El INTI
Enviado por emanylemar22 • 16 de Enero de 2015 • Tesis • 3.849 Palabras (16 Páginas) • 218 Visitas
RESUMEN
La adjudicación de tierras es un procedimiento realizado por el Instituto Nacional de Tierras, a los fines de otorgar a los campesinos y campesinas, el derecho de trabajar, usar, disfrutar y percibir los frutos de una parcela. El objetivo general de esta pasantía es recopilar la información en las inspecciones técnicas para solicitar el título de adjudicación de tierras a los productores por parte, del Instituto Nacional de Tierras (INTI); este es instituto autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierras, el cual tiene por objeto la administración, redistribución de las tierras y la regularización de la posesión de las mismas. Para estas inspecciones se requiere las visitas del personal de la Institución; esto se realiza para constatar el área total del terreno (coordenadas), bienhechuría, relieve y todo lo que esté presente en el predio. La finalidad de estas inspecciones es recolectar la información necesaria para la realización del llenado de fichas correspondientes, las cuales son las Fichas Técnica Misión AgroVenezuela y Ficha Conclusiva de Informe Técnico, luego los datos de los productores son procesados en el Sistema Fénix, como resultado final el plano Omakón arrojado por el sistema, el cual es un plano que demuestra con exactitud que la persona inspeccionada está siendo procesada para otórgale el Titulo de Adjudicación.
INTRODUCCIÓN
El INTI es un ente autónomo adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MAT), cuya tarea primordial es contribuir con el desarrollo rural y agrario a través de una planificación estratégica, democrática y participativa sobre la tenencia de la tierra.
La Adjudicación de Tierras es un procedimiento realizado por el Instituto Nacional de Tierras, a los fines de otorgar a los campesinos y campesinas, mediante la expedición de un acto administrativo denominado “Titulo de Adjudicación”, el derecho de trabajar, usar, disfrutar y percibir los frutos de una parcela. A tales efectos, debe realizarse el procedimiento administrativo contemplado en los artículos 62 y siguientes del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual debe iniciarse por la Oficina Regional de Tierras del estado donde se encuentre ubicado el lote de terreno solicitado, cumpliéndose con los requisitos establecidos en la Ley.
Para optar al título de adjudicación de tierras se le solicita a los productores una serie de requisitos en los que se encuentra los siguientes: manifestación de voluntad contentiva del compromiso de trabajo de la tierra a adjudicar, identificación completa del solicitante indicando nombre y apellido, número de cédula de identidad, lugar y fecha de nacimiento, ocupación y número de personas que constituyan el grupo familiar, declaración jurada de no poseer otra parcela, cualquier otro dato que estimare conveniente para ilustrar el criterio del Instituto y en caso de ser poseedor de una parcela insuficiente, expresará las condiciones y características de la misma.
El objetivo general de esta pasantía es recopilar la información en las inspecciones técnicas para otorgar el título de adjudicación de tierras a los productores por parte, del Instituto Nacional de Tierras (INTI) en el Tigre, Estado Anzoátegui. Para estas inspecciones se requiere las visitas del personal de la Institución; esto se realiza para constatar el área total del terreno (coordenadas), bienhechuría, relieve y todo lo que esté presente en el predio.
Al concluir las inspecciones se procede al llenado de fichas correspondientes, las cuales son las fichas Ficha Técnica MISIÓN AGROVENEZUELA y Ficha Conclusiva de Informe Técnico, luego los datos de los productores son introducidos al Sistema Fénix, como resultado final el plano Omakón arrojado por el sistema, el cual es un plano que demuestra con exactitud que la persona inspeccionada está siendo procesada para otórgale el Titulo de Adjudicación.
El factor que impidió un mejor trabajo de investigación fue el poco tiempo de pasantía.
El presente informe se encuentra estructurado en cuatro capítulos:
CAPÍTULO I: Se refiere a la descripción de la empresa donde se realizó la pasantía, su misión, visión, funciones y objetivos.
CAPÍTULO II: Trata de las actividades realizadas: propósito, justificación y objetivos.
CAPÍTULO III: Contiene las actividades que pudieran sugerir para mejorar los procedimientos, factibilidad y los beneficios que se podrían obtener con su aplicación.
CAPÍTULO IV: Contiene conclusiones y recomendaciones.
También se incluyen referencias bibliográficas y anexos.
CAPÍTULO I
DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA.
Nombre de la Empresa
Instituto Nacional de Tierras (INTI), antigua sede del (IAN) Instituto Agrario Nacional ORT Anzoátegui. El INTI, nace el 09 de Noviembre de 2001, mediante la promulgación de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, publicada en gaceta oficial N° 37.323. Es este un instituto autónomo que garantiza la administración, distribución y regularización de las tierras con vocación de uso agrario en unidades económicas dirigido a impulsar las políticas de desarrollo rural integral y sustentable para la consolidación del sector agrario nacional. El INTI ha sido la principal palanca del MAT para llevar adelante el proceso justo y equitativo de redistribución de las tierras y la erradicación el latifundio.
Ubicación Geográfica de la Empresa
Norte: Con la Avenida Primera Carrera
Sur: Con la tercera Carrera Sur
Este: Con la empresa OPRAGUA, (Organización de productores agropecuarios de Guanipa)
Oeste: Con la comercializadora Tecniclean II.
Dirección
Avenida Francisco de Miranda, antigua sede del (IAN) Instituto Agrario Nacional El Tigre, Edo- Anzoátegui
Teléfono: 0283-2356894
Correo: www.inti.gob.ve
Fax: 0283-2356894
Síntesis Histórica
1. 2001 (Diciembre): El Comandante Presidente lanza su precitado Decreto-Ley y se toman las medidas administrativas para la creación del INTI.
2. 2002: Se instala el Instituto y se inicia el proceso de regularización y adjudicación de tierras. La oligarquía reaccionaria logra una decisión del Tribunal Supremo de Justicia que deroga los artículos 89 y 90. El Gobierno, a través del decreto 2.292,
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