas:

Jornada diurna:

8 horas laborales, entre las 6:00hrs. y las 20:00hrs.

Jornada nocturna:

7 horas laborales, entre las 20:00hrs y las 6:00hrs.

Jornada mixta:

7.5 horas laborales, comprendidas entre el horario diurno y nocturno.

Existen además las jornadas extraordinarias, las cuales deben de tener el consentimiento del trabajador, las cuales pueden ser de la siguiente forma:

Máximo 3 horas diarias y deben ser pagadas al doble.

El límite son 3 veces por semana.

Si se labora más tiempo, se debe de pagar al triple

AGUINALDO

• Por ley, el trabajador debe recibir mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre. (ART. 87 LFT).

Si no se laboró el año completo, corresponde la parte proporcional, incluso aunque ya no se trabaje en ese lugar.

PARA SABER CUÁNTO TE TOCA DE AGUINALDO:

Divides tu salario mensual sin prestaciones entre 30 días y el resultado lo multiplicas por los días de aguinaldo que te otorgue la empresa o patrón (mínimo son 15 días).

VACACIONES (PRIMA VACACIONAL)

• El trabajador tiene derecho a vacaciones después de haber trabajado un año, y mínimo le corresponden 6 días. (Art. 76 LFT)

Posteriormente, cada año que se labore, se deben aumentar dos días de vacaciones, hasta obtener 12 días.

De ahí en adelante, se aumentarán 2 días vacacionales después de cada 5 años laborados.

Además, el trabajador debe recibir, por los días de vacaciones, su salario diario más un 25% extra.

DÍAS DE DESCANSO

Por ley, a la semana se tiene derecho a 1 día de descanso por cada 6 días de trabajo, aparte de los días de descanso obligatorios (días feriados).

• Si se trabaja en un día de descanso obligatorio, se debe pagar al doble independientemente de su salario, es decir, si el trabajador gana $100 pesos diarios se le pagarán los $100 pesos pero recibirá $200 pesos adicionales, dando un total de $300 pesos.(Art. 75 LFT)

El trabajador no tiene obligación de trabajar los días de descanso obligatorio, salvo que el patrón y trabajador se pongan de acuerdo y deberán serle pagados como se mencionó arriba.

Si se labora los domingos, la empresa o patrón debe de pagar ese día, con un 25% adicional como mínimo (prima dominical).

(Art. 69 LFT), (Art. 71 LFT) y (Art. 73 LFT).

FINIQUITOS

El finiquito es el documento con el que tanto el trabajador como el patrón dan por terminada la relación laboral voluntariamente y confirman que no hay pagos o trabajo pendientes.

El trabajador recibirá por finiquito la suma de:

Los días trabajados en el mes.

Parte proporcional de aguinaldo

Las vacaciones no disfrutadas correspondientes al tiempo trabajado

Prima Vacacional

Prima de Antigüedad y otras prestaciones de acuerdo a su contrato que no le hayan cubierto.

La firma del finiquito no es obligatoria para ninguna de las partes. Si el trabajador no está de acuerdo, no tiene que firmar.

(Art. 47 LFT), (Art. 48 LFT), (Art. 76 LFT), (Art. 79 LFT), (Art. 80 LFT), (Art. 87 LFT) y (Art. 162 LFT).

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