DERECHOS HUMANOS Y MECANISMOS DE PROTECCION
Enviado por CESITHAR • 27 de Mayo de 2014 • Tesis • 3.694 Palabras (15 Páginas) • 346 Visitas
DERECHOS HUMANOS Y MECANISMOS DE PROTECCION
1. 1. LOS DERECHOS HUMANOS: Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, independientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
UNIVERSALES E INALIENABLES: El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Los derechos humanos son inalienables, No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
INDEPENDIENTES E INDIVISIBLES: Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
IGUALES Y NO DISCRIMINATORIOS: La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el articulo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
DERECHOS Y OBLIGACIONES: Los derechos humanos incluyen tanto derecho como obligaciones. Los estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos o grupos. La obligación de realizarlos significa que los estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS HUMANOS
Derechos civiles.
Derechos sociales.
Derechos patrimoniales.
Derechos culturales.
Derechos políticos.
Derecho a la paz.
Derecho a la solidaridad.
Derecho a un ambiente sano.
Derechos del consumidor
Otra clasificación hace referencia a la aparición de los derechos en el tiempo.
Derechos de primera generación., a partir de la Revolución Francesa de 1789.
Los derechos de segunda generación, surgieron a partir del siglo XIX.
Derechos de tercera generación, aparecieron en el siglo XX.
Hay muchas maneras de clasificar a los Derechos Humanos. Una de las más utilizadas por el carácter histórico es la basada en la aparición o reconocimiento cronológico por parte del orden jurídico normativo internacional, y que los distingue en:
DERECHOS DE PRIMERA GENERACION O DERECHOS CIVILES Y POLITICOS: Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales.
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION O DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES.: Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos.
DERECHOS DE TERCERA GENERACION O DERECHOS DE LOS PUBLOS: Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
2 * MECANISMOS DE PROTECCCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
Todos estamos obligados a respetar los Derechos Humanos de las demás personas. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes tienen mayor responsabilidad
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