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Directivos Administrativos De Las Carceles En Venezuela


Enviado por   •  13 de Octubre de 2013  •  1.684 Palabras (7 Páginas)  •  290 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universitaria

UNERG- San Juan de los Morros

4to Año Sección 2.

Integrante:

Mimi Gabriela Nuñes 20.246.844

07 de Octubre de 2013.

Concepto de Régimen Penitenciario.

E. Nueman: “Es el conjunto de condiciones e influencias que se reúnen en una institución para procurar la obtención de la finalidad particular que le asigne a la sanción penal con relación a una serie de delincuentes criminológicamente integrada”

El Régimen penitenciario tendrá carácter progresivo y técnico; Es progresivo por que se encuentra dividido en fases o etapas y es técnico ya que se utiliza fundamentos psicológicos y criminológicos.

En lo particular se le puede llamar Régimen a la política penitenciaria que el Estado se ha propuesto llevar y que se encuentra plasmado en la ley. Entendida la política como una forma de llevar las cosas de conducir y manejar la institución.

Nuestra legislación venezolana en la Ley de Régimen Penitenciario nos establece lo siguiente en materia del personal que trabaja dentro de las instituciones penitenciarias:

Artículo 83. El personal que haya de pertenecer a los servicios penitenciarios será previamente seleccionado para el ejercicio de las funciones que ha de cumplir y suficientemente especializado para el mejor desarrollo de los principios y normas del régimen penitenciario, en la forma y condiciones que los reglamentos establezcan. El personal directivo del establecimiento deberá estar debidamente calificado para su función por sus cualidades personales, su capacidad administrativa, formación adecuada, experiencia en la materia y preferentemente ser un penitenciarista egresado de un instituto universitario.

Artículo 84. La administración penitenciaria organizará y facilitará la formación de su personal en las diversas especialidades, así como su ulterior perfeccionamiento.

Organización del Área Administrativa.

 Dirección

 Subdirección

 Administración

 Vigilancia Interna

 Jefe de Régimen

 Auxiliar de Jefe de Régimen

 Vigilantes siendo este uno de los eslabones primordiales de la organización.

En este sentido es importante resaltar una denominación poco utilizada en nuestra legislación:

Personal de apoyo administrativo.

Para cumplir con las actividades pactadas tanto para el área de tratamiento como de seguridad, es preciso contar con personal de apoyo administrativo. En los diferentes servicios se generan una serie de incidencias que requieren de la intervención de otros funcionarios, para que los técnicos o el personal de seguridad puedan dedicar la mayoría de su tiempo en actividades propias de su competencia. Nos referimos a la necesidad de contar con personal calificado en las áreas secretariales, contables, de mantenimiento, conductores, técnicos de oficina, recepcionistas, etc.

Este personal indudablemente debería de inducirse en la materia penitenciaria, además tendría que contar con conocimientos en la materia particular que le corresponda desempeñar, esto ciertamente no sucede en el Sistema Penitenciario venezolano, ya que existen muy pocos cargos administrativos que ofrezcan incentivos a personas calificadas como ocurre en la empresa privada.

La organización penitenciaria dispone de pocos cargos administrativos, tampoco de personal obrero. La remuneración de igual manera es deficiente; la baja disponibilidad de cargos como se señaló, induce a la contratación de personas en cargos de vigilancia para cumplir funciones administrativas, lográndose el aprendizaje sobre la función que deben cumplir en la institución.

Es común, encontrarnos con casos de secretarias, archivadores, contabilistas, etc., que desconocían totalmente el oficio al ingreso, y han asimilado lo poco que saben en el seno de la institución; dada esta situación, el personal Directivo y técnico profesional se recarga de trabajo y descuida tareas propias de su cargo.

A la poca disponibilidad de recursos humanos se suma la deficiencia de materiales con que cuenta el personal de apoyo administrativo para cumplir la misión, aun así, resulta de digno reconocimiento los verdaderos esfuerzos de muchos funcionarios de esta categoría para cubrir los requerimientos que se les hace hasta con sus propios ingresos, siendo que la satisfacción de estas necesidades corresponde a la administración penitenciaria.

Personal que labora dentro del Sistema penitenciario.

La situación de los equipos de trabajo con que se dispone en las cárceles venezolanas para el cumplimiento de la misión, no se presenta alentadora; desde hace varios años el Ministerio de Justicia ahora Ministerio del Interior y Justicia, viene efectuando una revisión para sincerar las nóminas de los equipos de trabajo con que cuenta, no habiéndose obtenido hasta la fecha resultados que indiquen que la situación ha mejorado.

En el Sistema Penitenciario existe desde hace años una

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