EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
Enviado por Adrian43 • 9 de Diciembre de 2015 • Apuntes • 7.568 Palabras (31 Páginas) • 162 Visitas
TEMA 1: EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
Concepto y función del derecho:
· Hombre en sociedad.
· Resolver conflictos de interés.
· Autoridad común.
· Convivencia entre seres humanos hace posible el nacimiento del derecho.
El derecho implica sociedad; sin ella no hay derecho. Así que diremos que el derecho va a surgir de una sociedad, que lo componen para poder sobrevivir -> necesidad de la sociedad para la convivencia (normas de convivencia).
Éstas no tendrían fuerza si no estuviera detrás de una fuerza coactiva; donde la autoridad sanciona y bella por las normas y las ejecuta.
Tiene que ser un sistema aceptada y valido, además de ser coercitivo (capacidad de impartir el derecho e incluso sancionar).
DERECHO: Conjunto de normas de conducta externa del sujeto, en sus relaciones con los demás, enunciadas por los órganos competentes e impuestas coactivamente a los ciudadanos.
FUENTES: Formales -> Recipientes de las normas; ley reglamento.
Informales -> Las que crean las normas.
El ordenamiento como sistema de normas:
Organización de la coexistencia:
1.-Conjunto de normas delimitan las facultades y los deberes de cada uno.
2.- Autoridad que haga efectivas esas normas y vele por los intereses generales.
3.- Resuelve las contiendas (opiniones que se enfrentan) (Poder Judicial) - Estado de derecho.
El ordenamiento como sistema de normas:
El derecho no es sólo un conjunto de reglas, sino, adicionalmente, una organización que las hace valer, ambos componen el ordenamiento jurídico.
La norma jurídica: concepto y estructura.
a) Derecho subjetivo: facultad-> Tengo derecho a cobrar la jubilación.
b) Derecho objetivo: regulación -> Para cobrar tiene que haber…
Concepto: Norma jurídica ordena algo cuya eficacia vinculante mantiene el poder público.
Norma: contiene un mandato pero solo de la proposición jurídica completa, la que tiene la supuesta antecedente y la consecuencia jurídica.
a)Proposición jurídica completa: supuesto antecedente y consecuencia jurídica.
b)Proposición jurídica incompleta: no entraña por si sola un mandato, necesita integrarse en otras.
Combinación más simple la remisión: art. 1541 Cc,art. 1976.
Definiciones legales: art. 348Cc, 430Cc, 33Cc, 355Cc.
CARACTERÍSTICAS DE LA NORMA:
Abstracción: desvinculación del supuesto de hecho de la norma de situación real y concreta. El supuesto de hecho describe una situación hipotética, actual o futura que siempre que exista dará lugar a la consecuencia jurídica. Arts. 1902, y 807 del Cc.
Generalidad: norma no se refiere a la persona concreta sino a todos los ciudadanos que resulten afectados por ella. Existe una norma que afecte a una persona actual (al rey; es ininputable).
ESTRUCTURA: La proposición jurídica completa reviste la forma de un juicio hipotético.
1.- Supuesto de hecho: se somete a la puesta en actividad de la norma.
2.- Consecuencia jurídica. Arts. 356, 921, 1201…
Clases de normas:
a) Derecho Común: sistema completo y autónomo; Derecho Civil.
b) Derecho Especial: derecho incompleto. Justifica por la singularidad de la materia. EJ: Derecho Mercantil, Laboral.
c) Derecho General: aplicable a la totalidad del Estado Español.
d) Derecho Particular: aplicable a una parte del territorio del Estado; Derecho Autonómico.
e) Derecho excepcional: surge por circunstancias particulares; en supuestos de catástrofes, dispensa el pago de la hipoteca o la renta de alquiler por estar en paro y en contra de la norma general del cumplimiento de los pactos.
f) Normas imperativas: no se pueden eliminar por la voluntad de las partes.
g) Normas dispositivas: se pueden eliminar por la voluntad de las partes.
TEMA 2: LAS FUENTES DEL DERECHO.
Las fuentes del derecho:
->Fuentes del derecho materiales: grupos sociales con facultad normativa creadora (organismos que crean normas que la sociedad ha de cumplir).
Ej: ·A nivel estatal se crean las leyes en el congreso de los diputados y el senado.
·A nivel autonómico las crea la Generalitat de Cataluña.
->Fuentes del derecho formales: modos a través de las cuales se exteriorizan las normas jurídicas (a través de una ley, de un decreto ley…).
->Fuentes directas: aquellas fuentes que contienen en si mismas la norma jurídica.
Ej: la ley, los principios generales, la costumbre (forma espontánea y popular de ejercer el derecho (art.1.3), solo se aplicará la costumbre cuando no haya ley y siempre que esa costumbre sea probada) …
->Fuentes indirectas: aquellas fuentes que no contienen en si misma la norma jurídica, pero nos van a ayudar al mejor entendimiento y interpretación de la norma jurídica. No se puede exigir que se apliquen siempre.
Ej: ·La jurisprudencia: el conjunto de sentencias que han resuelto sobre un mismo asunto coincidiendo en los criterios jurídicos aplicados. Doctrina que de modo reiterado establece el tribunal supremo o los tribunales de justicia de las comunidades autónomas. Aplican la ley, sino la costumbre y sino los principios generales del derecho.
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