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EL NATURALISMO Y EL DERECHO NATURAL

Robinson........Ensayo13 de Febrero de 2022

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INTRODUCCIÓN.

La doctrina del derecho natural- Iusnaturalismo ha desempeñado una función histórica

permanente y fundamental, pues no solo que como concepto ha sido una limitante al poder

del Estado si no que ha generado un precedente en la concepción que tenemos hoy en día

del derecho.

Es importante para poder realizar un abordaje al Iusnaturalismo, enfocar el pensamiento

de grandes filósofos que han dado diferentes luces y formas de comprensión de esta que

es el representante de una corriente iusnaturalista empírico contractualista. En un primer

momento abordaremos el pensamiento de Locke, como el precursor del Derecho Natural,

seguido de Hobbes el cual ha desarrollado una posición del iusnaturalismo desde la visión

empírico contractual, siendo una de sus obras en las que se recoge de modo evidente este

pensamiento “El Leviatán”, proseguiremos con el pensamiento de Kant filósofo

moderno, el cual mediante su obra cumbre “Crítica a la razón Pura” brinda aspectos

importantes para la comprensión del Iusnaturalismo, seguido del pensamiento Pufendorf

pensador representativo de la Escuela Racionalista del Derecho Natural Alemán.

Nos proponemos además realizar un breve recorrido por algunas de las críticas realizadas

al Derecho Natural y el Iusnaturalismo, tratando de desmitificar aquellas críticas que no

han logrado entender como el Derecho Natural sigue siendo una concepción con vigencia

filosófica que puede seguir aportando grandes elementos para la sensibilización y

creación más cercana a la realidad de las diferentes realidades jurídico-sociales.

Por medio de un ejemplo casuístico trataremos de aterrizar esta postura la cual se halla

desarrollada en la Sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador N0.- 34 -19-IN, en

esta sentencia se evidencian los elementos axiológicos y legales por la cual la Corte llega

a declarar inconstitucional el Art. 150 numeral 2, donde se pone sobre la mesa temas

trascendentes que han sido objeto de estudio del Derecho Natural.

DESARROLLO. -

EL NATURALISMO Y EL DERECHO NATURAL

El IUSNATURALISMO DE JOHN LOCKE.

Al hablar de este autor es importante mencionar que su teoría iusnaturalista está

contrapuesta el catolicismo esto muchas veces se confunde, pero como menciona el autor

en su obra que el “poder divino, se combinan en su teoría moral para balancear

imperfectamente la experiencia del placer y del dolor con la ley divina natural, y ajustar

la propia sensación con la voluntad superior” [1]. Con lo mencionado anteriormente se

puede apreciar que Locke al creer en un ser superior omnipotente considerando que la ley

tiene como fuente principal a un ser divino siendo este el único legislador universal, para

corroborar esta afirmación en sus obras siempre está presente que Dios habló al hombre

para que este se gobierne por sí mismo dándole la potestad del razonamiento.

Locke define a la ley natural como la ley de la razón que ordena lo que es mejor en

atención al interés de la humanidad, con ello el autor hace entender que todos los seres

humanos somos iguales y gozamos de los mismos derechos al ser cada uno un ser racional

entendiendo que es irracional tratar a cada ser humano de distinta manera, puesto que, el

autor aclara que los seres humanos tienen igual valor moral concluyendo que todos deben

ser respetados por igual defendiendo su vida para preservar la humanidad respetando sus

derechos que son inherentes al ser humano como: salud, libertad, entre otros.

Para Locke el derecho conduce a los derechos subjetivos estos los considera el centro del

cual se difunden los principios y las normas que formarán las instituciones y las leyes, es

evidente que para el autor el derecho nace de uno mismo con la influencia del raciocinio

que tiene cada uno por el hecho de ser humano.

La ley natural de John Locke no apremia el bien común, sino que al contrario esta ley

lockeana persigue el bien propio siendo esto sólo un límite a nuestras disputas [2]. Locke

establece que lo único claro para los seres humanos es que existe una ley natural que

determinan los actos o acciones que deben cumplirse, entendiendo así que nosotros somos

quienes estamos dotados de derechos naturales, es decir poseemos el deber o derecho de

auto conservarnos, por otra parte, los supuestos que le importan a este autor son Dios y el

orden natural.

Es importante mencionar que el autor Myers hace una crítica a Locke pues menciona que

él “niega que podamos conocer la esencia real de las cosas, y las supuestas esencias que

podamos conocer son creaciones de la mente humana exclusivamente”[3], con ello el

autor quiere decir que Locke es neutral al negar la existencia de significados objetivos o

los fines naturales, puesto que para el autor el ente divino es quien nos proporciona la

racionalización y las creaciones humanas derivan solamente de la mente del ser humano.

El autor Locke establece que los derechos son considerados como un poder moral que

altera la situación de derechos y deberes de otros, un claro ejemplo lo podemos apreciar

cuando los hombres tienen que hacer lo que se cree oportuno para la preservación de sí

mismo y del resto de la humanidad.

Para Locke entiende que la sociabilidad es solo la búsqueda del propio interés, la

autoconservación y el no dañar a otro, todo esto para preservar la humanidad, la

naturaleza social del hombre en la metafísica política clásica, este autor a diferencia de

otros como Filmer quien afirman que la vida en la sociedad política es libre y no una

situación de sometimiento.

Otro aspecto muy importante que menciona Jhon Locke es que en el lenguaje tradicional

se afirmaba que el hombre por su naturaleza misma era considerado o visto como un

animal social y político, es decir, que la perfección del ser humano se alcanzaba solo en

la convivencia la misma que era social y política, entendiendo que los seres humanos son

aptos para la vida en convivencia común porque así se dispuso en referente a su

naturaleza, entendiendo así que de un modo natural tiene esta vocación de vivir en una

sociedad, afirmando que la naturaleza humana creada por dios tiene el de fin de convivir

con otras personas para así lograr constituir un bien común, entendiendo que sin ello no

puede existir la sociedad humana si no cumple con este fin, es evidente que de esto se

deduce que siempre la autoridad política es natural y no convencional como lo afirman

muchos pensadores modernos.

El autor establece que sin la ley natural resultaría casi imposible hacer una diferencia

entre el bien y el mal, el vicio y la virtud entre otros conceptos que tienen en

contraposición entre sí, puesto que al no existir esta ley natural todo dependería de la

voluntad del ser humano y en esta imperarían el interés, el placer, entre otros aspectos

que tienen los seres humanos los que guiarían la conducta, Locke hace énfasis en que el

bien y el mal siempre se derivan de la ley natural misma que el la entiende como eterna e

inmutable que posee un valor absoluto y que no tiene relación con la opinión de los

hombres. Resultaría difícil de creer que la ley natural sea la única que guía los

comportamientos del ser humano debido a que con el pasar de los años las generaciones

han ido presentando cambios tanto estructurales y de funcionamiento con ello las leyes

se han ido adaptando a las épocas y con ello modificándose o extinguiéndose derechos

que muchas veces se creían innatos al ser humano por su naturaleza misma, por ello es

importante criticar a esta teoría del autor debido a que la voluntad del ser humano muchas

veces es la que ha definido la conducta y comportamientos de la misma evidenciando así

que esta depende mucho de las sociedades constituidas, contradiciendo a que la ley según

Locke es inmutable y absoluta.

El autor para demostrar esta ley natural ya mencionada utiliza un argumento muy válido

el mismo que es relacionado con “la universalidad de la conciencia”[4], en relación con

lo que menciona Aristóteles el autor concuerda con el mismo pues establecen la existencia

de principios morales que son reconocidos por todos los seres humanos como legítimos (

con valor genuino) para que estos principios tengan fundamento debe existir una ley

natural, esta debe ser previa a la existencia de los principios morales para darles la

categoría de universales, es decir que convoquen a los seres humanos a respetar las

conductas que determinen sus acciones.

Jhon Locke, haciendo una diferencia a los estoicos y las concepciones de Grocio,

establece que el “niega la posibilidad de que el hombre pueda acceder a las verdades

morales de la Ley natural de manera innata”[5]. Entendiendo que tiene certeza que la

razón muchas veces intenta buscar la verdad en los axiomas naturales, pero Locke es muy

neutral cuando dice que no hay que confundir el papel de quien hace con el que descubre

explicando que el hacedor está reservado únicamente para Dios considerado por el autor

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