Drecho Civil - Contratos
Enviado por Gustavo Mancilla Saravia • 1 de Junio de 2018 • Apuntes • 1.518 Palabras (7 Páginas) • 153 Visitas
Tema 2: EL CONTRATO Y SU CLASIFICACIÓN
CONCEPTO
Contrato es un acuerdo de partes con el objeto de crear, modificar o extinguir una relación de derecho de carácter patrimonial.
Art. 450 C.C. Hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo en crear, modificar o extinguir entre si una relación jurídica.
Walter Kaune Arteaga “Dos o más partes” no siempre hace sugerir el consentimiento.
IMPORTANCIA. Ser el instrumento con el cual se realizan los más diversos fines de la vida económica, mediante la composición de interés opuestos.
PRINCIPIO DE LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD
La plena libertad contractual es amplia y consiste, precisamente, en un acuerdo de voluntades.
Acuerdo de voluntades determina libremente – Efectos jurídicos del vínculo de derecho establecido por las partes.
DOMINIO DEL CONTRATO, El contrato domina como soberano el campo del derecho patrimonial
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
a) Según los requisitos de formación
(Consensuales – Reales – Solemnes)
b) Según los requisitos de fondo
(Contratos de Libre Discusión – Contratos de Adhesión – Contratos Individuales – Contratos Colectivos)
c) De acuerdo a su contenido
c1) Según la reciprocidad de las obligaciones
(Contratos Unilaterales – Contratos Bilaterales – Contratos Sinalagmaticos Imperfectos – Contratos Plurales)
c2) Según el fin perseguido
(Contratos a Título Oneroso – Contratos a Título Gratuito)
c3) Según la Duración de sus Efectos
(Contratos de Ejecución Instantánea – Contratos de Tracto Sucesivo)
d) Por la Reglas de Interpretación
(Contratos Nominados – Contratos Innominados)
DE LOS REQUISITOS DE FORMACIÓN DE LOS CONTRATOS
Art. 452 C.C.: (El consentimiento de las partes – el objeto – la causa – la forma, siempre que sea legalmente exigible)
Tema 3: DE LA FORMA DE LOS CONTRATOS
EL CONSENTIMIENTO
Art. 452 C.C. (requisitos de formación de los contratos) Consentimiento – Objeto – Causa – Las formas, cuando es requerida por Ley.
CONCEPTO
Es el acuerdo o consenso de voluntades integradas por la composición de intereses opuestos.
El consentimiento está compuesto por dos elementos: La Oferta – La Aceptación.
Al combinarse e integrarse las voluntades, hacen surgir el elemento esencial del contrato.
CLASES DE CONSENTIMIENTO
a) Expreso, se manifiesta forma verbal, escrita o signos
b) Táctico, resulta de la conducta que hace presumir su aceptación
LA OFERTA
O propuesta, es la invitación que hace una de las partes contratantes a la otra
Requisitos, tener capacidad para realizar el negocio jurídico – intención que se produzcan consecuencias de derecho – provenir de conducta lícita – hecha en forma seria
Clases, Expresa (invitación por conducta positiva) – Tácita (Hace presumir el acto jurídico)
Caracteres de la oferta, No es un negocio jurídico unilateral – solo constituye un elemento de la formación del consentimiento.
Puede revocarse mientras no sea aceptada.
Oferta firme, renuncia al derecho de revocación
Caducidad de la oferta, el destinatario no hizo uso de la invitación
LA ACEPTACIÓN
Es la conformidad que da el destinatario de la oferta, en sentido de realizar el negocio jurídico propuesto por el oferente.
Perfeccionamiento, se produce cuando el oferente tiene conocimiento de la aceptación de la otra parte.
Requisitos, realizada por persona capaz – recaer sobre un objeto jurídico – provenir de una conducta licita – hecha en forma seria.
Aceptación con modificación en la oferta, No vale como aceptación – se convierte en contrapropuesta
Clases de Aceptación, la aceptación es manifestación de voluntad y puede ser: Expresa – Tacita
Caracteres del a aceptación,
Revocatorio de la aceptación – puede ser revocada antes de llegar a conocimiento del oferente
Caducidad de la aceptación – si el aceptante fallece o pierde su capacidad antes de su aceptación
El silencio como manifestación de la voluntad, el silencio es una inactividad
MOMENTO Y LUGAR DE LA FORMACIÓN DE LOS CONTRATOS
a) Momento de formación del contrato entre presentes, momento en que el oferente tiene conocimiento de la aceptación de la otra parte
b) Momento de la formación del contrato entre No presentes, la aceptación tiene que llegar a conocimiento del oferente en el lugar donde se expidió la oferta.
(Determinar el momento y lugar de la formación – Fijar ley a aplicarse)
c) Lugar de la formación del contrato entre presentes, lugar de celebración del contrato
d) Lugar de la formación del contrato entre No presentes, lugar donde se ha expedido la oferta, salvo pacto contrario
IMPORTANCIA DE DETERMINAR EL MOMENTO Y LUGAR DE FORMACIÓN DEL CONTRATO
a) En cuanto al tiempo, tiempo transcurrido entre la aceptación y el conocimiento de la misma por el oferente, la oferta o la aceptación ha caducado (incapacidad o muerte)
b) En cuanto al lugar, donde ha sido la propuesta la invitación (determinar jurisdicción y competencia - Ley)
Cuando el contrato es concertado entre personas que viven en distintos estados, es el lugar de la oferta
Tema 4: LA REPRESENTACIÓN
CONCEPTO
Es una institución jurídica, una persona llamada representante, realiza actos jurídicos en nombre de otra llamada representado.
...