EL DIVORCIO
Enviado por katty_804 • 23 de Julio de 2014 • Tesis • 5.641 Palabras (23 Páginas) • 222 Visitas
En el presente trabajo se dará a conocer información acerca del divorcio en Chile; basándonos en la Ley 19.947 del Matrimonio Civil dictada en Mayo del año 2004.
El objetivo del trabajo realizado es lograr entregar información y que esta sea comprendida, siendo otorgada de manera clara y precisa, también se darán a conocer conceptos que se desprenden de dicho tema.
En tanto la información recopilada que se expondrá a continuación permitirá dar a conocer la ley de divorcio en extenso.
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo tiene como principal objetivo dar a conocer el termino en general del divorcio basándonos en la Ley 19.947 del Matrimonio Civil dictada en Mayo del año 2004, según esta norma, el divorcio puede solicitarse cuando exista violación grave de los deberes y obligaciones del matrimonio, que tornen intolerable la vida en común (por ejemplo: atentados contra la vida, maltrato psíquico contra el cónyuge o los hijos, o conducta homosexual) o cuando la pareja ha estado separada por un tiempo mínimo de entre uno y tres años, dependiendo de si el divorcio es pedido por ambas partes o por un solo cónyuge. El divorcio rige para todas las uniones, incluso las celebradas con anterioridad a la fecha en que la Ley entró en vigencia. También se darán a conocer los objetivos que tiene por propósito esta nueva Ley, los cuales son tres; reconocer sus nuevas características, aumentar la edad en que las personas adquieren capacidad de dar origen al matrimonio y por último regular las diferentes situaciones de crisis conyugal velando por la permanencia de las relaciones familiares y el interés de los hijos. También se realizara una diferenciación entre la nueva Ley de Matrimonio Civil de la antigua, la cual se basa en ciertas características tales como la posibilidad de divorciarse y volver a casarse y la existencia de la compensación económica, esta ley también modifica los requisitos para casarse ; en esta aumenta la edad mínima a 16 años de edad, pero con la autorización de los padres; otro cambio importante es que dentro de esta se establece que ya no es necesario casarse primero por el Registro Civil y luego por la iglesia, actualmente después del matrimonio religioso la pareja debe acudir a las oficinas del Registro Civil para ratificar su matrimonio en un plazo de ocho días. Ya visto como se comienza una vida marital también dentro del presente trabajo se darán a conocer las formas de término de este ante la nueva Ley, esto se debe a cuatro causales: la muerte natural de alguno de los cónyuges, la muerte presunta de alguno de los cónyuges, por sentencia definitiva de nulidad y por sentencia de divorcio, las cuales se darán a conocer de manera extensa dentro del desarrollo del presente trabajo.
FORMAS DE TERMINAR EL MATRIMONIO
SEGÚN LA LEY 19.947
Se termina el matrimonio por cuatro causas:
• La muerte natural de alguno de los cónyuges.
• La muerte presunta de alguno de los cónyuges (una persona que ha desaparecido tanto tiempo que se piensa está muerta). La muerte presunta debe ser declarada por un juez cumplidos los plazos que establece la ley (2 años).
• Por sentencia definitiva de nulidad: se declara que el matrimonio jamás existió por no cumplirse los requisitos que señala la ley.
• Por sentencia de divorcio: significa que sí existió matrimonio, pero fracasó por distintas razones.
Tanto la nulidad como el divorcio se inician por medio de una demanda que da inicio a un juicio. Estas demandas se tramitan ante los Tribunales de Familia y la solicitud de nulidad o divorcio es resuelta por el juez en la sentencia definitiva. A continuación profundizaremos respecto a esta última:
EL DIVORCIO
El divorcio es una causa de disolución del matrimonio. En la mayoría de los países, el matrimonio es una unión entre dos o más personas con un reconocimiento social, cultural y jurídico, que tiene por fin proporcionar un marco de protección mutua o de protección de la descendencia.
La nueva Ley de Matrimonio Civil, que por primera vez en la historia de Chile permitió el divorcio de las parejas, tuvo una larga y complicada génesis en el Congreso Nacional. Sus impulsores argumentaban la necesidad de regularizar una situación que se estaba dando de hecho hace décadas, dar una posibilidad de rehacer sus vidas a quienes hayan sufrido un fracaso matrimonial, eliminar el mal uso del recurso de solicitud de nulidad del matrimonio (resquicio muy usado ante la inexistencia legal del divorcio) y ordenar lo que sucede con la manutención y tuición de los hijos. Sus detractores aducían que la existencia del divorcio podía mermar la estabilidad de la institución del matrimonio, que podía prestarse para abusos al perder la unión su significado de ser para toda la vida y que podía causar inestabilidad en la familia con un consiguiente daño emocional. Al momento de iniciarse la discusión parlamentaria, Chile era el único país del mundo sin una ley que normara el divorcio.
HISTORIA DE LEY DE DIVORCIO
La "Ley de Divorcio" comenzó el 28 de noviembre de 1995, cuando a la Cámara de Diputados ingresó una moción de las diputadas Isabel Allende, Mariana Aylwin y María Antonieta Saa, y los diputados Víctor Barrueto, Carlos Cantero, Sergio Elgueta, Arturo Longton, Eugenio Munizaga, José Antonio Viera-Gallo e Ignacio Walker. Entre los objetivos al proponer una nueva ley de matrimonio están "reconocer sus nuevas características, en especial el carácter plenamente libre y maduro del consentimiento de los contrayentes; se aumenta la edad en que las personas adquieren capacidad de dar origen al matrimonio y se regulan las diferentes situaciones de crisis conyugal velando por la permanencia de las relaciones familiares y el interés de los hijos".
Ese día de noviembre sólo se expuso el proyecto de ley en la Cámara. Recién el 15 de enero de 1997 se retomó y estuvo en discusión hasta septiembre de ese mismo año, cuando los diputados lo aprobaron y lo enviaron al Senado. Dos años más tarde, el 7 de septiembre de 1999, se reinició el proceso, pero fue para un procedimiento breve y el proyecto volvió a dormir. El 13 de marzo de 2002 se retomó la iniciativa, incluida en la convocatoria a Legislatura Extraordinaria. En el año 2003 se realizaron 18 sesiones en torno al tema, la última llevada a cabo el 16 de diciembre. La tramitación se reanudó el 6 de enero de 2004 y finalizó el 11 de marzo cuando la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, aprobó las modificaciones que el Senado había hecho durante los ocho años que lo tuvo en consideración.
Finalmente la Ley Nº 19.947 sobre matrimonio civil fue promulgada el 7 de mayo de 2004, publicada en el Diario Oficial
...