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Derechos Y Deberes Para Docentes


Enviado por   •  11 de Mayo de 2014  •  4.507 Palabras (19 Páginas)  •  366 Visitas

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TITULO III

De los Derechos, Garantías, Deberes y Responsabilidades

De los Integrantes de la Comunidad Educativa.

Capítulo I.

De los estudiantes.

Artículo 18.- Derechos y garantías.

Se reconoce a todos los estudiantes de la Escuela Nacional Bolivariana 12 de Octubre los derechos y las garantías que se enuncian a continuación:

a) -Derecho a recibir orientación y educación integral de la más alta calidad, así como utilizar para tal finalidad todos los servicios existentes en la institución.

b) Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en su propio proceso educativo y en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreativas, deportivas, sociales y culturales.

c) Derecho al buen trato y a ser respetado por todas las personas que integran el Consejo Educativo. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

d) Derecho a ser evaluado apropiadamente y a solicitar la reconsideración de las actividades de evaluación, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente Manual de Acuerdos de Convivencia Escolar.

e) Derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos en que tengan interés y, a que sus opiniones sean tomadas en cuenta, en función de su desarrollo. Este derecho se extiende a todos los ámbitos, entre ellos, el familiar, el escolar, el comunitario y el social.

f) Derecho a asociarse libremente, conformar los colectivos, vocerías con fines, educativos, culturales, deportivos, recreativos, religiosos, políticos, económicos o de cualquier otra índole, siempre que sean de carácter lícito apegado al ordenamiento jurídico.

g) Derecho a defender sus derechos por sí mismos.

h) Derecho a presentar o dirigir peticiones (Art. 85 LOPNNA) al personal obrero, administrativo, docente y directivo, padres, madres, representantes y responsables, madres y padres procesadores, al docente que afecte de alguna manera el rendimiento estudiantil de los y las estudiantes y cualquier otro órgano del Consejo Educativo y obtener respuesta oportuna a sus peticiones.

i) Derecho a ser atendidos justa y oportunamente por las autoridades educativas y por los organismos directivos de la comunidad educativa, cuando ante ellos concurran para formular planteamientos o peticiones relacionados con sus derechos, garantías, deberes, responsabilidades e intereses.

j) Derecho al debido proceso y la defensa especialmente en todos los procedimientos sancionatorios y del procedimiento de evaluación.

k) Derecho de elegir y a ser elegidos en el consejo estudiantil, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y el presente Acuerdo de Convivencia.

l). Derecho a mantener su inscripción en la Escuela Nacional Bolivariana 12 de Octubre, siempre que cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente Acuerdo de Convivencia.

m).- Tomar en cuenta la diversidad funcional de los estudiantes (Art. 29 LOPNNA).

n).- Participar en tardes integrales, donde se fomente el desarrollo de actividades artísticas (música, danzas, teatro, manualidades, pintura, dibujo educación física, deporte y recreación) así como también actividades de lectura comprensiva y cálculo.

ñ).- Derecho de 30 minutos diarios (supervisados) de descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego, fuera de las aulas de clase. (Artículo 63 LOPNNA).

o).-Todos los niños, niñas y adolescentes de la Escuela Nacional 12 de Octubre tienen derecho a ser respetados y respetadas por sus educadores y educadoras así como recibir una educación basada en el afecto, solidaridad, identidad nacional y el respeto recíproco a las ideas y creencias. (Artículo 56 LOPNNA).

p).- Gozar de una alimentación balanceada de acuerdo a lo establecido en el decreto 1.367, donde se establecen dos (2) comidas, más una merienda diaria, representando un 30% de los requerimientos nutricionales controlados por la unidad pedagógica nutricional del Programa de Alimentación Escolar(PAE) y el Instituto Nacional de Nutrición.

q).- Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico venezolano y lo contemplado en el presente Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitario.

Artículo 19.- Responsabilidades y deberes.

Todos los estudiantes del la Escuela Bolivariana 12 de Octubre tienen las responsabilidades y los deberes que se establecen a continuación:

a) Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar todas sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, entre ellos las evaluaciones, tareas, ejercicios y asignaciones de tipo pedagógico y didáctica.

b) No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares, cívicas y culturales que se realizan en la institución.

c) Asistir regular y puntualmente 7:00 am a todas las actividades escolares, en caso de retardo el estudiante debe estar acompañado por un adulto responsable y exponer las razones del mismo, al tercer retardo se citará al representante (Artículo 54 LOPNNA). Es preciso que los estudiantes asistan con el material y los útiles necesarios para realizar las actividades escolares, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas de tipo socio-económicas.

d) Permanecer en la institución durante todo el horario de actividades escolares 7:00 am a 3:00 pm, salvo los casos en que esté permitido ausentarse con autorización previa, escrita y por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o responsables, dirección o subdirección del plantel.

e) Los niños, niñas y adolescentes deben honrar a la patria y a sus símbolos, mostrando respeto hacia estos en todo momento.

f) Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.

g) Respetar los derechos y garantías de las demás personas.

h) Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables además de sus maestros y maestras siempre que esto no contravenga ni lesione sus derechos.

i) Respetar la diversidad de conciencia, cultura, pensamiento, religión de todos los miembros del Consejo Educativo.

j) Respetar a todas las personas que integran el Consejo Educativo. Nunca deberán tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

k) Mantener con todos los integrantes del Consejo Educativo, relaciones

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