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ENSAYO ROSENDO RADILLA PACHECO


Enviado por   •  3 de Febrero de 2014  •  436 Palabras (2 Páginas)  •  1.190 Visitas

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ROSENDO RADILLA PACHECO

Rosendo trabajó para la educación y la salud de su pueblo, fue también presidente municipal, secretario general de la CNC (Confederación Nacional Campesina), presidente de la asociación de padres de familia de la escuela Patronato Pro Escuela Federal Modesto Alarcón escuela primaria en Guerrero, participó en el presidio del “acto inaugural del Congreso Campesino Extraordinario de la Liga Revolucionaria del Sur Emiliano Zapata y de la C.C.I.”. También fue miembro de la Convocatoria del Comité Cívico Guerrerense. Compuso corridos de las situaciones sociales que ocurrían en su estado natal. Mantuvo una estrecha relación con Lucio Cabañas (Maestro de esa escuela y líder de movimiento social). El 25 de Agosto de 1974, su hijo Rosendo Radilla Martínez de 11 años, acompañó a su padre a la huerta, de regreso a Chilpancingo unos militares detuvieron a Rosendo Radilla Pacheco en un pueblo delante de Atoyac de Álvarez. La detención fue con la excusa de que Rosendo componía corridos para Lucio Cabañas y por tener vínculos con Lucio y Genaro Vázquez Rojas ambos guerrilleros en 1974. Rosendo siguió cantando corridos hasta que un día lo sacaron lo subieron a una camioneta "pickup" desde esa fecha no se supo de el. La principal arma que tenían contra la sociedad era la desaparición forzada, ya que por medio de esta, también asustaban a los familiares de los desaparecidos.El Estado mexicano es condenado por la desaparición forzada del Sr. Rosendo Radilla en el periodo conocido como la Guerra Sucia; agravado también por la existencia de violaciones sistemáticas y masivas a los derechos humanos.

Al no hallar justicia en el país, los familiares acudieron en noviembre de 2001 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que el 27 de julio de 2007 emitió una serie de recomendaciones al Estado mexicano al respecto.

La sentencia fue dictada el 23 de noviembre de 2009, en la que la Corte resolvió en base a la Convención Americana de la Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas lo siguiente:

Los representantes expresaron que el 12 y 16 de agosto de 2011, en diversos diarios de circulación nacional se informó que el Estado había procedido a la consignación ante un juez de las cantidades fijadas por concepto de daños material e inmaterial en la Sentencia. Precisaron que dichas notas "exponen montos precisos, beneficiarios y la fecha de la consignación, así como el juzgado ante el cual se consignaron los recursos". Los representantes consideraron que esta información pone en riesgo a la "familia Radilla", pues el Estado de Guerrero "es sumamente violento e inseguro y la familia Radilla no está exenta de esa grave realidad".

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