El Contrato
Enviado por estebanmoreno • 29 de Marzo de 2012 • 676 Palabras (3 Páginas) • 418 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Aldea Universitaria “Isabel Padrino de Campos”
Maturín, Estado Monagas.
Programa de Formación de Grado: Estudios Jurídicos 5to. Semestre
Unidad Curricular: Estado Globalización e Integración Regional
Trabajo de Investigación sobre Mundialización
Facilitador: Estudiantes:
Eugenio. A. Meneses Esteban Moreno
Maturín, Marzo 2012
Conceptualización del Contrato
Los Artículo 1.133° al 1.136 del Código Civil, establecen lo siguiente:
El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.
Cuando una sola de las partes se obliga es unilateral.
Cuando las partes se obligan recíprocamente es bilateral.
Es a título oneroso cuando cada una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante un equivalente.
Es a título gratuito o de beneficencia cuando una de las partes trata de procurar una ventaja a la otra sin equivalente.
El contrato es aleatorio, cuando para ambos contratantes o para uno de ellos, la ventaja depende de un hecho casual.
El Artículo 5. Numeral 4, de la Ley de Licitaciones. Establece “Contrato. Es el instrumento jurídico que regula la ejecución de una obra, prestación de un servicio o suministro de bienes, incluidas las órdenes de compra y órdenes de servicio”.
Formación del Contrato
Los Artículos 1.137° al 1.140° del Código Civil regulan la formación del contrato de la siguiente forma:
El contrato se forma pronto como el autor de la oferta tiene conocimiento de la aceptación de la otra parte.
La aceptación debe ser recibida por el autor de la oferta en el plazo fijado por ésta o en el plazo normal exigido por la naturaleza del negocio.
El autor de la oferta puede tener por válida la aceptación tardía y considerar el contrato como perfecto siempre que él lo haga saber inmediatamente a la otra parte.
El autor de la oferta puede revocarla mientras la aceptación no haya llegado a su conocimiento. La aceptación puede ser revocada entre tanto que ella no haya llegado a conocimiento del autor de la oferta.
Si el autor de la oferta se ha obligado a mantenerla durante cierto plazo, o si esta obligación resulta de la naturaleza del negocio, la revocación antes de la expiración del plazo. no es obstáculo para la formación del contrato.
La oferta, la aceptación o la revocación por una cualquiera de las partes, se
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