EL HOMICIDIO
Enviado por darwindiaz06 • 6 de Febrero de 2015 • 1.544 Palabras (7 Páginas) • 213 Visitas
El homicidio.
Artículo 295 del Código Penal, el que voluntariamente mata a otro se hace reo de homicidio.
El homicidio es el nombre que recibe la acción de un hombre darle muerte a otro. Dicho en otras palabras, El homicidio es un delito que consiste en una acción u omisión mediante el cual se priva de la vida a otra persona
Algunas notas de la evolución histórica del homicidio.
Desde los tiempos más remoto el homicidio era algo mal visto por la sociedad, reprobable, por eso todas las legislaciones antiguas lo castigaban con la pena de muerte.
En Egipto no solo se castigaba a quien ejecutaba el hecho sino a quien podría verlo evitado,
En la ley de las 12 tablas se reproduce la pena de muerte para los homicidas, en el año 303 de roma, la ley estaba concentrada en 10 hombres que eran los patricios, de hay el nombre conocido en la historia como decen vivoros, los cuales después de un año publicaron su trabajo en 10 tablas en donde se dejo igual la pena de muerte a los a homicidas,
En el 671 de roma, se castigaba a los homicidas por hierro o por venenos y hasta el suplicio de la crus fue impuesto.
En homicidio entre los bárbaro, se castigaba con la pena llamada COMPOSICION es decir pagando una suma determinada a los parientes del muerto.
En el código penal del 1791, quedo establecido el homicidio por accidente, el homicidio por negligencia o imprudencia, el homicidio ordenado por la ley o en defensa propi y el homicidio voluntariosito.
El código penal 1810 separa el homicidio voluntario con el involuntario
Los elementos constitutivos del homicidio son:
A) La preexistencia de una vida humana que ha sido destruida ; B) El elemento material y C) Elemento moral.
A) La preexistencia de una vida humana que ha sido destruida.
Sabemos que todos los reglamentos que existen en el mundo al final lo que trata es de proteger la vida el cual es el bien mas apreciado del mundo, y este primer elemento lo que nos dice es que se perdió una vida, y por tal sazón hay un muerto.
B) El elemento material.
Un hecho voluntario del hombre, causa eficiente de la muerte de otro. Un acto de naturaleza tal, que pueda producir la muerte.
C) Elemento moral.
Es la intención que tiene el homicida contra la victima, importa poco que la muerte se hubiera producido a solicitud de la víctima, como por ejemplo a un enfermo que afectado por su sufrimiento le pide a otro que ponga fin a su agonía ocasionándole la muerte, importa poco que también sea por error en la persona, o sea que queriendo matar a una persona mate a otra ya que la intención de matar es evidente y esta caracterizada.
Tentativa, complicidad y sanciones.
La Tentativa es existencia de la voluntad dirigida a la realización de un fin criminal. Conforme al artículo 2 del Código Penal, toda tentativa de crimen podrá ser considerada como el mismo crimen, cuando se manifieste por un principio de ejecución, o cuando el culpable, a pesar de haber hecho cuanto estaba de su parte para consumarlo no logra su propósito por causas independientes de su voluntad, quedando estas circunstancia sujetas a la apreciación de los jueces.
Complicidad
en Derecho penal, es una persona que es responsable penal de un delito o falta pero no por haber sido el autor directo del mismo, sino por haber cooperado a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos.
A los cómplices de un crimen o de un delito se les impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponda a los autores de este crimen o delito
La complicidad esta prevista en los artículos 59 y 60 del código penal.
Sanción o penalidad.
El articulo 295 del código penal, no establece la sanción de homicidio. La misma se encuentra prevista en el articulo 304 párrafo segundo, el cual establece la pena de reclusión, la cual esta determinada con el articulo 18, que nos dice que es de 3 a 20,Por tanto una sentencia condenatoria de homicidio debe de mencionar los artículos ya mencionados
Homicidio por Omisión: Es el caso en que una persona ha encontrado la muerte, pudiendo haber sido evitado por la intervención de un tercero, penalmente no existe ninguna disposición que castigue a aquel que no intervenga para evitar la muerte de otra persona; solamente esta inacción puede ser objeto de censura por la ley moral; ahora bien es evidente que todo aquel que tenga una obligación legal o profesional de actuar o intervenir y cuya abstención intencionada conduce a un resultado criminal y con su omisión se ha provocado ese resultado, deber responder por el.
El asesinato
Es el hecho de quitarle la vida a un ser humano con premeditación y asechanza. Para hablar de asesinato tenemos que conocer tres artículos del código penal.
• Art. 296: el homicidio cometido con premeditación y asechanza, se califica como asesinato.
• Art. 297, que nos define la premeditación.
• Art. 298, que nos define
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