Educacion Juridica
Enviado por CesarBarroeta • 28 de Abril de 2013 • 3.215 Palabras (13 Páginas) • 362 Visitas
LA EDUCACIÓN JURÍDICA
La educación jurídica puede ser conceptualizada desde diversos puntos de vista. Lo entendemos como el conjunto de conocimientos y experiencias que permiten comprender y usar el derecho en la sociedad.
Distinción entre educación Jurídica formal y educación jurídica informal:
La educación Jurídica formal: es el entrenamiento oficial en instituciones universitarias que acreditan a un individuo para el ejercicio del derecho, por lo menos en una jurisdicción determinada.
Las diferentes Escuela de Derecho, que funcionan en Venezuela, tienen como objetivo central la formación y capacitación de sus educandos para la obtención del titulo de Abogado, que se otorga a la conclusión de los estudios. El abogado que egresa de las Escuelas de Derecho está capacitado para actuar ante los organismos judiciales y administrativos, en representación de particulares, o instituciones públicas; elaborar dictámenes que se deriven de diversos actos públicos, o dedicarse a la docencia universitaria. Igualmente, se encuentra habilitado para asesorar empresas u organizaciones privadas, desempeñar cargos dentro de la Magistratura, desarrollar investigaciones científicas en él ámbito del Derecho, y elaborar documentos jurídicos de diversa índole.
La educación jurídica informal sería el conjunto de conocimientos y experiencias adquiridas a través de la familia, grupos de amigos, medios de comunicación, contactos con tribunales y el posterior ejercicio profesional entre otros, y que no acreditan oficialmente a un individuo para el ejercicio del derecho.
Entenderemos a la educación Jurídica como un área de estudio, la cual estudia el proceso de cambio que se va generando en el estudiante de derecho desde el momento que inicia la carrera hasta que formalmente la culmina.
La educación jurídica en muchos sentidos será entonces un fenómeno cultural específico. A la par de las diferencias políticas, sociales, económicas y Jurídicas, existen razones suficientes para considerarlas, como factores importantes al momento de analizar la educación jurídica formal, la cual en ningún momento podrá ser entendida fuera de su entorno.
CARACTERISTICAS DE LA EDUCACIÓN JURÍDICA
La educación jurídica también se ha caracterizada por tener una parte dogmática y una parte critica,
La parte dogmática esta formada por las materias comunes, como derecho constitucional, mercantil, procesal, penal, laboral, de personas y familia, que no han cambiado con el transcurrir del tiempo y que la mayoría de veces se basan en leyes y códigos que han sido poco modificados.
La parte crítica que esta formada por metodologías educativas que exigen la participación estudiantil.
En los últimos años se han añadido asignaturas que no son usuales en las escuelas de derecho de Venezuela, pero que las más reconocidas del mundo las han incorporado. Son asignaturas como Medios alternativos de resolución de conflictos, Simulación de juicios nacionales e internacionales y la resolución de casos en el aula.
Entre los elementos sociales que han intervenido en la evolución de la profesión jurídica, encontramos: la política y la economía, además de los medios de comunicación.
La política, por que es ella quien a través del poder ejecutivo, cambia, modifica y pone en vigencia las leyes.
La economía, también tiene mucha influencia en la profesión del derecho, sobre todo en el mercantil, ya que impone reglas de aduana, precios de productos y servicios y por último
los medios de comunicación y la tecnología, como por ejemplo el Internet, el cual ha modificado la actitud del abogado, ahora puede llevar sus servicios a otros países, mediante el uso de la misma sus métodos de trabajo han cambiado un poco, se agiliza la labor en la oficina y el conocimiento de la jurisprudencia y las leyes.
EDUCACIÓN DOGMÁTICA Y EDUCACIÓN CRÍTICA
LA EDUCACIÓN DOGMÁTICA
Dogma
: Del latín Opinión y del Griego Dokein, Creer. El dogma, es el principio fundamental de la doctrina filosófica y religiosa, declarado como verdadero e innegable. La fuente del dogma es LaRevelación Divina´, cualquiera que sea la vía por la cual llegue, sea por escritura o tradición. El dogma aunque en si mismo no experimenta cambio alguno y se traduce en formulas, que pueden variar a través de las edades.
La educación dogmática está presidida por un pensamiento unidireccional, y basada en principios, que en la mayoría de los casos, son experiencias, que son contrarias a la realidad de las cosas, sus contenidos o los verdaderos conocimientos. La misma es arbitraria que en muchos casos deja a un lado la visión absoluta de los hechos, y donde el sentido puro y originario, se pueden ver contaminados por la intuición y la percepción de aquel que la imparte.
Que es la Dogmática Jurídica
Es aquella que viene a estar dada alrededor del derecho positivo. La dogmática jurídica estudia el derecho vigente en determinado espacio y tiempo históricos que se precisan en el ordenamiento jurídico de un país que, bajo la forma de repúblicas o monarquías constitucionales, no es sino una parte de la sociedad humana organizada con reglas y preceptos que establecen derechos y obligaciones.
La dogmática jurídica se identifica con la ciencia jurídica a partir del hecho de destacar el ámbito estrictamente normativo que se deduce concretamente del derecho positivo. Sin embargo, este último no tiene por qué entenderse como limitado inexorablemente al positivismo de las normas. En ese sentido, es de destacar lo afirmado por autores como Radbruch acerca de que la ciencia jurídica estrictamente concebida como dogmática del derecho puede ser definida como: la ciencia que versa sobre el sentido objetivo del derecho positivo.
Ese sentido objetivo del derecho positivo es lo que permitiría la diferenciación de la ciencia jurídica en estricto respecto de la historia del derecho y de la ciencia del derecho comparado, de la sociología y la sicología jurídicas. Si bien los sociólogos se interesan por las causas fácticas o por la conducta ínter subjetiva, y los historiadores comprenden el hecho en lo que fue en el pasado, es con los filósofos con quienes encuentra una plena distinción el jurista, dado que el filósofo (en términos reduccionistas) se ocupa, en general, del sentido absoluto del hecho, sin limitación de tiempo y espacio, a diferencia del jurista, que estudia el sentido del hecho concretamente en un momento y espacio determinados, interpretando, integrando y sistematizando un ordenamiento jurídico específico en aras de su aplicación justa y racional.
EDUCACIÓN CRÍTICA
La educación crítica por el
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