El Ietu En La Contabilidad
Enviado por josesalinas1975 • 30 de Noviembre de 2013 • 891 Palabras (4 Páginas) • 214 Visitas
CONTABILIDAD FINANCIERA
ENSAYO DE LA FISCALIDAD DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS EN MÉXICO
ÍNDICE:
1 introducción
2 fiscalidad de las operaciones financieras en México.
3 conclusiones.
4 bibliografías
ENSAYO DE LA FISCALIDAD DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS EN MÉXICO
Introducción
Desde la antigua Grecia ha existido el concepto de impuesto el cual el pueblo aporta una parte de su ingreso a cambio de ciertos beneficios, entre los cuales se encuentra la seguridad, infraestructura y bienestar social. Dicho concepto se ha ido refinando hasta convertirse lo que es hoy en día, en el que todo gobierno recibe de sus contribuyentes un ingreso por las actividades económicas que estos
Actualmente existe en México una transición de impuestos en donde en lugar de pagar el Impuesto sobre la renta (ISR), ahora se pagará el IETU (Impuesto Empresarial de Tasa Única) el cual entro en vigor a partir del 1 de enero del 2008. Las principales diferencias con el ISR radican en que para el IETU no deberán considerarse como ingresos acumulables ni las ganancias de capital, ni los intereses obtenidos por inversiones, ni las regalías por intangibles obtenidas de partes relacionadas.
¿Quiénes tienen que pagar IETU?
Las personas físicas que:
* Presten servicios profesionales
* Renten bienes inmuebles
* Realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas.
Las personas morales que sean sujetos del impuesto sobre la renta, tales como sociedades mercantiles, sociedades civiles, sociedades cooperativas de producción, asociaciones en participación, entre otras.
Para calcular el IETU, los contribuyentes deberán considerar la totalidad de los ingresos obtenidos efectivamente en un ejercicio menos las deducciones autorizadas del mismo periodo, y al resultado aplicar la tasa de 16.5% en 2008; de 17% en 2009, y de 17.5% a partir de 2010.
Se deben efectuar pagos provisionales y declaración anual en las mismas fechas que el impuesto sobre la renta. Entra en vigor a partir de enero de 2008, por lo que el primer pago debe realizarse a más tardar el 17 de febrero del mismo año.
La nueva Ley del IETU establece que se considerará como ingreso el precio o la contraprestación por las actividades antes mencionadas. Sin embargo, señala que también se consideran ingresos las cantidades que se carguen o se cobren por concepto de impuestos (excepto los trasladados en términos de ley), derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto, incluyendo los anticipos o depósitos, así como las cantidades percibidas de las aseguradoras cuando ocurra el riesgo amparado por las pólizas de seguros o reaseguros relacionados con bienes deducibles.
Estructuralmente el IETU grava la disponibilidad de recursos del contribuyente para efectuar los pagos a los factores de la producción: salarios, regalías, intereses y dividendos. Como consecuencia, los ingresos provenientes de regalías, dividendos, intereses o por servicios subordinados no se encuentran dentro del objeto del IETU.
Por lo anterior, no son objeto del IETU los siguientes ingresos:
* Dividendos
* Servicios
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