ENSAYO SOBRE LOS ACTOS PROCESALES Y NULIDADES
Enviado por Frankk Marchán • 3 de Octubre de 2015 • Ensayo • 1.575 Palabras (7 Páginas) • 215 Visitas
LOS ACTOS PROCESALES Y NULIDADES
Se refiere a todos aquellos actos procesales que están regulados por las leyes penales adjetivas venezolanas, es toda expresión de voluntades que concibe una consecuencia jurídica dentro del proceso independientemente de la manifestación de los particulares o del estado. La definición de la nulidad procesal es la penalidad de ineficacia mediante la cual se impide a un acto o actuación del proceso o a todo él, de sus consecuencias normales previstas por la norma jurídica, cuando en su ejecución no se han guardado las formas prescritas por aquélla. Los recaudos para los actos procesales tienen que formalizarse por aquellos que tienen las facultades que las normas de enjuiciamiento exigen. Las leyes procesales requieren que las partes tengan personalidad, que tengan capacidad para comparecer en juicio y que la parte tenga que suplir su incapacidad de postulación. En el caso de los jueces y magistrados que tengan jurisdicción y competencia.
Los actos procesales son en su mayoría actos unilaterales y receptivos, esto quiere decir que se corrigen cuando la afirmación de voluntad, que es su constreñimiento, llega al conocimiento de la parte interesada de la misma: el juez o las partes. En otras oportunidades el acto no es unilateral sino complicado, caso de la sentencia dictada por un tribunal. La Nulidad determinada en beneficio de una de las partes no puede ser solicitada por otra. La Nulidad de los actos procesales efectuados ente o por un juez está especialmente señalada en el código de procedimientos civiles y esta es calificada como el mismo como de “pleno derecho y por tanto no requiere declaración judicial”. Establece también el código de procedimientos civiles en relación con la nulidad de las actuaciones que esta “debe de reclamarse en la actuación subsecuente, pues de lo contrario aquella queda revalidada de pleno derecho.
Tiempo de los actos procesales, términos y plazos son: Primeramente en un sentido, constituye el tiempo dispuesto para la ejecución de actos procesales. Año judicial va desde el 15 de septiembre al 15 de agosto de cada año natural. Además de los días del mes de vacaciones, son inhábiles para la realización de actos procesales los domingos, los días de fiesta nacional, los festivos en las respectivas y en la localidad que se trate. Aunque pueden los jueces y tribunales habilitar días inhábiles para la realización de actos que se consideren urgentes. Horas hábiles son las que van desde las 8 de la mañana a las 8 de la noche. Para los actos de notificación y ejecución en el proceso civil también son hábiles las horas que van desde las ocho a las diez de la noche. Sus características son: La oralidad o la escritura, en el ordenamiento jurídico venezolano es válido que los actos procesales tengan forma escrita u oral, los procesos son mayormente orales, sobre todo el de materia penal, en nuestro ordenamiento procesal no existe ningún proceso que en su totalidad sea oral, esto debido a la necesidad de que ciertos actos procesales sean exclusivamente en forma escrita, lo que nuestros legisladores quieren y estos tiempos modernos en que vivimos nos exigen que todos aquellos actos que suponen el médula central del proceso sean realizados en forma oral, para así poder concentrarlos en una vista y que se realicen de forma necesaria ante la presencia judicial haciendo estos más rápido a la hora de ejecutarse, cuando los actos son verbales, estos aplica la documentación para permitir su perseverancia y su transcripción en instancia superiores. Se exige en la documentación que se adopten las garantías imprescindibles de autenticidad.
En los orales estos actos procesales deben expresarse en idioma español, como lengua oficial del Estado Venezolanos, principio de la traducción cuando se produzca el desconocimiento de la lengua española por el agente del acto procesal. Se podrá usar la lengua oficial propia si ello no produce indefensión a las partes. En lo que se refiere a los actos de parte, así como los de terceras personas, se permite en todo caso la utilización de la lengua oficial de la Comunidad Autónomo, tanto si los actos son orales como escritos, sometidas a la traducción del español,ningún acto procesal de parte puede expresarse en lengua extranjera, por el contrario, cuando se trata de actos orales departe o de terceras personas, el desconocimiento por éstos de la lengua española impone lógicamente que se exprese en su propia lengua aunque para la plena validez del acto deberá ir acompañado de la traducción de intérprete jurado o de persona conocedora de la lengua empleada siempre que preste previamente juramento o promesa de ser fiel en la traducción. La publicidad en los actos procesales son, en principio, públicos, aunque la Ley admite excepciones. La publicidad es una exigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Diferencia la publicidad interna y la externa. Los actos procesales son públicos para las partes interesadas. Igualmente, los actos procesales son públicos para los ciudadanos esto con el fin de que la actividad judicial pueda ser en todo proceso inspeccionada por los integrantes de nuestra sociedad. Son siempre secretos las deliberaciones de los tribunales y el resultado de las votaciones, siempre que el disidente o disidentes no emitan voto particular.
...