ESTATUTO DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE
Enviado por albertitointri • 13 de Diciembre de 2013 • 639 Palabras (3 Páginas) • 1.245 Visitas
ADECUACIÓN
ESTATUTO DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE
COMERCIAL MIXTO DE PASAJEROS Y CARGA LIVIANA “SAN MATEO”
TÍTULO PRIMERO
GENERALIDADES Y PRINCIPIOS
Artuculo 1.- ADECUACIÓN DE ESTATUTOS: la cooperativa de transporte comercial mixto de psajeros y carga liviana “SAN MATEO”
Actualmente funcionando en legal y debida forma, adecua su estatuto social, sometiendo actividad y operación de la Ley Organica de la Economia Popular y Solidaria y del sector Financiero Popular y Solidario, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, y de conformidad con la regulación dictada para el efecto.
Artículo 2.-DOMICILIO, RESPONSABILIDAD Y DURACIÓN: El domicilio principal de la Cooperativa de transporte comercial mixto de pasajeros y carga liviana “SAN MATEO” es en la parroquia San Mateo Cantón Manta, provincia de Manabi y, cuando su actividad así lo demande, previa autorización de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, la cooperativa podrá abrir oficinas operativas en cualquier parte del territorio nacional.
La cooperativa será de responsabilidad limitada a su capital social; la responsabilidad personal de sus socios estará limitada al capital que aportaren a la entidad.
La cooperativa será de duración limitada, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse por las causas y el procedimiento previstos en la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario.
Artículo 3.- OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tendrá como objeto social, la prestación del servicio de transporte en la modalidad de transporte mixto con eficiencia y responsabilidad, con la conducción de choferes profesionales, en vehículos tipo camionetas doble cabina de conformidad con la autorización conferida por la Autoridad de Transporte y Tránsito competente, a cambio de una contraprestación económica o tarifa que permita el sustento diario de los socios y sus familias en busca de su desarrollo social y económico.
Artículo 4.- ACTIVIDADES: Sin perjuicio de las actividades complementarias que le fueren autorizadas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, la cooperativa podrá efectuar todo acto o contrato lícito, tendiente al cumplimiento de su objeto social, especialmente, los siguientes:
1.Adquirir, administrar, arrendar, enajenar, importar y exportar, toda clase de bienes muebles, inmuebles, vehículos, necesarios para el cumplimiento de su objeto social;
2.Fomentar el desarrollo cultural, social y moral de sus socios organizando eventos educativos, sociales, culturales y deportivos, y gestionando becas para su capacitación;
3.Brindar asesoramiento y asistencia técnica a sus socios, procurando la unificación de la marca de los vehículos
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