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El Matrimonio


Enviado por   •  4 de Marzo de 2013  •  5.923 Palabras (24 Páginas)  •  346 Visitas

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CAPITULO IX

EL MATRIMONIO

1. Definición

2. Etimología

3. Naturaleza Jurídica

4. Elementos

4.1 Personales

4.2 Formales

4.3 Esenciales

4.4 De Validez

5. Aptitud para Contraer matrimonio

5.1. Autorización Judicial

6. Requisitos legales para contraer matrimonio

6.1 Requisitos Personales

6.2 Requisitos Formales

6.3 Otros Requisitos

6.4. Requisitos Solemnes

7. Deberes y Derechos que Nacen del Matrimonio

8. Impedimentos para contraer Matrimonio

8.1 Impedimentos absolutos o dirimentes

8.2 Impedimentos impedientes

9. Matrimonios Excepcionales

9.1 Matrimonio En Artículo de Muerte

9.2 Matrimonio de Militar

9.3 Matrimonio Celebrado con Extranjero

9.4. Matrimonio por Mandatario

10. Régimen Económico del Matrimonio

11. Clases de Regímenes Económicos

11.1 Comunidad Absoluta

11.2 Separación Absoluta

11.3 Comunidad de Gananciales

12. Capitulaciones Matrimoniales

13. Administración del Patrimonio Conyugal

13.1 Disolución de la Comunidad de Bienes

13.2 Liquidación del Patrimonio Conyugal

14. Insubsistencia y Nulidad del Matrimonio

14.1 Insubsistencia del Matrimonio

14.2 Nulidad del Matrimonio

14.3 Diferencias

15. Separación y Divorcio

15.1 Separación

15.2 Divorcio

15.3 Diferencias entre Separación y Divorcio

15.4 Formas de Declararse

15.5 Causas Determinadas para Obtener la Separación o el Divorcio

15.6 Separación o Divorcio por Mutuo Consentimiento

15.7 Efectos de la Separación y el Divorcio

CUESTIONARIO

CAPITULO IX

EL MATRIMONIO

1. Definición

Institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente, con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí. Art. 78 CC

2. Etimología

De las voces latinas matris munium, que significa oficio de madre.

3. Naturaleza Jurídica

ES UN CONTRATO ES UN ACTO JURIDICO MIXTO ES UNA INSTITUCION SOCIAL

Porque hace surgir derechos y obligaciones para ambos contrayentes.

Porque además de los contrayentes, interviene el que autoriza el matrimonio.

Porque es un conjunto especial de reglas impuestas por el Estado.

4. Elementos del Matrimonio

4.1. Personales

• Los contrayentes

• Funcionario autorizante; (Alcalde o concejal que haga sus veces, Notario y ministro de cualquier culto autorizado por el Ministerio de Gobernación)

• Testigo, si fuere necesario

4.2. Formal

Documentos

Además, se puede mencionar;

4.3. Esenciales

Manifestación de voluntad de los contrayentes y funcionario competente

4.4 De Validez

Capacidad, ausencia de vicios del consentimiento, observancia de las formalidades legales, licitud en el objeto del acto.

5. Aptitud para Contraer Matrimonio

La mayoría de edad determina la libre aptitud para contraer matrimonio.

Excepción: pueden contraerlo: el varón mayor de 16 años y la mujer mayor de 14.

Para el matrimonio de menores se necesita autorización:

• Conjunta del padre y la madre, o el que de ellos ejerza, sólo, la patria potestad;

• La del hijo adoptivo la dará el padre o madre adoptante;

• A falta de padres, la autorización la dará el tutor. Art. 81, 82 CC

5.1 Autorización Judicial (Dispensa Judicial) Art. 83, 84 CC – Procedimiento:425 CPCyM

Si no puede obtenerse la autorización conjunta del padre y de la madre, por ausencia, enfermedad u otro motivo, bastará la autorización de uno de los progenitores; y si ninguno de los dos puede hacerlo, la dará el Juez de Primera Instancia del domicilio del menor.

En caso de desacuerdo de los padres o de negativa de la persona llamada a otorgar la autorización, el Juez puede concederla cuando los motivos en que se funde la negativa no fueren razonables.

La Dispensa Judicial, son diligencias voluntarias, en la cual el Juez suple el consentimiento de los ascendientes o tutores para que puedan contraer matrimonio un menor.

TRAMITE INCIDENTAL (Art. 138-140 LOJ)

La Dispensa Judicial es una excepción a la Capacidad, pues los menores (Varón mayor de 16 y mujer mayor de 14) pueden acudir ante el órgano jurisdiccional a solicitar su autorización para contraer matrimonio.

6. Requisitos legales para contraer matrimonio

6.1. Requisitos Personales

Se refiere a las personas que intervienen en el acto matrimonial.

a. En primer lugar encontramos a los contrayentes lógicamente hombre y mujer, mayores de edad, sin embargo en algunos casos puede autorizarse el matrimonio del varón mayor de dieciséis años y la mujer mayor de catorce años. Además los contrayentes no deben tener impedimentos Dirimentes, es decir causa que hagan insubsistente el vínculo matrimonial (art.88 c.c.)

b. Funcionarios que pueden autorizar el matrimonio -Art. 92 CC, 49 CPRG

• El Alcalde Municipal, o

• El concejal que haga sus veces

• Notario hábil legalmente para el ejercicio de su profesión

• El ministro de cualquier culto que tenga ésta facultad, otorgada por la autoridad administrativa que corresponde, que es el Ministerio de Gobernación Acuerdo Gubernativo No. 263-85 Ley de Cédulas

c. También pueden comparecer testigos en el acto del matrimonio.

Los Agentes Diplomáticos o Consulares, no están autorizados para celebrar matrimonios entre guatemaltecos o guatemaltecos con extranjeros con sujeción a las leyes guatemaltecas. Fuera del territorio nacional, el guatemalteco que desee contraer nupcias lo hará sometiéndose a las formalidades y requisitos de las leyes extranjeras, respetando siempre las normas sobre impedimentos absolutos especificados en el Código civil –Art. 86 CC

6.2 Requisitos Formales

CONTENIDO DEL ACTA DE MATRIMONIO -Art. 93 CC

Las

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