La Educacion Juridica
Enviado por silvanna21 • 15 de Septiembre de 2012 • 5.958 Palabras (24 Páginas) • 467 Visitas
INTRODUCCIÓN.
Un abogado es aquella persona, licenciada en derecho e inscrita en un Colegio de Abogados, que ejerce profesionalmente el asesoramiento y consejo en materia legal así como la dirección y defensa de las partes en juicio y toda clase de procesos judiciales y administrativos.
Los abogados son los principales cooperadores o agentes que intervienen en la administración de justicia.
El abogado al ser un profesional específicamente preparado y especializado en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o 'justiciable'.
Debe destacarse que además de su intervención en juicio, una función básica y principal del abogado es la preventiva. Con asesoramiento, una correcta redacción de los contratos y documentos, etc, se evitan conflictos, de forma que el abogado, más que para los pleitos o juicios, sirve para no llegar a ellos.
Diversos colectivos profesionales prestan servicios cercanos a los de los abogados, y se trata de profesionales altamente cualificados, pero especializados en el asesoramiento o la gestión de cuestiones o en materias muy concretas. El único profesional habilitado para el trámite completo de una cuestión judicial es el abogado.
A través de los Colegios de Abogados o de los organismos pertinentes (según los países) existen servicios de asistencia jurídica gratuita para los ciudadanos que carecen de medios económicos.
La actuación profesional del abogado se basa en los principios de libertad e independencia. El principio de buena fe preside en las relaciones entre el cliente y el abogado, que está sujeto al secreto profesional.
Las diferentes Escuela de Derecho, que funcionan en Venezuela, tienen como objetivo central la formación y capacitación de sus educandos para la obtención del titulo de Abogado, que se otorga a la conclusión de los estudios.
El abogado que egresa de las Escuelas de Derecho está capacitado para actuar ante los organismos judiciales y administrativos, en representación de particulares, o instituciones públicas; elaborar dictámenes que se deriven de diversos actos públicos, o dedicarse a la docencia universitaria. Igualmente, se encuentra habilitado para asesorar empresas u organizaciones privadas, desempeñar cargos dentro de la Magistratura, desarrollar investigaciones científicas en el ámbito del Derecho, y elaborar documentos jurídicos de diversa índole.
La educación jurídica, esta caracterizada por enseñanza de diferentes materias y cursos jurídicos usuales, como Introducción al Derecho, Derecho Constitucional, Civil, Mercantil, Procesal, Penal, Tributario, Laboral, Internacional Público y Privado, que le proveerán de los conocimientos jurídicos básicos y el entrenamiento en el razonamiento jurídico.
La educación jurídica también se ha caracterizada por tener una parte dogmática y una parte critica, la parte dogmática como ya lo especificamos esta formada por las materias comunes, como derecho constitucional, mercantil, procesal, penal, laboral, de personas y familia, que no han cambiado con el transcurrir del tiempo y que la mayoría de veces se basan en leyes y códigos que han sido poco modificados.
Y una parte crítica que esta formada por metodologías educativas que exigen la participación estudiantil.
En los últimos años se han añadido asignaturas que no son usuales en las escuelas de derecho de Venezuela, pero que las más reconocidas del mundo las han incorporado.
LA EDUCACIÓN JURÍDICA.
Esta caracterizada por la enseñanza de diferentes materias y cursos jurídicos usuales, como Introducción al Derecho, Derecho Constitucional, Civil, Mercantil, Procesal, Penal, Tributario, Laboral, Internacional Público y Privado, que le proveerán de los conocimientos jurídicos básicos y el entrenamiento en el razonamiento jurídico. La educación jurídica también se ha caracterizada por tener una parte dogmática y una parte critica, la parte dogmática como ya lo especificamos esta formada por las materias comunes, como derecho constitucional, mercantil, procesal, penal, laboral, de personas y familia, que no han cambiado con el transcurrir del tiempo y que la mayoría de veces se basan en leyes y códigos que han sido poco modificados.
CRÍTICAS A LA EDUCACIÓN JURÍDICA
Entre los principales problemas de la enseñanza del derecho, podemos destacar: Está muy extendida entre docentes y alumnos la concepción del derecho como si fuera sólo un conjunto de normas escritas, y por lo tanto, su estudio se centra en dedicarse al comentario de las normas y su aplicación directa. A esta visión limitada del derecho se relacionan otros problemas en la enseñanza del derecho, que son las siguientes:
No se pone atención en el uso de criterios interpretativos.- Al enseñarse el derecho como si fuera el texto de la ley, se cierra la posibilidad de elegir entre diversas clases de interpretación. En algunos casos, la explicación del texto legal se acompaña de comentarios de doctrina que sustentan la norma pero que no busca estimular su análisis.
No se usa la jurisprudencia en clase para analizar con espíritu crítico la interpretación que el juzgador hace de las normas jurídicas, y apreciar otras alternativas de solución ante un problema planteado.
Falta una visión sistémica del derecho.- No se vinculan las materias enseñadas concursos afines, lo que impide que ante un problema determinado no se le pueda dar un análisis integral que conjugue diferentes especialidades: civil, penal, laboral, etc.
No se enseña la argumentación jurídica.- Se prioriza una formación teórico que no enseña a reflexionar al alumno. La práctica de la argumentación permitiría formar en el estudiante un mejor razonamiento para analizar y sustentar diversos tipos de interpretación de una norma jurídica.
La enseñanza del derecho se desconecta de la realidad.- El resultado es que se interpreta la norma jurídica sin vincularla a los hechos a los que ella se refiere, y que es lo que va a enfrentar el estudiante cuando acabe su carrera.
Las evaluaciones privilegian el memorismo y la interpretación literal.- Este elemento es importante pues aunque el docente incentive el análisis en sus clases, suele ocurrir que en los exámenes se privilegie el conocimiento literal de una norma jurídica antes que su interpretación. Esta situación fomenta que los alumnos se preparen a los exámenes de acuerdo a este criterio de interpretación literal, y luego lo apliquen en el ejercicio profesional.
Actitud negligente del docente.- Muchos docentes saben que podrían ofrecer una enseñanza que incluya una visión más amplia del derecho,
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