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Estatutos Para Conformar Cooperativa


Enviado por   •  11 de Agosto de 2013  •  12.887 Palabras (52 Páginas)  •  390 Visitas

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ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA __________________________________________________________________________________________________________________

CAPITULO I

RAZÓN SOCIAL, DOMICILIO, ÁMBITO

TERRITORIAL DE OPERACIONES, DURACIÓN.

ARTÍCULO 1º. Naturaleza y razón social. La Cooperativa_____________ cuya sigla es _________________ es una persona jurídica de derecho privado, empresa asociativa sin ánimo de lucro, de responsabilidad limitada, de número de asociados y patrimonio social variable e ilimitado, regida por la ley, los principios universales del cooperativismo y el presente estatuto.

ARTÍCULO 2º. Dominio y ámbito territorial. El domicilio principal de la Cooperativa es el municipio de ________________, departamento de__________, tiene como ámbito de operaciones dirección_____________, y teléfono ______________, podrá extenderla a toda le región y establecer oficinas en cualquier parte del país o del exterior que sean necesarias para la prestación de sus servicios, según las normas legales vigentes para tales propósitos.

ARTÍCULO 3º. Duración: La duración de la cooperativa es indefinida pero puede disolverse y liquidarse en cualquier momento en los casos previstos por la ley y el presente estatuto.

ARTÍCULO 4º. Normas que nos rigen. La cooperativa___________ se regirá por los principios y valores universales del cooperativismo, por las normas legales vigentes y en general por las normatividad solidaria y en general por las normas del derecho aplicable a su condición de persona jurídica. Nota: Tener en cuenta lo señalado en el artículo 19 de la Ley 79 de 1988.

CAPÍTULO II

OBJETIVO DEL ACUERDO COOPERATIVO Y ACTIVIDADES

ARTÍCULO 5. Objeto social. El acuerdo cooperativo, en virtud del cual se constituye y coloca en funcionamiento la cooperativa, tiene como objetivo primordial contribuir al mejoramiento social, económico y cultural de sus asociados y al desarrollo de la comunidad en general, mediante la producción y/o fabricación y comercialización de productos en general y alimenticios y prestación de servicios, actuando con base principal en el esfuerzo propio, la aplicación y práctica de los principios y métodos cooperativos y una eficiente administración.

En desarrollo de su objeto social podrá:

1. Contribuir al fortalecimiento de la solidaridad, la ayuda mutua y la democracia.

2. Asesorar en forma permanente y sistemática para crear microempresas fortaleciendo el desarrollo y crecimiento económico de sus asociados y la comunidad.

3. Planear, organizar y prestar servicios de interés común para los asociados y de beneficio social para la comunidad. Producir y distribuir bienes y servicios.

4. Promover el servicio de crédito a los asociados, canalizando recursos para su desarrollo económico. Crédito productivo.

5. Organizar, servicios especializados aprovechando los recursos humanos y técnicos disponibles.

6. Facilitar a los asociados el suministro de todos los artículos que sean necesarios para cubrir sus necesidades.

ARTÍCULO 6. Actividades y servicios. Para el logro de sus objetivos la Cooperativa realizará las siguientes actividades.

1. Producción y/o fabricación y Comercialización de productos en general y alimentos, consumo y Servicios especiales,

2. Aportes y Crédito,

3. Micro empresarial.

De la sección comercialización, consumo y servicios especiales.

1. Adquirir directamente de la industria en general, el comercio mayorista y sus asociados, productos y mercancías en general conforme a lo establecido en la ley.

2. Suministrar materia prima para la producción de bienes en general y alimentos a los asociados y consumidores en general.

3. Comercializar productos de calidad, atractivos y adecuados para el consumidor y que puedan competir con los existentes en el mercado.

4. Distribuir productos a precios favorables para los asociados y comunidad en general.

5. Suministrar toda clase de artículos y elementos de trabajo para cubrir necesidades de los asociados.

6. Realizar contratos y convenios para la prestación de servicios tendientes al cumplimiento de los objetivos propuestos.

7. Establecer acuerdos con otras Entidades Cooperativas para organizar programas de mercadeo y comercialización de productos con base en los principios cooperativos.

De la sección de aportes y crédito.

Tendrá por objeto:

1. Establecer el servicio de crédito para los asociados con base en sus aportes sociales, con garantía personal, prendaria o hipotecaria, con fines productivos, para el mejoramiento personal o familiar y para casos de calamidad doméstica.

2. Establecer el servicio de crédito de bienes y servicios.

3. Servir de intermediario con entidades de crédito con el fin de impulsar campañas de fomento y desarrollo económico – social para los asociados, tal como lo reglamente el Consejo de Administración.

De la sección microempresarial.

Tendrá por objeto, contribuir en la organización, promoción, creación y fortalecimiento de microempresas según intereses, capacidades y necesidades de los asociados.

ARTÍCULO 7º. Actos Cooperativos y sujeción a los principios. Las actividades previstas en el artículo anterior que la cooperativa realice con sus asociados o con otras Cooperativas en desarrollo de sus objetivos sociales constituyen actos cooperativos y en su ejecución se dará aplicación a los principios básicos del cooperativismo, así como a sus métodos y procedimientos universalmente aceptados. La Cooperativa, por medio de sus árganos competentes, podrá organizar los establecimientos y dependencias administrativas que sean necesarias de conformidad con las normas legales vigentes y realizar toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios jurídicos lícitos que se relacionen directamente con el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus objetivos. Los diversos servicios de la Cooperativa podrán ser organizados en secciones de acuerdo con las características de cada tipo.

ARTÍCULO 8º. Reglamentación de los servicios. Para el establecimiento de los servicios de la Cooperativa, el consejo de administración dictará las reglamentaciones particulares donde se consagren los objetivos específicos de los mismos, sus recursos económicos de operación, la estructura administrativa que se requiera, como todas aquellas disposiciones que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de su objeto social.

ARTÍCULO 9º. Convenios para prestación de servicios.

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