EXPEDIR EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
Enviado por kevin19980 • 12 de Diciembre de 2018 • Informe • 1.756 Palabras (8 Páginas) • 282 Visitas
Universidad de Guayaquil
Consejo Universitario
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Resolución RCU-SE-14-55-04-2016
Gl ayaquil, abril 25 de 2016
Señores
MIEMBROS DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO
Ec. Chistian Cordero Nicolaide, Director Departamento Financiero
Ing. Gabriel Cabezas Martínez, Director Unidad de Talento Humano
Ab. José Bajaña Pérez, Director del Departamento de Asesoría Jurídica
Ing. Karla González Vizuete, Directora del Centro de Cómputo
C.P.A. Marcos Carrera, Tesorero de la Universidad
Ing. Edison Ricaurte Lozada, Director Departamento Administrativo
Ing. Xavier Varas Suárez, Director Departamento de Planificación Universitaria
Ing. Francisco Montesdeoca Coello, Auditor Interno
Lcda. María Belén López Morante, Directora de Relaciones Públicas Ciudad.-
Cumplo en participarles que el Consejo Universitario, en la ll sesión extraordinaria celebrada el 7 de abril de 2016, resolvió, por unanimidad, aprobar el Código lle Ética, contenido en memorándum No. UG-432-JBP-AJ-2016, de 17 de rnarzo de 2016, suscrito por el Ab. José Bajaña Pérez, Director de Asesoría jurídica; y, Ab. Corina Cabezas Ponce, Jefe de Normativa.
La presente Resolución cuenta con visto bueno de la Comisión Interventora, contenido en oficio No. CES-ClFlUG-2016-0186-O, de 22 de abril de 2016.
Particular que pongo en vuestro conocimiento para su observación, aplica tión y ejecución.
Atentamente,
[pic 2] LO CERTIFICO: [pic 3]70,zÂJ[pic 4]
Ab. Gunter Morán Kuffó SECRETARIO GENERAL
on copia a: Sr. Presidente de Comisión Interventora[pic 5]
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EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO
DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
Considerando:
Que, el artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación Superior prescribe que, el Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República;
Que, el Art. 27 de la Constitución de la República del Ecuador establece que, "la educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual v comunitaria. v el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional";
Que, el Art. 355 de la Constitución de la República del Ecuador establece que, el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución. Dicha autonomía garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones; el gobierno y gestión de sí mismas, en consonancia con los principios de alternancia, transparencia y los derechos políticos; y la producción de ciencia, tecnología, cultura y arte;
Que, el Art. 2 de la Ley Orgánica de Educación Superior, señala: "Esta Ley tiene como objeto definir sus principios, garantizar el derecho a la educación superior de calidad que propenda a la excelencia, al acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna".
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Que, el Art. 2 del Reglamento de Régimen Académico, establece entre sus objetivos: [...] "a. Garantizar una formación de alta calidad que propenda a la excelencia y pertinencia del Sistema de Educación Superior, mediante su articulación a las necesidades de la transformación y participación social, fundamentales para alcanzar el Buen Vivir
Que, es deber de la Universidad de Guayaquil, armonizar su normativa interna, en observancia a la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Educación Superior, su Reglamento General de aplicación, así como a la demás normativa expedida por los organismos competentes (CES, SENESCYT, CEAACES); RESUELVE: EXPEDIR EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL CAPíTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Finalidad.- El presente instrumento tiene como finalidad fortalecer la aplicación de los principios que orientan e identifican a la Universidad de Guayaquil, permitiendo la consolidación de su misión y visión institucional, y la funcionalidad de las relaciones académicas, sociales y personales que se desarrollan dentro de su entorno. Artículo 2.- Alcance.- El Código de Ética de la Universidad de Guayaquil consagra las reglas y principios éticos que forman parte de la cultura Institucional y rigen la conducta de todos los miembros | ||
de la Universidad en sus actividades académicas, sociales y administrativas.
Artículo 3.- Ámbito de Aplicación.- El presente instrumento rige sobre todos los miembros de la Universidad de Guayaquil, es decir, autoridades, personal académico, estudiantes, personal administrativo y de servicio y demás representantes ante los diferentes Órganos de Gobierno de la institución.
CAPíTULO ll
DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS
Artículo 4.- Los valores y principios orientadores sobre los que se sustentarán las interrelaciones, decisiones y prácticas de los miembros de la Universidad de Guayaquil son:
a. Respeto: [pic 8]
Se respeta el pluralismo ideológico académico de los miembros de la [pic 9] ue uüàyàqüil éi-i él iiiãiCü ue Constitución y de las leyes.
ii. Se prohíbe todo tipo de discriminación u hostigamiento por motivo de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma,
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