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Di Publico


Enviado por   •  23 de Agosto de 2014  •  1.212 Palabras (5 Páginas)  •  202 Visitas

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XVI. LA SOCIEDAD INTERNACIONAL

SUJETOS DEL D.I.P.

Sujeto: la persona “que tiene capacidad de ser titular de derechos y deberes internacionales y que tiene capacidad para hacerlos valer mediante reclamaciones internacionales” (Opinión consultiva de C.I.J. – 11.03.1949)

Las Escuelas Clásicas del D.I.P. consideran como sujetos, exclusivamente a los Estados. Más aún: la existencia efectiva del estado como sujeto de las relaciones internacionales dependía del reconocimiento de los restantes Estados. Hasta fines del Siglo XIX el reconocimiento era indispensable. Actualmente el reconocimiento es simplemente declarativo, no constitutivo (Resolución del “Instituto de Derecho Internacional” – Bruselas 1936. Carta de la OEA, Art. 9º “la existencia política de un Estado es independiente del reconocimiento de otros Estados”.

2. La Escuela Realista (Duguit):

Único sujeto del Derecho, interno o internacional es el Individuo: “el derecho en definitiva sólo se dirige a voluntades libres y conscientes”.

Ciertas entidades no estatales:

- Los organismos internacionales

- Las colonias

- Colectividades beligerantes

b) El individuo:

Se le considera como sujeto pasivo – positivo.- Opiniones: Rousseau: El hombre es “el destinatario real de toda norma jurídica y en tal sentido el verdadero sujeto del Derecho de Gentes”. Ulloa: “… no en cuanto miembro del Estado sino en razón de los derechos de que goza …”.

Como sujeto activo en materia de Derechos Humanos o Derechos Especiales que le permiten acceder a tribunales internacionales en defensa de sus derechos humanos fundamentales.

La Pluralidad de sujetos fue reconocida por la C.I.J. en Opinión Consultiva de 1949: “los sujetos del Derecho, en cualquier sistema legal, no son necesariamente idénticos en la naturaleza y extensión de sus derechos”.

4. Sujetos Primordiales: Son los EE, porque son los verdaderos protagonistas de las relaciones significativas dentro del mantenimiento y desarrollo del orden internacional. Los grandes Estados, inclusive, son los que determinan, realmente, la existencia de paz y seguridad en el mundo, a pesar de tensiones y discrepancias ideológicas.

XVII. EL ESTADO

DEFINICIONES:

Organicistas: “La Nación Jurídicamente Organizada” – Semánticamente: “cuerpo político de una Nación”.

Fenómeno de Fuerza (doctrinas alemanas).

Contemporáneas: El Estado se puede definir por su carácter finalista (fines que persigue y funciones que realiza) y su carácter jurídico.

Accioly: “Comunidad política independiente establecida permanentemente en un territorio determinado bajo un gobierno capaz de mantener relaciones con otras colectividades de la misma naturaleza”.

Convención de Montevideo (1933): Reguló los “Deberes y Derechos de los Estados”. El Estado para asumir personería dentro del Derecho Internacional debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) Población y Territorio determinado”.

b) “Gobierno y capacidad para entrar en relación con los demás Estados”.

2. CARACTERES:

Fenómeno Político-Social:

Elementos:

Población, Territorio y Gobierno

Grado de Civilización (Opinión de Ulloa: “determinadas condiciones de civilización”). Esta condición fue considerada por el Pacto de la Sociedad de las Naciones, por el Instituto Americano de Derecho Internacional y la Comisión de Jurisconsultos de Río de 1927)

b) Fenómeno Jurídico:

- Implica la noción de Soberanía:

- Definición: “poder jurídico supremo y constituyente del Estado”

- Aspectos: Positivo y Negativo.

- La Soberanía absoluta deviene antijurídica e impráctica.

XVIII. ELEMENTOS DEL ESTADO

LA POBLACIÓN:

“Conjunto de individuos unidos por un vínculo jurídico y político al que habitualmente se denomina nacionalidad, dentro de un espacio territorial que puede ser precisado”.

- Caracteres de la Nacionalidad: Permanencia y continuidad

La Nación:

Concepto: Se puede entender en dos sentidos:

- Originario: grupo étnico nacido en un territorio determinado.

- Derivado: sociedad pública que coincide habitualmente con comunidad étnica.

Concepciones:

- Objetiva: La nacionalidad finca en elementos de hecho (territorio, lengua, raza, religión cultura)

- Subjetiva: la nacionalidad es un estado de conciencia común a todos los miembros de un grupo determinado.

- Teorías francesas e italianas: consideran que sólo se puede hablar de la existencia de una nación cuando existe “la conciencia nacional”.

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