El Derecho como Mecanismo de Dominacion
Enviado por garciaforever • 3 de Diciembre de 2012 • Trabajo • 2.096 Palabras (9 Páginas) • 480 Visitas
EL DERECHO COMO MECANISMO DE DOMINACION
El derecho como mecanismo de dominación lo maneja Karl Marx principalmente, como el instrumento que utiliza la burguesía o clase dominante para someter a la clase proletaria.
FEDERICO ENGELS Y KARL MARX
Encuentran el origen del derecho en la "necesidad de regular las relaciones de producción y el mantenimiento de las clases sociales". El derecho nace de la necesidad de un mecanismo de dominación de una clase sobre otra.
En ese orden de ideas, las formas jurídicas como las formas de estado no pueden comprenderse cabalmente sin una referencia específica a las condiciones materiales de vida. "El reflejo de las relaciones económicas en la forma de principios jurídicos, se produce sin que la persona que actúa sea consciente de él. El jurista se imagina que opera con principios a priori, en tanto que en realidad son sólo reflejos económicos".
En la producción social de su vida los hombres contraen determinadas relaciones necesarias e independientes de su voluntad, relaciones de producción que corresponden a una determinada fase de desarrollo de sus fuerzas productivas materiales. El conjunto de esas relaciones de producción forma la estructura económica de la sociedad, la base real sobre la que se levanta la superestructura jurídica y política, y a la que corresponde determinadas formas de conciencia social".
Queda sólo por mencionar una teoría que la podremos llamar "Genética" sobre el inicio del derecho, basada en toda esa literatura barata sobre la raza superior aria, inventada y desarrollada por el nazismo alemán. Pero por obvias razones científicas no vale la pena dedicar mayor espacio a este embeleco.
"Por esto se puede decir que el derecho predomina sobre toda la estructura social."
La vinculación del Derecho con los demás fenómeno sociales:
Con la familia: Primera forma de vida social es fuente de numerosas relaciones rigidas por el derecho, el matrimonio, el parentesco, la patria potestad, la filiación, la sucesión hereditaria, constituyen aspectos fundamentales de la vida jurídica. El derecho de familia tiende hoy a tomar una existencia autónoma y cada dia aumentan los aspectos de la vida jurídica en os cuales se reconoce a la familia mayor injerencia.
Con las relaciones económicas: De ella surge un basto material que el derecho regula. Todas las normas jurídicas relativas a la propiedad y a los contratos , que llenan tantas paginas de la historia de la humanidad; la regulación del comercio, fuente de tantas relaciones entre los hombres; la fijación de las normas que rigen y protegen a la industria, el establecimiento de normas mas justas entre el capital y el trabajo, o entre arrendadores y arrendatarios, o entre proveedores y consumidores, todo esto da al derecho un gran comienzo. El nuevo derecho económico, el derecho comercial, el dercho civil de bienes, obligaciones o contratos, el derecho industrial, el derecho del trabajo, constituyen algunas de las ramas jurídicas de relación mas directa con los hechos económicos.
Entre el Estado y el Derecho: las relaciones son tan intimas, que muchos autores las han confundido deliberadamente. El fenómeno social del poder político tiene su primera justificación ideal en el deber de respaldar el derecho, mientras por otra parte, una honda aspiración humana se ha hecho presente a que el poder no escape de la regulación jurídica. En todo caso el Estado ofrece al Derecho el apoyo indispensable para su cumplimiento; el derecho a su vez, regula los órganos del Estado y sus servicios a traves del derecho político o constitucional y del Derecho administrativo. Y a medida que la administración de justicia se hace función y deber del poder público y su organización y su procedimiento se torna mas complejo, se va desarrollando con actitud y consistencia, la legislación orgánica de los tribunales a la vez que el derecho procesal.
Con los Hechos Internacionales: Ofrecen terrenos fecundos a la vida jurídica. Una de las características de la vida moderna es el creciente entrelazamiento de relaciones entre los diversos pueblos de la tierra. Cuando entre países distintos es precario, casi no existe un Derecho internacional. Después, se lo limita a las reglas y complejo y no falta a cada momento las mas complicadas situaciones regidas por el Derecho internacional privado, derivadas del intercambio de personas y de bienes entre las mas remotas tierras.
Las relaciones entre la moral y el Derecho, son tan estrechas, que difícilmente logran establecerse linderos precisos para separarlos. Todavía se discute apasionadamente acerca de si son ordenes normativos completamente aparte, o si el derecho es, como lo ha sostenido la mayor parte de los filósofos establece entre ellos, a cada paso es el reflejo de su conciencia moral. La ética es manantial de la vida jurídica, y el Derecho a su vez, influye de manera considerable sobre la moralidad social.
Cualquiera que sea el concepto que se tenga acerca de las fundamentación religiosa del Derecho (fundamentación que es categórica y precisa en la escuela del Derecho Natural) es imposible negar sus relaciones. Las creencias religiosas influyen decisivamente en la orientación del Derecho vigente. El Derecho a su vez, rige las organizaciones eclesiásticas que tienen su propio derecho interno (Derecho Canónico de la iglesia Católica, además de su vigencia actual es fuente histórica directa de muchas instituciones del Derecho Civil) y su derecho público externo, que rige las relaciones entre el estado y la iglesia.
La cultura es también objeto de regulaciones jurídicas, educación y técnica son en gran parte regidos por el Derecho. Pero, especialmente, es fuente nutricia de la vida jurídica. la cultura de un pueblo, el adelanto de la ciencia y el arte, las creencias colectivas constituyen un venero inagotable, marcan en la fisonomía jurídica de un país.
Y mencionamos así los aspectos más resaltantes de la vida social, todavía debe añadirse que las anomalías sociales, esos hechos irregulares pero inevitables que constantemente se realizan en las sociedades abren también ancho campo a la acción del Derecho. Este interviene en formas diversas en la prevención y preparación del delito (Derecho Penal), en el auxilio de las necesidades (Derecho Asistencial) y en todas las variadas formas de acción social que persiguen la erradicación o a minoración de las anomalías.
En resumen puede afirmarse que el Derecho, es a la vez factor y producto de la vida social en general, influye y es influido concretamente por cada uno de los diversos fenómenos sociales. No puede modificarse la economía, la religión o la cultura de un pueblo, sin que se modifique su derecho. Al mismo tiempo,
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