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EL ÍTER CRIMINIS


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  525 Palabras (3 Páginas)  •  607 Visitas

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I.- EL ÍTER CRIMINIS

El hecho punible tiene todo un proceso o desarrollo conocido como Iter Criminis, el cual tiene dos fases:

1. Fase Interna:

Como sabemos el Derecho Penal sanciona conducta y no pensamientos. Esta fase no se castiga ya que se encuentra dentro del pensamiento de la persona. Aquí hallamos 3 momentos:

1.1. Ideación.- Consiste en imaginarse el delito. Ejm: A quiere matar a B.

1.2. Deliberación.- Es la elaboración y desarrollo del plan, apreciando los detalles y forma en que se va a realizar. Ejem: A puede utilizar un arma de fuego y sorprender durante la noche a B.

1.3. Decisión.- El sujeto decide poner en práctica el plan. Ejem: A decide matar a B, con un arma de fuego y durante la noche.

2. Fase Externa:

En esta fase se exterioriza la fase interna, o sea, los actos planeados por la persona se realizan en el mundo exterior con el propósito de cometer un delito. Esta fase se divide en:

2.1. Actos Preparatorios.- Son aquellos que se presentan con anterioridad a la ejecución del delito y que están dirigidos a facilitarlo. En principio, los actos preparatorios no son punibles, salvo cuando en forma independiente constituyen delito. Ejem: A planea cometer un homicidio y para ello se agencia en el mercado negro de un arma de fuego. El delito presente en ese instante es el de posesión ilegal de arma de fuego.

2.2. Actos de Ejecución.- Estos aparecen con la exteriorización del pensamiento humano mediante conductas que tienen una determinada finalidad. Los actos de ejecución implican acciones u omisiones que están dirijidas a configurar el tipo penal. Ejem: A apunta a la cabeza de B y dispara un arma de fuego.

Si los elementos del tipo se dan completamente, estamos ante la consumación del delito. En el caso: B

muere a causa del disparo. Se consumó el homicidio. Si los elementos del tipo no se presentan completamente, el delito queda en tentativa. Supongamos que B no muere, quedando gravemente herido. Habría tentativa de homicidio, pero se configuraría el delito de lesiones.

Resumimos, entonces, a este nivel que la realización del delito se lleva a cabo en un proceso general que consta de dos etapas claramente diferenciadas: una primera, donde hallamos la ideación, deliberación y decisión criminal (etapa interna) ; y otra, que se presenta cuando el agente pone en obra la decisión (etapa externa) : proveyéndose de los medios o instrumentos elegidos, con miras a crear las R

condiciones para lograr la obtención del fin [actos preparatorios], comienza la utilización concreta de los medios elegidos en la realización del plan [actos de ejecución], y puede llegar a completar en su totalidad la acción descrita en el tipo, con todos sus efectos, est es, la obtención del fin típico planeado mediante los medios utilizados por el autor [consumación], y con ello lograr el objetivo que

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